Agentes del Estado entre los acosadores

Agentes de la Policía son de los más denunciados como violadores de derechos por medio del acoso o abuso sexual.

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Por Cecilia Fuentes

2019-10-19 9:20:32

Muchas mujeres y algunos hombres -aunque suene extraño- son víctimas de acoso sexual a diario en El Salvador. Un silbido, un piropo o una mirada morbosa son conductas que configuran el delito.

El acoso sexual lo puede cometer cualquier persona que atente contra la autonomía de la víctima. El problema se incrementa cuando los victimarios son las mismas personas que, según su función, deben brindar seguridad a la población.

Según el registro que maneja la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH), mujeres y hombres han denunciado ante la institución la afectación de sus derechos por medio del acoso o abuso sexual ejercido por agentes del Estado de diferentes dependencias.

Según los datos obtenidos a través de la Oficina de Información y Respuesta (OIR), de la Procuraduría, la Policía Nacional Civil encabeza el listado de las instituciones presuntamente más violadoras de derechos a través de dicho delito.

Desde el 1 de enero hasta julio de este año, la PDDH registra ocho casos, de los cuales, seis corresponden a la institución policial. Mientras que durante el 2018, se registraron 18 casos, de estos 9 son también de agentes de la Policía.

Cabe señalar, que la PDDH no registra las denuncias individualizadas sino resoluciones generales.

Lo anterior, representa una afectación para hacer valer los derechos “porque es un problema estructural”, mencionó Rina Juárez, de la Organización de Mujeres Salvadoreñas por la Paz (Ormusa).

Entre los casos recabados por la PDDH, también se reportan denuncias contra empleados de diferentes ministerios como el Ministerio de Educación, Ministerio de Hacienda y el Ministerio de la Defensa Nacional.

Ante esto, Juárez señaló que, “el Estado debería hacer un criterio de exclusión del servicio público a todas aquellas personas que tienen una valoración respecto a los derechos de todas las personas para ejercer un servicio público”. Agregó que, “mientras esté el favorecimiento de la impunidad y nadie pague por ello, ahí estará”.

Carmen Guzmán, una mujer víctima de acoso sexual, lamentó que dentro de las mismas instituciones, que son las que deberían proteger, se encuentren agentes que acosen o se aprovechen de su cargo para ello.

El delito de acoso sexual está contemplado en el Código Penal, artículo 165, y es castigado con penas de tres a cinco años de cárcel. El artículo también regula que “si el acoso sexual se realizare prevaliéndose de la superioridad originada por cualquier relación, se impondrá además una multa de cien a doscientos días multa”.

Esto dice la ley sobre el acoso sexual

Art. 165.- El que realice conducta sexual indeseada por quien la recibe, que implique frases, tocamiento, señas u otra conducta inequívoca de naturaleza o contenido sexual y que no constituya por sí sola un delito más grave, será sancionado con prisión de tres a cinco años.

– El acoso sexual realizado contra menor de 15 años, será sancio-nado con la pena de cuatro a ocho años de prisión.
– Si el acoso sexual se realizare prevaliéndose de la superioridad originada por cualquier relación, se impondrá además una multa de cien a doscientos días multa.