Gobierno ordena a bancos no cerrar cuentas de investigados por presunto lavado de dinero

En 2005 la empresa MIDES, propiedad de Enrique Rais, demandó a un banco local por cerrar su cuenta bancaria. Según la SSF, la medida da armas a la justicia.

descripción de la imagen
El empresario Enrique Rais demandó en 2005 a un banco por cerrar la cuenta bancaria de Mides. Foto archivo

Por Karen Molina

2021-01-03 9:55:41

A través de una circular enviada el 9 de diciembre de 2020, la Superitendencia del Sistema Financiero (SSF) instruyó a los bancos comerciales a no dar por terminadas las relaciones contractuales con un cliente (cierre de cuentas bancarias) aun si esta persona es investigada o se le asocia con el delito de lavado de dinero a través de notas periodísticas.

“No se podrá dar por terminada una relación comercial motivada por la mención de un cliente, socio o asociado en un medio de comunicación masiva o a la existencia de un requerimiento de información realizado por autoridad competente o únicamente por su calidad de Persona Políticamente Expuesta”, señala el documento.

Agrega que “no podrán realizarse terminaciones de una relación comercial fundamentando dicha decisión en la presunción de culpabilidad”.

En el análisis legal, la SSF señala que “ha tenido conocimiento que se finalizaron relaciones comerciales bancarias con clientes, socios o asociados cuando a través de publicaciones en medios de comunicación eran relacionados a actividades ilícitas o al ser catalogados como personas políticamente expuestas”, por lo que las entidades bancarias adujeron que esto afectaría su reputación comercial y consecuentemente podrían ser objeto de sanción por parte de las autoridades.

Para la abogada Ruth Eleonora López, esta nueva instrucción envía una señal: “Los corruptos siempre se protegen”, pues el documento prácticamente desconoce el Instructivo de la Unidad de Investigación Financiera para la prevención del Lavado y de Activos.

Solidez bancaria ha permitido más créditos para las empresas

Este instructivo establece que las entidades financieras deben informar a la Unidad de Investigación Financiera (UIF) sobre el cierre o la cancelación de relaciones comerciales de los que se presuma que están vinculados o relacionados directa o indirectamente con lavado de dinero para que la UIF pueda intervenir oportunamente y evitar la pérdida de evidencias y la imposibilidad de imposición de medidas cautelares.

Según la nueva instrucción, el contrato podrá darse por terminado solo si el cliente o asociado no presenta la información requerida para realizar la debida diligencia o en caso que sea condenado por el cometimiento del delito de lavado de dinero y de activos y de los delitos generadores señalados en la Ley contra el Lavado de Dinero y Activos y Ley Especial contra actos de terrorismo.
Antecedentes de demandas

En 2005 la empresa de Manejo Integral de Desechos Sólidos (Mides) propiedad del empresario prófugo de la justicia, Enrique Rais, demandó en un juzgado de lo civil a un banco local por haber cerrado su cuenta bancaria.

El proceso finalizó con una sentencia a favor del banco y, aunque el empresario presentó una apelación en la Cámara Segunda de lo Civil, el caso pasó a revisión de la Sala de lo Constitucional, que amparó a la entidad financiera por la vulneración de su derecho a la libertad de contratación.

En 2018 el empresario firmó un campo pagado en el que alegaba que varios bancos habían cerrado las cuentas empresariales de Mides, cuentas de los empleados y todas las tarjetas de crédito.

Al ser consultado por la medida actual Gustavo Villatoro, titular de la SSF, justificó que la instrucción no busca proteger a ninguna persona ya sea por corrupción o lavado de dinero, sino más bien dar armas a la justicia para que pueda captar a tiempo el dinero que se le pudiera congelar a una persona investigada.

Gobierno juramenta a Gustavo Villatoro como superintendente del Sistema Financiero

“Cuando los fiscales llegan a querer congelar las cuentas, ya no hay cuenta y ya no hay dinero porque el banco las ha cerrado”, dijo Villatoro, quien también señala que la medida permite una mayor bancarización.
Según Villatoro, esta disposición fue frenada en su momento por el exfiscal general Douglas Meléndez, por lo que afirma que ahora se está cumpliendo la ley, lo que debió hacerse desde antes.

Respecto al caso de Enrique Rais, Villatoro explicó que la nueva instrucción no incide en el proceso judicial del ahora prófugo.

Este periódico solicitó la reacción de la Asociación Bancaria Salvadoreña (Abansa) en cuanto a la emisión del nuevo instructivo, pero esta entidad aún no han dado una respuesta.

El Fiscal General de la República, Raúl Melara, tampoco ha dado una respuesta al cambio que modifica el instructivo para sus procedimientos de investigación contra el lavado de dinero.
Solicitud de información previa

La circular con la nueva disposición también establece que los requerimientos de actualización de información que los bancos realizan para si tienen sospechas de movimientos bancarios que no concuerdan con el perfil del cliente o asociado, también deben justificarse pues no pueden hacerse de forma “antojadiza”.

“Los requerimientos de actualización de información a los clientes, socios o asociados deben obedecer a razones justificadas, ya sea porque se ha cumplido el plazo para actualizar, establecido conforme al riesgo que representa el cliente, socio o asociado o por algún tipo de operación inconsistente con el perfil que requiera información adicional por lo cual no podrán hacerse requerimientos de información de manera antojadiza y sin justificación alguna”, señala el documento.