Diputados incluyen delito de desaparición forzada en Código Penal

Incorporarán el Art. 148-A al Código Penal para tipificar la desaparición de personas y establecer como castigo cárcel de entre 15 hasta 30 años.

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En las fosas clandestinas de Vista Lago de Ilopango, se han localizado unos 15 cadáveres de personas desaparecidas, entre éstas cuatro soldados. Foto EDH/ Archivo

Por Eugenia Velásquez

2019-10-15 4:33:53

Armonizar la realidad que viven muchas familias salvadoreñas a diario con las normativas vigentes llevó a los diputados de la Comisión de Legislación de la Asamblea a reformar el Código Penal para incluir el delito de desaparición forzada y castigar con prisión de entre 15 hasta un máximo de 30 años a quienes cometan ese delito.

“Se estableció la creación de un nuevo delito en el Código Penal que es la desaparición de personas; solo se encontraba tipificado lo relativo a la desaparición forzada de personas y a la desaparición de personas cometidas por un particular; ahora se ha establecido de manera general el delito de desaparición forzada”, explicó el diputado Mario Tenorio de GANA.

La diputada del FMLN, María Imelda Rivas, manifestó que dejaron únicamente el delito de desaparición forzada en términos generales “para no contradecir las leyes internacionales en cuanto se clasifican los delitos de lesa humanidad”. Anteriormente los diputados valoraban dejar el delito como “desaparición forzada cometida por personas”.

Sin embargo, al establecer mayores penas hacen la diferencia en la reforma al artículo 148 del Código Penal, adicionando el literal “A”, que establece que el delito de desaparición forzada cometido por personas particulares será penado con cárcel de entre 15 a 25 años.

Y cuando el delito sea perpetrado por el crimen organizado o pandillas será penalizado con entre 25 a 30 años de prisión.

“Hay una propuesta que se ha hecho: inicialmente el delito ha quedado contemplado con una sanción de entre 15 a 25 años y, posteriormente, por otra iniciativa que hemos tenido, se agrava si esta situación es cometida por elementos del crimen organizado, por maras o pandillas, a penas de hasta 30 años de prisión”, explicó Tenorio.

Ayer llegaron representantes de la Fiscalía y de la Procuraduría General de la República (PGR) a la Comisión de Legislación a dar sus aportes y hay una discrepancia en la prescripción o no del delito. Los diputados acordaron convocar para el lunes 21 de octubre a los magistrados de la Sala de lo Penal para que den opinión sobre este punto.

“Nos hemos detenido en la prescripción porque la propuesta de la Fiscalía es que estos delitos no prescriban; sin embargo, la Procuraduría hacía algunas observaciones al respecto, entre ellas, que este tipo de delitos tendría que prescribir; para eso hemos tenido a bien llamar a los magistrados de la Sala de lo Penal para que nos brinden sus consideraciones técnicas”, ahondó Tenorio.

La diputada del FMLN dijo que están de acuerdo en que no prescriban.