Diputados proponen que el tocamiento en descuido sea delito

El Código Penal lo tipifica como “falta”, por lo que la diputada Marcela Villatoro, de ARENA, pide que el “tocamiento impúdico” sea delito de agresión sexual.

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Diputados de ARENA presentaron ayer la reforma a los artículos 160 y 161 del Código Penal. Foto EDH / Eugenia Velásquez

Por Eugenia Velásquez

2019-11-04 11:05:06

La indignación también tocó a los políticos por la resolución que tomó la Cámara Primera de lo Penal, en el caso del juez Jaime Eduardo Escalante, a quien se le atribuye sólo como falta el haber tocado a una niña por las circunstancias en que se dio el hecho.

Ante esto los diputados de ARENA, Marcela Villatoro, Patricia Valdivieso, Karla Hernández, Josué Godoy y Emilio Corea, presentaron ayer una propuesta para reformar el Código Penal. La diputada Dina Argueta, del FMLN, también interpuso una pieza con el mismo objetivo.

“Se está reformando para que quede que el tocamiento impúdico tenga una pena de 3 a 6 años cuando sea contra un mayor de edad y de 8 a 12 años cuando se hace a un menor de edad. Ahorita se encuentra establecido como falta, lo cual es completamente ilógico y no se puede permitir que sea usado como una norma para defender a delincuentes sexuales que ven como burlar la justicia y ampararse en tecnicismos en contra de las víctimas”, afirmó Valdivieso.

Para eso, ARENA propone reformar los artículos 160 y 161 del Código Penal y derogar el ordinal 4 del artículo 392, para evitar que hayan vacíos de ley en casos como el del magistrado Escalante, a quien la Cámara solo lo acusa de “falta al pudor” por haber tocado a una niña, según denuncia que procesó la Fiscalía y que la Cámara dice que no hay suficientes pruebas para determinar que sea un delito penal.

La modificación sería así, en el artículo 160 del Código Penal: “El que realizare tocamientos impúdicos aprovechándose del descuido, inobservancia o aglomeraciones públicas, ya sea en lugares públicos o privados, mediante engaño o sin él, incurrirá en la pena descrita en el inciso anterior”.

Lo mismo se hace en el artículo 161 de la normativa en mención, agregándole “tocamientos impúdicos en menor incapaz aprovechándose del descuido, inobservancia o aglomeraciones públicas…”

El FMLN en su propuesta plantea que la pena se agrave con la inhabilitación del cargo cuando el delito sea cometido por funcionarios públicos haciendo una reforma al artículo 46 del Código Penal.

“Estamos agregando que sea una de las causales inhabilitantes a su cargo cuando la agresión sexual o tocamiento u otro tipo de acciones sea cometida por un funcionario público, que se le pueda inhabilitar de su cargo de manera definitiva”, explicó Dina Argueta, del FMLN.