Corte Suprema viola ley al negar datos sobre pandilleros

Abogados dicen que se escudan en la Ley de Acceso a la Información Pública para no rendir cuentas sobre cómo y por qué no están extraditando a delincuentes. Modificar acta para que no se lea sus argumentaciones puede caer en delito.

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Armando Eliú Melgar Díaz, apodado “Blue” o ”Cliper”. Foto EDH / FGR

Por Mirella Cáceres

2021-08-26 10:01:50

Lo discutido y resuelto en torno a la solicitud de Estados Unidos para que El Salvador le entregue a dos pandilleros de la MS-13, acusados de delitos en ese país, se ha vuelto información vedada. La Corte le ha puesto llave a lo que ha resuelto, ha borrado del acta de la sesión en que discutió el caso, la parte del debate, y ha negado el audio completo de esas discusiones.

El Diario de Hoy informó ayer cómo el acta 48 de la sesión del 10 de junio pasado en la que constaba la argumentación de varios magistrados para no impedir en aquel momento la extradición de Edwin Mauricio Rodríguez Morales, alias “Manicomio”, y el intento de revocar la votación a favor de la extradición de Armando Eliú Melgar Díaz, apodado “Blue” o ”Cliper”, fue borrado del documento.

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El 8 de julio pasado, la Unidad de Acceso a la Información Pública de la Corte negó a un peticionario la entrega del audio completo de esa sesión, según consta en un memorándum enviado por el oficial de Información de la Corte a la Secretaria General de esa institución.

En el documento se lee que Rosales le remite el audio completo pero le aclara que “en lo que concierne al tema de los suplicatorios penales con referencia 126-S-2020 y 152-S-2019 (casos de los dos pandilleros), siendo que ese punto de agenda de la aludida sesión, aún se encuentra en proceso deliberativo y no existe a la fecha resolución suscrita por parte de los señores magistrados y magistradas de la Corte Suprema de Justicia”.

Por lo tanto, dice el oficial de información, “la información relacionada a los Suplicatorios en mención, se encuentra clasificada como reservada de conformidad al Art. 19 literal e) 20 y 21 de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP); asimismo, se encuentra amparada bajo la reserva declarada por el Pleno de esta Corte, mediante resolución de las diez horas con treinta minutos del día 11 de diciembre de 2018”.

Tras esas acciones y la resistencia de la Corte Suprema a informar sobre las resoluciones que ha tomado respecto a los dos casos de los pandilleros, dos abogados especialistas en temas de transparencia, lucha anticorrupción y derecho de acceso a la información pública, coinciden en que la Corte está actuando con opacidad y no solo violenta la Ley Acceso a la Información Pública y la ética sino que puede estar cometiendo un delito penal.

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“Podríamos hablar de la configuración del delito de infidelidad en la custodia o registro de documentos públicos, según el Código Penal, habrá que ver si se cumplen los elementos”, dijo Wilson Sandoval, coordinador de Alac-Funde, sobre la alteración del acta de la sesión colgada en el sitio web de la Corte.

Pero más allá de esto, dice Sandoval, se genera una situación antiética, porque esa supresión de información es porque “saben que públicamente no pasa el examen, es decir la sociedad no toleraría el hecho de saber que el gobierno a través de la Corte y sus magistrados impuestos están defendiendo al enemigo número 1 que la retórica del oficialismo ha impuesto, no pueden defender frente a la sociedad esa situación”, que saben no es legal.

“Además de ser una acción ilegal es antiética que evita rendir cuentas a la ciudadanía y por ende es corrupción”, añade Sandoval.

Para Roberto Burgos, la LAIP, en el artículo 19 establece como causal de reserva cuando se trata de un proceso deliberativo pero la decisión final es otra cosa por lo que dice se están valiendo de esa excusa para no permitir el acceso a esa información. “Pero al respecto la ley no establece nada. Una vez firmada una resolución de cualquier autoridad pública esta debe ser conocida por todos, ya que hay un evidente interés en el tema, a excepción de otros casos donde se involucra la intimidad de las personas o víctimas en delitos sexuales o identidad de menores”, aclara Burgos.

Para el abogado, la Corte también “se está valiendo de un subterfugio para no permitir el escrutinio ciudadano ni del periodismo cuando en realidad ya se ha terminado la fase deliberativa y hay una decisión tomada, y solo se espera que dicha decisión cuente con los elementos formales como la firma de los magistrados, para poder conocer el fondo y quiénes votaron a favor y en contra, cuáles son las motivaciones legales que esta decisión tenga”, señala Burgos.

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Sobre la acción de modificar un acta, Burgos cree que todo este caso es un intento evidente de ocultar la decisiones tomadas y los razonamientos sostenidos ante la opinión pública para evitar la crítica, cuando estas decisiones tienen implicaciones en las relaciones internacionales y la posición como país en el combate al crimen organizado.

“La población tiene el derecho de conocer las razones de esta decisión por un lado y por otro, individualizar a quienes tomaron la decisión. En este caso, se vuelve más complejo ya que después del 1 de mayo, los magistrados impuestos por el Ejecutivo parecen jugar un rol dentro de la política de seguridad pública del Ejecutivo, que es el de sostener la ya conocida tregua entre pandillas y el gobierno de Bukele, dice por su lado Sandoval.

Pero ante estas acciones de ocultar información, Burgos teme que haya “una desaceleración de la transparencia y prácticamente anulación de la misma en todo lo que tiene que ver con la administración del Órgano Judicial”.