Medicina Legal no realizará autopsias a muertos por virus

Estas medidas son para cumplir con el protocolo de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para los cuerpos de las víctimas de la pandemia.

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Foto EDH / Jessica Orellana

Por David Marroquín

2020-04-01 10:00:11

El Instituto de Medicina Legal (IML), no les hará las autopsias a las personas que mueran por la pandemia por el virus COVID-19 en El Salvador, según los lineamientos técnicos establecidos para el manejo y disposición final de cadáveres del Ministerio de Salud Pública.

Tampoco se les hará las necropsias (examen al cadáver), la extirpación de algún órgano, pero en especial de los pulmones por ser fuente primaria de infección, a menos de que se trate de una orden judicial, pero a través de Medicina Legal.

El Gabinete de Salud confirmó el 1 de abril la segunda muerte por coronavirus, un hombre de 89 años.

El Salvador registra ya dos muertes por coronavirus. El primer caso fue una mujer mayor de 60 años procedente de Estados Unidos. El segundo fallecimiento es el de un hombre de 89 años originario de Morazán, siendo este el primer contagio local del virus en el país.

El Instituto de Medicina Legal informó en su momento que la autoridad competente para el levantamiento, manejo, traslado y disposición final de cadáver por COVID-19 es el Ministerio de Salud.

Agrega que el IML seguirá brindando sus servicios, pero siguiendo con los procedimientos de actuación ya establecidos, siempre y cuando exista un requerimiento fiscal o judicial al respecto. Medicina Legal solo realiza autopsias de muertes violentas o sospechosas de la criminalidad, explicaron médicos forenses.

No se permitirá las cremaciones privadas
En el documento del Ministerio de Salud Pública se detalla que las prácticas de embalsamiento y las cremaciones privadas están prohibidas.

Cementerio La Bermeja, en San Salvador. Nichos para las personas que mueran por coronavirus. Foto EDH / Mauricio Castro

Para minimizar los riesgos a la salud pública, las autoridades sanitarias no permitirán los rituales fúnebres, las velaciones, los actos religiosos, abrir el ataúd y se restringirá a dos familiares para que estén en el entierro.

No será permitido que los familiares de la víctima puedan contratar los servicios fúnebres particulares para realizar los levantamientos de cadáveres.

Si la persona muere en un centro hospitalario designado, el cuerpo debe de ser llevado de inmediato desde la sala donde se encuentre hasta la morgue. Se le notificará a su familia para entierro de inmediato. La manipulación del cadáver se deberá de limitar al máximo.

Se establece que el cadáver puede ser enterrado o incinerado. El cuerpo será trasladado de la morgue hospitalaria al cementerio que haya sido designado para los entierros de las víctimas del coronavirus.

Enseguida, los empleados del cementerio recibirán el cadáver, bajo las estrictas medidas de protección sanitaria, para que sea depositado en la fosa asignada.

Personal de Saneamiento Ambiental que sea asignado, verificará que se cumplan con las medidas necesarias para enterrar el cuerpo o para su incineración, en caso necesario.

La víctima será enterrada en el municipio donde ocurrió la muerte, no se permitirá el traslado a otra ciudad para ser sepultada. Para ello, la alcaldía del municipio donde ocurrió la muerte deberá de extender el acta de defunción correspondiente a la familia.

Médicos forenses aseguraron que se aplicará el protocolo que el Instituto de Medicina Legal (IML) realiza para los cadáveres putrefactos. “Ya que nunca se ha tenido un caso semejante, por lo que se ha tomado realizar el protocolo de cadáveres putrefactos”, dijo un forense.

Lo anterior significa que el cuerpo tiene que ser envuelto en dos bolsas de plástico, ataúd sellado, no se debe de preparar, no debe de ser velado y enterrarlo de inmediato en una fosa común. Con respecto a esta última, se llevará un libro de ubicación e identificación de la víctima tanto de Medicina Legal como del cementerio, según los forenses.