Corte Interamericana ordena frenar Ley de Reconciliación

Pese a eso abogados constitucionalistas consultados explicaron que la CIDH no tiene competencia en hechos acaecidos antes de 1996 y que no puede ordenar cómo legislar porque está violando la “soberanía” del país.

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Uno de los casso más connotados de violación a los derechos humanos es la conocida como Masacre del Mozote, en Morazán. Foto EDH/Archivo

Por Eugenia Velásquez / Ricardo Avelar

2019-05-29 6:00:16

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) resolvió ayer pedir a la Asamblea Legislativa suspender todo el trámite que ha seguido para aprobar la Ley de Reconciliación Nacional, la cual sustituiría la Ley de Amnistía de 1993 que la Sala de lo Constitucional anuló desde 2016.

La CIDH pide a los diputados un informe detallando las medidas que el Órgano Legislativo está tomando para cumplir con el fallo de la Sala y con el resarcimiento del daño a las víctimas del conflicto armado.

Para esto, ha dado a la Asamblea hasta el 19 de junio para que le remitan ese reporte y evaluar cómo va el proceso. Posterior al estudio de este informe, el pleno de esta instancia debe emitir un pronunciamiento al respecto durante su próximo período de sesiones.

Sin embargo, el abogado constitucionalista Francisco Bertrand Galindo manifestó a El Diario de Hoy que la CIDH no tiene competencia en el asunto, dado que “el gobierno nunca le reconoció atribución a la Corte Interamericana de Derechos Humanos en aspectos que hayan sucedido antes de 1996”.

El jurista resalta también que esto se trata de un tema de soberanía. “Una Corte de ese tipo no puede darle una orden a un Órgano del Estado salvadoreño de cómo legislar, en qué tiempo y bajo qué condiciones”, explica.

Otro abogado constitucionalista consultado por este periódico considera que la Sala de lo Constitucional o la Corte Interamericana pueden emitir medidas cautelares pidiendo que se suspenda una acción legislativa, pero un procedimiento más usual es que conozcan sobre hechos consumados, como la aprobación de una eventual Ley de Reconciliación. A partir de esta posible legislación dichos tribunales podrían resolver aduciendo que lo aprobado viola o cumple la Constitución o el Tratado de San José que da vida a la CIDH, resumió.

Pese a reconocer que en ocasiones puede otorgarse medidas cautelares, este jurista admite que una resolución a “medio proceso legislativo puede entenderse como invasiva”.

La resolución de la CIDH llega justo cuando los diputados estudiaban la posibilidad de aprobar en la plenaria el proyecto denominado “Ley Especial de Justicia Transicional y Restaurativa para la Reconciliación Nacional”. Sin embargo, la reunión de la Comisión Política en la que se pudo haber emitido dictamen se suspendió ayer.

Según Julio Fabián, de ARENA, se postergó porque no hay acuerdo entre los diputados para su aval.

Razonamiento de la Corte

En sus considerandos, la CIDH argumenta que dicho proyecto de ley “contiene disposiciones que, de ser aprobadas, no garantizarían un adecuado derecho de acceso a la justicia de las víctimas del caso Masacre de El Mozote y lugares aledaños y podría afectar otros casos de graves violaciones a derechos humanos ocurridas en el conflicto armado interno salvadoreño”.

Añade que “de ser aprobada en los términos en los que se encuentra planteado actualmente el proyecto, podría ser una ley incompatible con los artículos 8 y 25 de la Convención Americana y, por tanto, con el artículo 2 de dicho Tratado. La Corte Interamericana ha sostenido reiteradamente que la promulgación de una ley manifiestamente contraria a las obligaciones asumidas por un Estado parte en la Convención constituye ‘per se’ una violación de esta y genera responsabilidad internacional del Estado”.

El artículo 8 al que hace referencia la resolución de la CIDH dice textualmente en su apartado de garantías Judiciales que “toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter”.

En este sentido, el proyecto trabajado por diputados de la Asamblea Legislativa ha generado polémica entre los legisladores y organizaciones de sociedad civil por la supresión de cárcel para quienes sean hallados culpables de crímenes de guerra o de lesa humanidad. Según el anteproyecto de ley, si la pena es menor a diez años se cancela y si fuera mayor, se sustituye por trabajos de utilidad pública.

Las organizaciones sociales están en contra de esa medida y exigen que el culpable pague con prisión y solo se abrevie la penalidad cuando el acusado de graves violaciones a los derechos humanos se arrepienta. Además, solicitan que el hechor pague con su patrimonio el resarcimiento del daño ocasionado.

¿Qué dicen los diputados?

Diputados de ARENA y el FMLN aclararon que lo actuado a la fecha responde a la orden que la Sala de lo Constitucional les dio en 2016 de legislar tras la derogatoria de la Ley de Amnistía de 1993, por lo que valoran que el fallo de la Sala podría prevalecer por encima de la resolución de la CIDH. “Habría que estudiar esa parte”, explicó Fabián.

Jorge Schafik Handal del FMLN dijo que seguirán en consultas, ya que no existe un dictamen ni decreto de ley para suspender el proceso como lo pide la Corte Interamericana. “¿Por qué nos vamos a parar? ¿La vamos a dejar hasta que San Juan baje el dedo?”, criticó Handal.

El presidente de la Asamblea, Norman Quijano, de ARENA, aclaró en Twitter que no piensan avalar la Ley de Reconciliación en la plenaria de este día como se ha manejado y que las consultas seguirán.