Cámara sostiene que Fiscalía no probó que niña sufrió abuso

Magistrados sostienen que al examinar la prueba contra Jaime Escalante Díaz concluyeron que no cometió agresión sexual, pero sí una falta que se sanciona con una multa

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Jaime Eduardo Escalante Díaz está en el ojo del huracán por un supuesto delito de agresión sexual contra una niña de 10 años.

Por Diana Escalante- Mirella Cáceres- Milton Rodríguez

2019-11-05 6:40:25

El análisis de las pruebas que la Fiscalía General presentó contra el magistrado de la Cámara Tercera de lo Civil, Jaime Eduardo Escalante Díaz, por el supuesto delito de agresión sexual contra una niña de 10 años, llevó a concluir a los magistrados de la Cámara Primera de lo Penal de San Salvador que el funcionario no cometió ese delito, pero sí una falta que es sancionada con 10 a 30 días de multa.

Así lo aseguraron este lunes los magistrados Guillermo Arévalo Domínguez y Martín Rogel Zepeda en un comunicado difundido por la Oficina de Comunicaciones del Centro Judicial Isidro Menéndez.

Mujeres protestaron frente al Centro Judicial Isidro Menéndez por la resolución de la Cámara Primera de lo Penal de San Salvador para el magistrado Eduardo Escalante Díaz, acusado por la Fiscalía de agredir sexualmente a una niña.

La misiva se conoció cuatro días después de que el referido tribunal se declaró incompetente (sin jurisdicción) para seguir procesando a Escalante Díaz por considerar -basados en pruebas- que él no agredió sexualmente a la menor de edad.

La resolución desató críticas desde la semana pasada contra los magistrados por parte de la ciudadanía, organizaciones y funcionarios, entre ellos el presidente y vicepresidente de la República. También llevó a que diputados de ARENA y del FMLN pidieran reformar el Código Penal para que el tocamiento impúdico contra un menor de edad se castigue con una pena de entre ocho y 12 años de cárcel.

La Cámara no está negando que haya existido una vulneración a la intimidad de la víctima. Lo que está haciendo es interpretando que, a su juicio,esta ha sido una falta”.

Raúl Melara, fiscal general

Los hechos que la Fiscalía imputa a Escalante Díaz fueron el 19 de febrero pasado, cuando la niña jugaba en un pasaje de la residencial Altavista, de Tonacatepeque. La madre denunció a la Policía que el funcionario agredió sexualmente a su hija.

Los magistrados de la Cámara aseguraron que luego de examinar los argumentos realizados por el Ministerio Público en la acusación y los presentados por los defensores se concluyó, tras un “responsable proceso de deliberación”, que la conducta imputada al acusado “no es constitutiva del tipo penal por el que fue acusado, es decir agresión sexual en menor incapaz”.

“Esta decisión se encuentra fundamentada en los hechos, en los elementos de prueba aportados por la niña víctima y en el dictamen pericial correspondiente, así como criterios doctrinales y jurisprudenciales”, señalaron Arévalo Domínguez y Rogel Zepeda.

Agregaron que la conducta atribuida a Escalante Díaz se calificó jurídicamente como la infraccción penal constitutiva de falta tipificada en el numeral 4 del artículo 392 del Código Penal del capítulo IV acerca de las faltas relativas a la familia, buenas costumbres y decoro público, que establece que será sancionado con 10 a 30 días multa “El que aprovechándose de aglomeraciones públicas o del descuido de quien transita por calles o lugares públicos, realizare tocamientos impúdicos”.

Los magistrados aclararon que el principio de legalidad establece que la descripción de los tipos penales es una función exclusiva de la Asamblea Legislativa y los funcionarios judiciales no pueden rebasar el límite impuesto por la Constitución de la República.


Magistrados rechazan violación a la independencia judicial

La resolución de la Cámara Primera de lo Penal ha sido desaprobada por ciudadanos, organismos, instituciones y funcionarios, entre ellos el presidente de la República, Nayib Bukele, y el vicepresidente, Félix Ulloa. Los magistrados rechazaron los señalamientos contra ellos porque constituyen “una clara violación a la independencia judicial y obstaculizan indebidamente nuestra función judicial”.

Por ello, Arévalo Domínguez y Rogel Zepeda expresaron que se documentarán los hechos ocurridos desde el 31 de octubre, cuando la Cámara emitió el fallo, y enviarán un informe a la Corte Suprema de Justicia y a la Relatoría Especial para la Independencia Judicial de las Naciones Unidas “por considerar que dichos actos constituyen una interferencia a la actividad judicial”.

Este lunes, por la tarde, cientos de ciudadanos y representantes de organizaciones sociales se concentraron frente al Centro Judicial para rechazar la resolución de la Cámara y exigir respeto a los derechos de la niñez y las mujeres. La convocatoria para la actividad se hizo desde el fin de semana en redes sociales.

Horas antes de la protesta la Cámara emitió un comunicado en el que explica que la conducta imputada al funcionario “no es constitutiva del tipo penal por el que fue acusado, es decir agresión sexual en menor incapaz”. Foto EDH/ Menly Cortez

En el comunicado, los magistrados manifestaron que son respetuosos de la libertad de expresión y que son conscientes de que la resolución que emitieron puede diferir con las opiniones de los ciudadanos.

Los funcionarios agregaron que “estas críticas son valiosas en toda sociedad democrática y en un Estado Constitucional de Derecho”, siempre que los cuestionamientos e inconformidades se hagan de forma respetuosa y teniendo conocimiento del caso en particular como de los hechos atribuidos y las disposiciones legales aplicables, por lo que se debe esperar a tener la resolución por escrito y que las partes sean debidamente notificadas.

“Tocar a una niña o a un niño de manera sexual debe ser penado”

El fiscal general de la República, Raúl Melara, sostuvo este lunes que la institución está a la espera de que la Cámara Primera de lo Penal le entregue la sentencia escrita para apelar ante un tribunal superior.

Melara, quien inauguró un seminario regional sobre el delito de Trata de personas, apuntó que la resolución de la Cámara se basa en criterios de los magistrados que la conforman.

“Ellos han asumido que los hechos que fueron descritos y planteados por Fiscalía y que fueron además ratificados por la víctima y la familia de la víctima dentro de la prueba que se ha presentado es constitutivo de una falta”, expresó Melara.

Él señaló que desde el momento en que se presentó la acusación contra el magistrado en la Cámara fue porque la institución está convencida de que cometió un delito.

“Independientemente tenemos que enviar un mensaje clave: esto no puede ser motivo de una falta, tocar a una niña o a un niño de manera sexual, de manera indebida, debe ser penado de la manera más drástica. Vamos a apelar porque tenemos que sentar un precedente”, aseveró el fiscal general.

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Mujeres protestan frente a centro judicial por resolución en caso de magistrado Escalante

Mujeres protestaron frente al Centro Judicial Isidro Menéndez por la resolución de la Cámara Primera de lo Penal de San Salvador contra el magistrado Eduardo Escalante Díaz, acusado por la Fiscalía de agredir sexualmente a una niña.