“Gobierno no puede establecer confinamiento absoluto”, dice Enrique Anaya, constitucionalista

Tanto el decreto 21 como la propuesta de ley de regulación para el aislamiento y cuarentena por COVID-19, no tienen los fundamentos para seguir las detenciones o establecer un confinamiento, dice el especialista.

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Las calles de San Salvador permanecían desoladas por las medidas restrictivas para evitar contagios del covid-19, así como los decretos que incluían sanciones para las personas que se movilizaran. Foto EDH / Archivo

Por Mario González -Xenia Oliva

2020-05-04 6:00:43

Enrique Anaya, doctor en derecho constitucional de la Universidad Complutense y miembro del Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional, hace un análisis de los alcances legales de los actuales decretos y propuestas de ley presentadas por el Ejecutivo para actuar ante la pandemia por COVID-19.

Señala que ni el actual decreto 21 ni la propuesta de ley de Regulación para el Aislamiento, Cuarentena, Observación y Vigilancia por COVID-19, presentada la semana pasada ante la Asamblea Legislativa, pueden funcionar como bases legales para que el gobierno decrete un confinamiento total, además que aún no superan los vicios señalados por la Sala de lo Constitucional, en cuanto a las detenciones arbitrarias o decomisos de vehículos. Advierte a la Asamblea Legislativa de no entregar permisos que pueden ser tomados como cheques en blanco por el Ejecutivo.

¿El nuevo decreto 21 cumple con las disposiciones de la Sala de lo Constitucional o mantiene los problemas que ya habían sido señalados?

Con franqueza, la realidad es distinta de lo que dice el decreto 21. El decreto establece algunas reglas, como el hecho de que la persona que infringe la cuarentena puede ser llevada a un centro de prevención donde un médico le hará el examen y este determinará si la persona debe ser sometida a cuarentena domiciliar o puede ser sometida a cuarentena controlada en un albergue manejado por el Ministerio de Salud. Dice, además, que, si una persona que infringe la cuarentena va en el vehículo, este le va a ser retenido y conducido a un sistema de resguardo donde el vehículo será desinfectado y solo podrá recuperarlo pagando un depósito.

A pesar de lo que dice el decreto 21, en la opinión de este servidor, es rotundamente falso que las personas estén siendo llevadas a centros de prevención a ser evaluadas por un médico, que determine si va a ir a cuarenta domiciliar o a cuarentena controlada. Además de eso, el decreto 21 dice que a esas personas que sean detenidas por infringir la cuarentena les van a hacer las pruebas para verificar si están contagiadas por el virus COVID-19.

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En realidad, eso no se está haciendo, sencillamente se detiene a las personas y ya se ha evidenciado por los medios de comunicación que a las personas se las llevan, inclusive inicialmente a bartolinas. Hay denuncias de personas que tienen 20 días o más detenidas y que aún no les han hecho las pruebas. Lo que dice el decreto 21 en realidad no se está cumpliendo, es una farsa, es mentira lo que dice ahí.

A la gente se le detiene, pero como el decreto 21 no tiene plazos, no tiene procedimientos, sencillamente es una mentira y creo, por ejemplo, que bastaría preguntarle al Ministerio de Salud ¿dónde están esos centros de prevención donde a las personas detenidas les van a hacer las pruebas PCR para poder verificar dónde están contagiados? Pero no van a tener ese dato, esos centros de prevención no existen.

Enrique Anaya es doctor en derecho constitucional. Foto EDH / Archivo

¿Todos estos procedimientos se saltan las disposiciones de la Sala de lo Constitucional, que ordenó que no hubiera detenciones arbitrarias ni decomisos de autos?

Exactamente, así es. En la práctica han querido con el decreto 21 dar una postura de legalidad para decir que están cumpliendo con las resoluciones de la sala, pero en la realidad no lo están cumpliendo. La Sala ya dijo en cuatro ocasiones que las personas no pueden ser automáticamente detenidas por infringir la cuarentena porque simple y sencillamente no hay ninguna ley que lo autorice.

Casa Presidencial envió durante la semana pasada varios proyectos de ley. Uno de los proyectos de ley que ha enviado, le ha denominado la ley de Regulación para el Aislamiento, Cuarentena, Observación y Vigilancia por COVID-19. Ese proyecto de ley es una simple reproducción por pedazos, es un corta y pega de los decretos 19, ahora 21.

¿Para qué, para que la Asamblea avale esa clase de disposiciones?

En realidad, el proyecto de ley simplemente reproduce los vicios del decreto, en realidad no supera los vicios que ya señaló la Sala de lo Constitucional. En mi opinión lo que podría haber dicho el Ejecutivo es: “Ah, como lo que quieren es que tengamos una ley y, como de todas formas no le hemos hecho caso al reglamente, ahora vamos a tener ley para poder llevarnos legalmente a la gente”.

Pero quiero indicar que inclusive en los términos que están en el proyecto de ley, ni siquiera supera la inconstitucionales que ya señaló la Sala, ni tampoco supera los estándares internacionales de derechos humanos.

¿Por qué? Porque en el proyecto de ley vuelve a repetir esta frase de procedimiento de decir que a estas personas le van a invitar que los acompañe a un centro de prevención, que si no lo podrían llevar a la fuerza. Que en un centro de prevención le van a hacer la prueba. Pero eso es farsa, eso no se hace, simplemente están poniendo mentiras en el proyecto de ley.

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¿Por qué se ha generado temor en la población?

Porque el presidente, la comisionada de operaciones, el secretario jurídico, han salido declarando que van a poner medidas más estrictas, medidas más rigurosas. Pero si uno lee el proyecto de ley, no hay ninguna medida más rigurosa. No hay ninguna medida más grave. Da temor, y yo creo que muy razonable en la población, que, si no estoy cambiando nada, pero si estoy dando un anuncio ambiguo que voy a poner medidas más rigurosas, más estrictas, sin decir en qué consisten esas medidas, entonces a la gente con razón le da temor, dicen nos van a encerrar a todos, nos van a dar confinamiento total. Insisto, el proyecto de ley no dice eso.

Entonces no se sabe qué quiere decir el Ejecutivo cuando dice que va a establecer medidas más rigurosas si en el proyecto de ley no indica cuáles son esas medidas.

¿Con base a estas disposiciones del decreto y la propuesta de ley, pueden decretar un confinamiento total?

Jurídicamente el proyecto de ley que se ha presentado, en ninguna forma autoriza emitir un confinamiento absoluto o total. No lo permite. Especulo que se ha presentado el proyecto de ley para dar la apariencia de que voy a obtener mayores potestades legales, por lo tanto, voy a poder seguir haciendo lo mismo o incluso más. En realidad, jurídicamente, el proyecto de ley no le habilita ni para decomisar vehículos, ni para entrar a las casas, ni para detener a las personas. La Sala ya lo prohibió, ha dicho que está prohibido porque no ley.

El Ejecutivo manda como proyecto de ley una copia de los decretos ejecutivos. Pero lo que veo, teniendo la experiencia de lo que ha ocurrido, es que, si la Asamblea llega a emitir esa ley, lo que va a asumir el Ejecutivo es que le han aprobado todo lo que en su mente tenía. No sabemos.

¿Pueden usarlo como un cheque en blanco?

Exactamente, ellos van a ver un cheque en blanco. ¿Qué quiere decir el presidente, la comisionada presidencial, el secretario jurídico cuando dicen medidas más rigurosas? Pero no dicen en qué consisten. Por eso se genera temor e incertidumbre entre la población, ese lenguaje ambiguo e indeterminado con el cual intencionalmente están diciendo, entreguen un cheque en blanco y yo voy a hacer lo que estime conveniente.

¿En qué condiciones se podría aprobar un régimen de excepción?

Si se plantea que, dado el crecimiento de la epidemia en el país, la Asamblea podría hacerlo sobre la base de una calamidad pública e intentar justificarlo que la única forma de detenerlo es a través de un confinamiento. Tendría que plantear cuáles son las motivaciones adecuadas. No sé si existen las condiciones para ello o no. Quien lo tendría que determinar es la Asamblea, no el Ejecutivo. En estos momentos no hay ningún documento jurídico que sustente la posibilidad de dictar un confinamiento.

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