La atleta sudafricana Caster Semenya tendrá que reducir sus niveles de testosterona para poder competir

El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) desestimó el recurso de la doble campeona olímpica y triple mundial de 800 metros, quien ahora para poder seguir corriendo en pruebas femeninas deberá reducir artificialmente sus niveles de testosterona en sangre.

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Foto archivo / AFP.

Por E. Burgos / Agencias

2019-05-01 11:36:04

La normativa aprobada por la Federación Internacional de Atletismo (IAAF por sus siglas en inglés),  que obliga a las atletas con hiperandrogenismo a medicarse para reducir sus niveles de testosterona entrará en vigor el próximo 8 de mayo, una vez publicado este miércoles el fallo del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), que desestima la apelación de la atleta sudafricana Caster Semenya y de su federación nacional.

Semenya doble campeona olímpica y triple mundial de 800 metros, sostenía que las nuevas regulaciones de la IAAF para limitar el acceso a las pruebas de entre 400 y 1.500 metros a las atletas con altos niveles de testosterona en sangre eran discriminatorias y buscaban apartar a deportistas como ella de la alta competición.

Sin embargo el organismo que preside Sebastian Coe dictaminó que las normas de la IAFF son necesarias para asegurar una competición justa entre las atletas que se ven afectadas por lo que denominan diferencias en el desarrollo sexual (DSD).

La IAAF agradece al TAS su detallada y pronta respuesta a las apelaciones contra su normativa sobre elegibilidad para competir en pruebas femeninas para las atletas que presentan estas características, “y se complace de que estas regulaciones sean consideradas una forma necesaria, razonable y proporcionada de conseguir el legítimo objetivo de la IAAF de preservar la integridad del atletismo femenino en las pruebas restringidas”.

“Las regulaciones entrarán en vigor el 8 de mayo de 2019, fecha a partir de la cual todos los Atletas Relevantes (definidos en la cláusula 2.2(a) de las Regulaciones) que deseen competir en pruebas femeninas tiene que cumplir las condiciones establecidas en la cláusula 2.3 de dichas Regulaciones”, precisa la IAAF.

Sobre las objeciones que hace el TAS en su resolución sobre la justa aplicación de la normativa, la IAAF recuerda que el propio TAS que examinó el caso de la atleta india Dutee Chand reconoció que las regulaciones se administraron “con cuidado y compasión”, y asegura que “eso no va a cambiar”.

Para Semenya, el veredicto del TAS no la detendrá. “Una vez más me elevaré y seguiré inspirando a mujeres jóvenes y atletas en Sudáfrica y en todo el mundo”, dijo la atleta en un comunicado divulgado a los medios por su equipo de abogados.

Al respecto, la atleta publicó en sus redes sociales una imagen en la que se lee “A veces es mejor reaccionar sin reaccionar”.

Fallo contraviene derechos humanos

Según Human Rights Watch (HRW) con sede en Nueva York, la normativa aprobada por la IAAF contraviene las normas internacionales de derechos humanos.

HRW defendió que las mujeres como Semenya “tienen el mismo derecho a la dignidad y a controlar sus propios cuerpos” que el resto.

“Es profundamente decepcionante ver al TAS apoyar regulaciones que contravienen los estándares internacionales de derechos humanos”, señaló en un comunicado Liesl Gerntholtz, la directora ejecutiva adjunta de Programas de HRW.

Para esta organización de derechos humanos, “al examinar y excluir a mujeres competidoras en base a sus niveles naturales de hormonas, las regulaciones de la IAAF estigmatizan, estereotipan y discriminan contra todas las mujeres”.

“Para mujeres atletas con niveles de testosterona atípicos, ser obligadas a someterse a un examen médico puede ser tan humillante como médicamente innecesario”, insistió Gerntholtz.

La responsable de HRW lamentó que este tipo de normas lleven a identificar a atletas por sospechas y terminen por someter sus cuerpos al “escrutinio público”, algo que no ocurre con los hombres.

La decisión del TAS anunciada este miércoles encontró que esas regulaciones en efecto “son discriminatorias” pero subrayó que “esta discriminación es un medio necesario, razonable y proporcionado para cumplir el objetivo de la IAAF de preservar la integridad del atletismo femenino en los eventos restringidos”.