Cámara anula fallo en favor de Rais y sobrino y ordena que los capturen

Magistrados ven probable participación de él y otros tres imputados en presunto traspaso ilegal de acciones de Mides. También dice que los imputados han demostrado una permanente evasión a la justicia.

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Además del caso Mides, Enrique Rais tiene otros procesos penales pendientes. En uno se le acusa de sobornar al exfiscal Martínez para que lo beneficiara en cuatro procesos judiciales. Aquí con su sobrino Hugo Blanco. EDH /Archivo,

Por Mirella Cáceres

2019-08-30 4:00:14

La resolución que establecía medidas alternas a la detención provisional para Enrique Rais López y Hugo Blanco Rais, además del pago de una fianza por $50,000 mientras seguían procesados, fue anulada por la Cámara Tercera de lo Penal.

“Certifíquese la presente resolución al Juzgado Tercero de Instrucción de San Salvador y ordénase a dicho tribunal que libre las respectivas órdenes de captura en contra de los imputados”, resolvieron los magistrados de la Cámara.

Los prófugos Rais López y Blanco Rais están acusados del delito de falsedad ideológica en perjuicio de la fe pública por el caso Mides.

La resolución de la Cámara es la respuesta a una apelación que hiciera la Fiscalía. Esta acusa a Rais López, a Blanco Rais y a José Mauricio Arrieta Gálvez de haber realizado la autorización de traspaso de 1,800 acciones (90 %) de la empresa Manejo Integral de Desechos Sólidos SEM S.A. (Mides) a la sociedad OVNI Business El Salvador SA de C.V..

Esta última empresa es propiedad de Rais López.

Según la Fiscalía, el 3 de mayo de 2013 hubo una asamblea especial de accionistas de la sociedad Tradesal Inc., suscrita por Arrieta Gálvez en calidad de director presidente de la sociedad Tradesal Inc; Hugo Ernesto Blanco Rais en calidad de secretario Ad hoc de dicha sociedad, y José Aquiles Enrique Rais López, en calidad de apoderado general de la sociedad Inversiones y Servicios del Istmo S.A. la cual tuvo por finalidad autorizar el traspaso del 90 % de las acciones de Mides.

Lo anterior, pese a que ya se había celebrado un contrato de venta a plazos entre la sociedades Cintec International Inc y Servicios del Istmo, las cuales no habían sido pagadas, por lo que la falsedad acusada recae también en el certificado antes referido, dice la resolución.

Imputados sin localizar

“Esta Cámara no puede ignorar por ser un hecho notorio y de dominio público que los imputados no han podido ser localizados... no obstante la difusión roja para su captura”.

Fallo, Cámara Tercero de lo Penal

El certificado que ampara el traspaso de las 1,800 acciones de Mides a favor de Tradesal, es cuestionado por el Ministerio Público porque fue endosado por Roger Alfred Lagier, pero este había sido presidente de Mides entre 2004 y 2005 y no de Tradesal, pero se utiliza su firma para cubrir las dos firmas exigidas por el pacto social.

Además de ello, Lagier no se encontraba en el país cuando se firmó el documento. También alega que Rais López tampoco estaba en el país en ese momento.

En ese caso la defensa de los imputados alega que no es cierto que sus defendidos no estuvieran en el país, y que una cosa es la fecha en que se elabora el acta y otra la fecha en que esta es suscrita.

Pero la Cámara dice que determina que existen motivos suficientes para concluir la probable participación de los imputados en el hecho delictivo antes descrito.

Sobre la fuga de los imputados

La defensa le pidió a la Cámara que revocara la decisión del Tribunal Tercero de Instrucción y que decretara instrucción pero sin medidas. Además alegan que no hay peligro de fuga de sus defendidos

Pero la Cámara de lo Penal responde en que Rais López y Blanco Rais no solo no fueron localizados para ser notificados, sino que tampoco se presentaron a la audiencia especial ni “señalaron a través de sus abogados”, por lo que no existe voluntad de comparecer a futuras convocatorias del procedimiento.

Pero además establece la Cámara que “no estamos ante un peligro de fuga, sino ante un claro supuesto materialización de la fuga”, y que tampoco pueden ignorar un hecho notorio, y de conocimiento y dominio público, que los imputados han demostrado la capacidad de mantener un estado permanente de evasión”, pues no han podido ser localizados por las autoridades locales y la Policía Internacional, Interpol.

En el proceso se confirmó las medidas alternas a la detención provisional en favor de otro de los imputados, José Mauricio Salvador Arrieta Gálvez por el mismo delito de falsedad ideológica.