IAIP ordena a Bukele entregar información de plazas en Presidencia

El organismo le dio a Casa Presidencial un plazo de 24 horas para entregar datos de personas, salarios y tipo de contrato.

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Nayib Bukele, presidente de la República. Foto Archivo EDH

Por Diana Escalante

2020-08-14 9:45:12

El Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) le ordenó ayer al presidente de la República, Nayib Bukele, entregar información relacionada con el registro de personal que laboraba en la institución, por contratos y ley de salarios, entre el 1 de junio y el 31 de julio de 2019.

La resolución definitiva del IAIP señala que, en un plazo de 24 horas, Casa Presidencial debe remitirle al organismo el informe de cumplimiento junto con la documentación que acredite la entrega de la información a los apelantes y la conformidad de los mismos.

La información que el mandatario deberá entregar debe contener el nombre del contratado, el tipo de contratación, el cargo o unidad administrativa en la que estaba asignado, la fecha de contratación y el salario nominal “por ser de naturaleza eminentemente pública”.

Bukele, según el IAIP, se había negado a entregar la información por considerar que eran datos confidenciales o privados. Sin embargo, el organismo denegó el argumento y determinó que quienes laboran en Casa Presidencial son personas que cumplen funciones públicas y, en consecuencia, sus nombres y apellidos no figuran como información sujeta a secreto o confidencialidad, y divulgarla “favorece la contraloría ciudadana”.

El 23 de noviembre pasado, la oficial de información de Casa Presidencial respondió a una solicitud de información ciudadana solo con una parte de los datos y mantuvo en reserva el resto por alegar que se trataba de información confidencial. El IAIP rechazó dicha resolución por no estar apegada al principio de máxima publicidad, disponibilidad y porque la información entregada no atiende al principio de integridad.

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Wilson Sandoval, coordinador de la Oficina de Asesoría Legal y Anti Corrupción (ALAC), opinó que la resolución está apegada a los criterios y lineamientos que el mismo organismo ha venido definiendo y concuerda con jurisprudencia de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. Para él, la información que se ha ordenado entregar debería estar publicada en el portal electrónico de la Presidencia sin necesidad de que se pida.

“Lo que prevemos desde ALAC es que Capres no va a obedecer y va a acudir a la Cámara de lo Contencioso Administrativo para retrasar la entrega de información, que implica que van a pasar varios meses para que obtengamos una información favorable. Más del 90% de las veces la Cámara confirma las resoluciones del IAIP”, señaló Sandoval.

El especialista fue secundado por Javier Castro, Director del Departamento de Estudios Legales deFusades, expresó que es una resolución en la dirección correcta, en apego a la Ley de Acceso a la Información Pública, la cual establece que dicha información es de naturaleza pública y debe estar a disposición de la población.