Pandilleros se autoexcluyen de programas de rehabilitación

Como consecuencia, los integrantes de estos grupos no gozan de beneficios como la redención de la pena, ni la fase de confianza o semilibertad

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Jueces consultados por El Diario de Hoy señalan que los pandilleros forman parte del segmento más difícil de rehabilitar o reinsertarse a la sociedad. Foto EDH / Archivo

Por Jaime López

2019-10-12 8:30:53

Autoridades de Justicia y Seguridad Pública calculan que una tercera parte de la población penitenciaria en El Salvador (entre 12,000 y 13,000 prisioneros) son miembros de pandillas y, de acuerdo con jueces consultados por El Diario de Hoy, ellos forman parte del segmento más difícil de rehabilitar o reinsertarse a la sociedad.

Y es que los expedientes son vistos por los juzgadores solo para agregarles nuevas condenas por delitos en otros procesos. Algunos funcionarios explican que para las pandillas no hay dictámenes favorables en cuanto a su conducta y comportamiento para que puedan participar en programas de rehabilitación y reinserción social.

Como consecuencia, no reúnen el perfil que la Ley Penitenciaria exige para el goce de ese tipo de beneficios como redención de la pena, semilibertad o fase de confianza.

Las autoridades dicen que estos reos se resisten a participar de los programas contra el ocio carcelario como talleres e industrias que funcionan dentro las prisiones y de cursar estudios académicos y técnicos al igual que someterse a procesos de superación personal.

La Dirección General de Centros Penales cuenta con el Consejo Criminológico Nacional y los equipos técnicos que tienen como propósito realizar evaluaciones periódicas (cada seis meses) a los reos para medir su avance de rehabilitación.

Los resultados de las evaluaciones son entregados a los jueces de Vigilancia Penitenciaria para que ellos consideren si hay méritos para cambiarlos de una prisión a otra o de tramitarles cualquier opción contemplado en la ley.

Tras cumplir la mitad o las dos terceras partes de la pena, estos dictámenes es requisito para que los jueces fundamenten una resolución para promover que reciban los beneficios de ley, explicó un juez.