3 de abril 2005


Estudiantes en hospitales
Práctica médica ilegal

Los estudiantes de Medicina que cursan el séptimo año de su carrera tienen responsabilidades similares a las de un un médico, pero sin haberse graduado. Tal práctica es común en El Salvador aunque la ley dicta que es ilegal.

Alicia Miranda Duke
vertice@elsalvador.com

   
Los estudiantes de medicina de estados unidos hacen sus prácticas en los hospitales de las facultades donde estudian. Foto EDH / Omar Carbonero

El Código de Salud es claro cuando establece que la asistencia a pacientes la darán, exclusivamente, personas graduadas.

Sin embargo, no es la única ley que le prohíbe a personal que aún no se ha recibido como médico brindar estas atenciones.

El Código Penal también dice que “el que sin tener título profesional o autorización para ejercer alguna profesión reglamentaria, se atribuyere carácter de tal y la ejerciere o realizare actividades propias de ella, será sancionado con prisión de uno a tres años” (Art. 289).

Aunque no es el único país donde se realizan estas prácticas, en El Salvador un interno (alumno de séptimo año de Medicina) tiene atribuciones y responsabilidades de un médico graduado, pero sin tener un título que le acredite para ejercer dicha profesión.

La ilegalidad de estas prácticas viene a sumarse a la serie de problemas que rodean a los estudiantes de medicina, sobre todo en los que están cursando su internado, un año especialmente difícil por la carga académica y asistencial que tienen que llevar.

Pero, ¿quién permite esta ilegalidad y por qué? <%areaname="elpais"%>

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Constitucionalmente, el ejercicio de la profesión de la salud será vigilado por “organismos” que tendrán la facultad para actuar administrativamente en caso que se atente contra la salud del pueblo.

En este caso, el organismo es la Junta de Vigilancia de la Profesión Médica, una institución que si bien no puede regular la práctica de estudiantes, sí tiene que velar que la asistencia a pacientes sea dada por personas que tengan un título profesional que los respalde (Art. 17 del Código de Salud).

Wilfredo Alfaro es representante de Adesam-Coribel (Asociación para la la Defensa de la Salud y Medio Ambiente: “Corina Isabell Pérez Alfaro”) y uno de los más fuertes opositores a esta práctica: él asegura que no hay razón para obviar lo que las leyes ya regulan. “No es justo para los internos ni para los pacientes. Se les exige como a un graduado y los pacientes podrían terminar pagándolo”, indica.

Alfaro sostiene que por medio de la asociación que representa han asesorado casos de mala praxis en donde el responsable es un interno.

Al respecto, Carlos Cornejo Forti, presidente de la Junta de Vigilancia de la Profesión Médica de El Salvador, sostiene que como ente fiscalizador saben que la práctica se da al margen de la ley, pero que la realidad salvadoreña termina por imponerse.

“En un país del tercer mundo, los hospitales también son escuelas de medicina”, dice.

Esa respuesta no satisface a Wilfredo Alfaro: “No es suficiente. Si saben que está mal, entonces que se haga algo para regularlo”.

Regulación

   
Los internos no quieren perder la oportunidad de tener contacto con los pacientes en los hospitales. Foto EDH / Omar Carbonero

Pero la Junta de Vigilancia no es la única que carga con el peso de una práctica ilegal en este país. En teoría, las universidades, las seis escuelas de medicina que hay en El Salvador, tendrían que regular el aprendizaje de los internos, incluyendo el ejercicio de la misma con pacientes.

Sin embargo, la carencia de hospitales exclusivos para las escuelas obliga a que los internos se aboquen a los nosocomios nacionales en donde la asistencia a pacientes también es permitida por los médicos residentes y el staff, pese a ser una práctica prohibida incluso por el mismo Reglamento de Hospitales.

Esa norma establece: “Los servicios de atención médica estarán bajo la responsabilidad de profesionales de la medicina y personal afín, debidamente autorizado por las autoridades competentes” (Art. 89 del Reglamento de Hospitales). Enseguida, el marco regulatorio detalla las categorías a las que se refiere como profesionales de la medicina o personal afín y no hace referencia a los estudiantes de séptimo año.

Pero, lo anterior no preocupa al ministro de Salud, Guillermo Maza, quien opina que la práctica que realizan los externos e internos en los hospitales nacionales ya está regulada por un reglamento publicado en el Diario Oficial de octubre de 1976, el cual se refiere sólo a los estudiantes de la facultad de Medicina de la Universidad de El Salvador, pues era la única que funcionaba en ese entonces, lo que ha motivado, según el funcionario, múltiples intentos por renovar el reglamento.

No obstante, la frecuencia con la que ocurre la práctica permite que la ilegalidad se vuelva una costumbre y se vea como algo natural. Pero Cornejo Forti dice que es necesario regular tal situación.

¿Cómo? Alfaro asegura que para regular la práctica es necesario tomar en cuenta y reconocer la ilegalidad, para luego incluirla en las reformas de salud que está impulsando el gobierno central.

Alfaro está convencido de que regular permitirá bajar el número de casos de malas praxis; además, descargará los niveles de estrés que soportan los internos.

Pero no todos aceptan la regulación. “Si no nos dejan y nos regulan la asistencia a los pacientes, entonces la carga caerá sobre los residentes o los médicos del staff. Además, nos impide tener contacto con los pacientes”, asegura un interno del hospital San Rafael, de Santa Tecla.

El ministro cree necesario también que los estudiantes tengan contacto directo con los pacientes y hace un símil: así como aprender a andar en bicicleta no se aprende en los libros, sino con la práctica, igual sucede con la medicina.
El presupuesto del Ministerio de Salud establece un número determinado de plazas para los mejores estudiantes de medicina de cada hospital.

Pero el representante de Adesam-Coribel asegura que no hay necesidad de remunerar algo que es ilegal. “Se les está pagando por algo que no deberían hacer. ¿Por qué en lugar de eso no contratan a todos los médicos generales que están sin empleo?”, concluye.

En contra

Mientras el Código de Salud y el Código Penal prohiben que alguien que carezca de título ejerza una profesión, un Reglamento para los estudiantes de medicina lo permite.

Código penal

Art. 289: “El que sin tener título profesional o autorización para ejercer alguna profesión reglamentaria, se atribuyere carácter de tal y la ejerciere o realizare actividades propias de ella, será sancionado con prisión de uno a tres años”.

Reglamento para estudiantes

Establece que el Ministerio de Salud velará porque la profesión médica no sea ejercida “por personas que carezcan del título correspondiente” y exigir “el estricto cumplimiento de las disposiciones penales relativas al ejercicio ilegal de las profesiones”.

Código de Salud

Art. 1 “El presente reglamento regula las funciones de los estudiantes de medicina en calidad de externos e internos en las instituciones de salud, quienes estarán dirigidos y controlados por el personal médico de las instituciones de salud y por los Docentes de la Facultad de Medicina (de la Universidad de El Salvador) que formen parte del cuerpo médico en carácter de su nombramiento”.


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