Bloqueo general de la información digital de Salud no está en firme

El Instituto de Acceso a la Información Pública ordenó al Minsal que reservara los datos de código fuente de sus sistemas digitales, pero Salud habría bloqueado toda la información, por lo que el IAIP estudia el caso.

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Sepultureros en plena acción durante un entierro con protocolo covid en Soyapango. Foto EDH / Archivo

Por Evelia Hernández/ Carlos Vides

2020-11-25 9:45:57

Ante una resolución emitida por el Instituto de Acceso a la Información (IAIP) al Ministerio de Salud de reservar los códigos fuentes de programación de los sistemas informáticos de esta cartera de Estado, Salud restringió de forma total y por siete años el acceso a la información digital de la institución. Desde el martes pasado, el IAIP verifica si el Minsal excedió su facultad con esta reserva tan amplia y prolongada.

Según el índice de información reservada del 16 de noviembre, disponible en la página de transparencia del Minsal, la reserva está basada en los Artículos 19, 20 y 21 de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP).

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La información que estaría reservando Salud no solo son los códigos fuentes de sus sistemas informáticos, como ordenó el IAIP, sino toda la data de los mismos. Según un documento colgado en la web de la Dirección de Tecnologías de Información y Comunicación, que forma parte del Viceministerio de Gestión y Desarrollo en Salud, de fecha 2 de julio de 2020, ahí se registra 40 sistemas informáticos de los 49 que tiene el ministerio (ver tabla aparte).

De confirmarse por IAIP que toda esta información digital está en reserva, Salud estaría bloqueando a la ciudadanía los datos del COVID-19 durante la pandemia, operatividad en el sistema de salud, abastecimiento de medicinas y control de vectores, información de los 30 hospitales nacionales, entre otros.

El Diario de Hoy solicitó a través de la Unidad de Comunicaciones del Minsal el listado de los 49 sistemas en reserva; hasta el cierre de esta nota no se obtuvo respuesta.

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La decisión del IAIP de ordenarle a Salud que reservara los códigos fuentes de sus sistemas informáticos nació de una petición hecha por un ciudadano el año pasado, por medio de la Oficina de Información y Respuesta de la institución, quien pedía que esa programación digital le fuera entregada.

El Instituto concluyó que la entrega de códigos fuentes provocaría el riesgo de que se pueda obtener información sensible relacionada a expedientes clínicos, diagnósticos médicos y vulnerar el sistema con un ataque informático, por lo que ordenó al Minsal ponerlo en reserva, según resolución del 11 de octubre.

Ayer (martes) llegó un informe de cumplimiento al IAIP de parte del Minsal, pero la Unidad de Evaluación y Cumplimiento determinará si la reserva que han realizado encaja con lo dicho en la resolución del instituto. “Tenemos que revisar si realmente han realizado lo ordenado por la resolución del instituto, o si se han extralimitado y han reservado más de la cuenta”, comentó una fuente del IAIP.

Reserva total, un acto arbitrario

Si Salud colocó una reserva total para los 49 sistemas informáticos (y no sólo sus códigos fuente), esta decisión no tendría base legal y es calificada como un acto arbitrario de parte del ministro de Salud, Francisco Alabí, además de un retroceso al acceso a la información y hasta a la reforma de Salud, según especialistas consultados.

El exmagistrado de la Sala de lo Constitucional, Rodolfo González y el abogado Francisco Bertrand Galindo advirtieron a que un bloqueo de esta índole no tiene base legal, debido a que los datos de estos sistemas digitales son de interés público y su información es oficiosa.

“ No hay base legal para que puedan declarar reserva a información que es estrictamente del uso de los recursos, sobre los cuales el Gobierno debe de ser muy transparente. Declarar reserva total es improcedente dentro de la Ley y habrá que ver que dice el Instituto (IAIP)”, expuso Bertrand.

En días recientes, ante un bloqueo similar en cuanto a las pruebas de laboratorio por COVID-19, el ministro Alabí justificó que “los datos que se reservan, son datos que tienen información muy particular de los pacientes, datos importantes para las estrategias sanitarias , por lo cual se ha decidido este tipo de intervenciones” y la reserva.

Ejemplificó con la confidencialidad de las pruebas del virus de Inmunodeficiencia Humana Adquirida (VIH) para exponer que no se puede publicar esa información.

Rodolfo González, exmagistrado de la Sala de lo Constitucional, aclaró que se debe realizar una distinción entre la información que es clasificada como: de interés público , oficiosa y la información confidencial, la cual es referente al derecho a la intimidad personal y familiar, como los archivos médicos, que ya está regulada en la LAIP.

“Las declaraciones del ministro de Salud están mezclando peras con manzanas, el no tener diferenciación tiene consecuencias legales, porque la información de los pacientes sí se puede declarar reservada, pero es ilegal la parte que están mezclando información de la manera en que se ha manejado la pandemia, administración de fondos públicos”, explicó González.

El exmagistrado señaló que “se ha reservado información relativa a las compras, adquisición, eso no es para reservarlo. Es decir, se ha agarrado de algo a nivel universal que se entiende como reservado como la información estrictamente clínica relativa a los pacientes, con información que aquí y en todas partes es de interés público. Ahí es donde maliciosamente a mi juicio se ha hecho la mezcla de las dos cosas”.

Tanto González como Bertrand indicaron que el IAIP puede levantar la reserva y permitir que la información sea de acceso público, o en última instancia un tribunal de lo Contencioso Administrativo puede anular la reserva.

El exministro de Salud, Eduardo Espinoza, agregó que un bloqueo semejante significaría un retroceso a la reforma de salud y una acción nociva para los salvadoreños; también descalificó a Alabí sobre el porqué de la reserva y advirtió que se pone en riesgo la cooperación de organismos internacionales que necesitan de las estadísticas.

“Si usted prohíbe eso nadie le va donar nada. Es un retroceso a la reforma de Salud, es la violación del derecho a la salud de la población, porque la información es de carácter público, las enfermedades, las muertes son de carácter público, exepto el nombre del paciente”.

Explicó Espinoza que “se puede contabilizar cuántas personas murieron de tuberculosis, sin saber los nombres de los que murieron. Con la reserva, toda esa información no se va a poder dar conocer, cuántas madres están muriendo… Eso no permite que el ministerio pueda desarrollar programas y acciones que pueda conocer la población y saber si realmente es de beneficio para ellos. Es una violación al derecho a la salud”, concluyó Espinoza.