Licitaciones serán publicadas en medios digitales

En el reglamento de la LACAP se incluye esa forma de divulgación, aunque en la ley se establece que sea en medios escritos.

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Alejandro Zelaya, ministro de Hacienda Foto EDH / Cortesía

Por Katlen Urquilla

2020-08-30 10:14:10

Casa Presidencial modificó el Reglamento de la LACAP para incorporar que las convocatorias y resultados de procesos de licitación pública ya no solo se harán en medios impresos, sino también en periódicos digitales.

De acuerdo a lo publicado en el Diario Oficial, la Presidecia sustituyó el artículo 47 del reglamento bajo el título: Convocatoria, descarga, retiro de instrumentos de contratación y resultados.

“La publicación en periódicos de circulación nacional puede ser realizada por medios impresos o periódicos digitales, que tengan cobertura a nivel nacional, siendo responsabilidad de la Institución garantizar la publicidad de los procesos de adquisición y contratación que realizan”, dice en el documento que entró en vigencia el 27 de agosto pasado.

VER: LACAP rige si no hay ley de Emergencia

Pero la ley LACAP, es decir la normativa superior al reglamento establece en el artículo 47 que la convocatoria para las licitaciones y concursos “se efectuará en el sitio electrónico de compras públicas habilitado para ello y por lo menos en uno de los medios de prensa escrita de circulación nacional, indicando las obras, bienes o servicios a contratar, el lugar donde los interesados pueden retirar los documentos de información pertinentes, el costo si lo hubiere, así como el plazo para recibir ofertas y para la apertura de las mismas”.

La Constitución ya regula las licitaciones

De acuerdo a abogados con experticia en administración pública, el Ejecutivo no puede regular una licitación mediante un reglamento, porque ya está regulada en la Constitución, por lo que la Presidencia estaría sobrepasando sus facultades.

“Cuando el Estado tenga que celebrar contratos para realizar obras o adquirir bienes muebles en que hayan de comprometerse fondos o bienes públicos, deberán someterse dichas obras o suministros a licitación pública excepto en los casos determinados por la ley”, dice el arículo 234 de la Carta Magna.

Los especialistas consideran que con la reforma, la obligatoriedad que define la ley de que la publicación debe hacerse por lo menos en un medio de prensa escrita, queda a criterio de la institución que convoque a una licitación pública.

El decreto publicado agrega que los instrumentos de contratación podrán descargarse por cualquier interesado de forma gratuita del Sistema Electrónico de Compras Públicas, desde las cero horas del primer día fijado para obtenerlos, hasta las 23:59 horas del último día fijado para obtenerlos.