8 de junio de 2003

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REPORTAJE

Accidentes de trabajo
El costo de la improvisación

El año pasado se registró más de 47 mil accidentes de trabajo cuyo costo en rehabilitación sobrepasó los 13 millones de dólares. Lo grave es que la mayoría de las tragedias pudieron haberse evitado si existieran medidas de seguridad laboral y una ley actualizada que oblige a prevenir estos riesgos ocupacionales.

Iván Gómez
vertice@elsalvador.com

En nuestro país se registra anualmente un promedio de 20 mil a 25 mil accidentes de trabajo entre empleados cotizantes. Por su recuperación se gasta alrededor de 11 millones de dólares. Y estos datos se duplican al incluir a las personas atendidas en la red hospitalaria que el año pasado reportó 25 mil 591, entre accidentes graves y menos graves.

También engruesan las estadísticas aquellos que sufren accidentes de tránsito mientras trabajan y quienes padecen enfermedades debido a las malas condiciones en que laboran.

Sólo en los primeros tres meses de este año, el Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) reportó 6 mil 590 accidentes de trabajo; la mayoría fueron hombres.

Según el jefe nacional de Higiene y Salud Ocupacional del ISSS, el médico Francisco Castillo, la mayoría de los accidentes se registran en áreas como la construcción, servicios y manufactura. Pero esa no es una regla. El caso del jefe de la Unidad Antidoping, Juan Matheu Llort, es emblemático en este caso.

Mientras trabajaba en un retén que la policía había montado, sufrió una quemadura en la pierna izquierda que se le complicó debido a que padece diabetes. Llort acude tres veces por semana al centro del rehabilitación del ISSS.

ACCIDENTES EN NÚMEROS
Las cifras no son nada alentadoras cuando podría existir la posibilidad de disminuir las condiciones inseguras para evitar menos accidentes de trabajo.

Fuente ISSS

1998

Los accidentes laborales de cotizantes reportados al Departamento de Seguridad e Higiene Ocupacional del Ministerio de Trabajo fueron de 20 mil 335. La cifra es considerada elevada.


1999
En este año se experimenta una leve disminución de casos proyectando 19 mil 266 accidentes laborales a nivel nacional. Las áreas que son consideradas de mayor riesgo son la construcción e industria textil.

2000
En este año, las estadísticas tienden a elevarse nuevamente. Se reporta 20 mil 585 accidentes laborales. Los zonas de mayor accidentalidad corresponden a la capital, las zonas occidental y paracentral del país.

2001
Este año y al parecer por el fenómeno de los terremotos se reporta una disminución de accidentes (mucho menor en proporción alos años anteriores) presentando cifras de 18 mil 915 casos.

2002
El año pasado nuevamente se elevó los casos y se registra -en total- 21 mil 860 accidentes, los que pudieran haberse reducido si existieran medidas preventivas de seguridad en las empresas.

Ministerio de Salud

1998

Este año la red hospitalaria atendió 17 mil 571 pacientes. El gerente de atención al adulto del Ministerio de Salud, doctor Raúl Palomo, señala que el promedio anual es de 21 mil 992 casos por año.

1999
Las cifras suben a 25 mil 348 casos. Para Palomo el 98 por ciento de accidentes -entre graves y menos graves -son prevenibles. Estas atenciones incluyen también las personas que buscan las Unidades de Salud.

2000
Este año, 17 mil 952 personas fueron atendidas. Durante el quinquenio, el 96 por ciento de los casos corresponden a las edades entre 20 y 49 años. La mayoría de los casos registrados son hombres.

2001
Contrario a lo reportado por el ISSS y el Ministerio de Trabajo, este año la cifra se elevó a 23 mil 498 accidentes. Palomo señala que la red hospitalaria atiende también a personas cotizantes del Seguro Social.

2002
El último reporte señala una cobertura de 25 mil 591 atenciones por lo que se hace un total de 109 mil 960 accidentes. Los gastos sin incluir hospitalización son mayores a un millón y medio de dólares.

Actualmente está vigente el Re-glamento General sobre Seguridad e Higiene en los Centros de trabajo, el cual data de 1971 y se elaboró en conformidad al artículo 265 del Código de Trabajo, que establece que el patrono tiene que preocuparse por las medidas de seguridad.

Sin embargo, en la desactualizada normativa no se contempla la obligatoriedad, más bien se señalan
recomendaciones. Esto desfavorece los sistemas de supervisión por parte del Ministerio de Trabajo que apenas cuenta con unos cuarenta inspectores a nivel nacional.

En muchos casos la persona lesionada y por temor a represalias no denuncian los casos o simplemente desconocen la existencia del Depar-tamento de Seguridad e Higiene ocupacional del Ministerio de Trabajo.

En octubre de 2001 se creó la Comisión Nacional de Seguridad y Salud Ocupacional (CONASSO), compuesta por representantes del sector salud, trabajadores y empresa privada para preparar el anteproyecto de ley que sustituirá al reglamento.

La enmienda se presentó en febrero de este año en la Asamblea Legislativa y, poco después, la Comisión de Trabajo y Prevención Social dictaminó desfavorable el anteproyecto bajo el argumento que presenta muchos vacíos. Por lo tanto, todo no pasa de ser más que buenas voluntades.

Sin obligaciones

El hecho que una empresa no minimice los riesgos es un factor relacionado a la posibilidad de que el empleado se accidente. Y, por otro lado, el trabajador tiene que tomar las medidas preventivas básica de seguridad, principalmente si su ocupación laboral las exige.

“El empleador no tiene que ver la inversión en seguridad como un gasto más, sino como una buena inversión”, sostiene Castillo.

Desde el 26 de agosto del año pasado, Rodrigo se ve forzado a viajar tres veces por semana desde el Puerto de la Libertad hasta la clínica de rehabilitación del Seguro Social, ubicada sobre la Alameda Juan Pablo II, en donde ha sido transferido luego de sufrir un accidente laboral que le provocó la pérdida el 80 por ciento de su mano derecha, o sea una amputación parcial del miembro.

Los médicos le han diagnosticado al joven, de 23 años de edad, terapia por cinco meses más; aunque todo dependerá de su evolución.

Su mayor preocupación es pensar cómo saldrá adelante con su impedimento físico y si la empresa constructora en donde laboraba estará dispuesta a recibirlo.

Ese día, la máquina trituradora de piedra se había dañado; el jefe de la obra ordenó aflojar los pernos de la grúa y, en segundos, la pluma de 12 metros de largo se desplomó sobre el grupo de trabajadores.

Unos resultaron con algunos golpes de menor consideración. Pero el joven, no alcanzó a retirar una de sus manos, la que recibió el mayor peso del metal. En ese momento parte de su futuro se desvaneció al perder cuatro de sus dedos. Ahora piensa en cómo hará para sostener a su esposa e hijo, de 2 años.

Según estadísticas de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), cada diez minutos muere en el mundo un trabajador de la construcción.

En un par de meses, Rodrigo aparentemente tendrá que incorporarse a la empresa. Sin embargo, él no está seguro si retornará a su trabajo debido a su limitante. Y más cuando la encargada del proyecto le ha enfatizado que la empresa no le ofrecerá mayor ayuda que la de un guante y un trabajo de menor riesgo.

Una irónica pregunta “¿Qué quiere usted que nosotros hagamos?”, recibió como respuesta el joven, al plantear la posibilidad de que la empresa le entregara más ayuda.

Este accidente pudo evitarse si los trabajadores hubieran tomados las medidas de seguridad mínimas, como el uso de cascos y guantes. Ellos no contaban -ni cuentan- con los instrumentos indispensables.

La única que han recibido son las recomendaciones verbales o escritas para tomar medidas de precaución.
El joven ha expuesto su situación ante el Ministerio del Trabajo, en donde le han pedido que espere hasta que finalice el tratamiento.

Desafortunadamente y ante la falta de normativas legales claras, la empresa no está obligada a pagar los daños por el accidente.

En relación a este caso, Castillo señala que existe un manual en donde se tipifica el daño que tiene la persona y el porcentaje de discapacidad.

“Este se aplica al cien por ciento del sueldo que gana. Por ejemplo, si obtiene mil colones y el daño recibido es de un 25 por ciento, la pensión será del 25 por ciento de su sueldo”.

Castillo señaló también que no hay ninguna ley que obligue al patrono a recibir a un empleado después del accidente. El artículo 43 de la Constitución señala que los patronos están obligados a pagar indemnización y prestar servicios médicos al trabajador que sufra accidente de trabajo.

No obstante, la obligatoriedad podría fácilmente desvanecerse cuando el patrono argumenta que el empleado está asegurado.

Caso contrario, en Costa Rica es el empresario el responsable de la seguridad de su compañía y las sanciones son muy elevadas para quien incumple. Recientemente, Honduras empezó a fortalecer su ley de seguridad laboral de cara a las negociaciones del Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos.

Esta situación laboral también contrasta con las empresas norteamericanas que tienen un marco de ley que desemboca en mejor higiene y seguridad ocupacional. Una de las condicionantes para mantener contratos con empresas en el extranjero, es que estas cuenten con un certificado vigente en seguridad ocupacional. Lo anterior ha obligado a algunas empresas de nuestro país a preocuparse por mantener condiciones laborales apropiadas por el interés comercial que significa.

Responsables

“Una vez llegó un empresario a solicitarnos que le diéramos el certificado debido a que se lo exigía un socio comercial norteamericano. Para esto él se comprometía a realizar las recomendaciones que le daríamos. Nosotros no aceptamos”, señala el doctor Jorge Cabrera, jefe del programa de salud ocupacional de la unidad médica Atlacatl.

Para Cabrera, los sistemas de supervisión que existen son deficientes, en donde se aplican recomendaciones simples como el de la reparación de un servicio higiénico.

“Si bien es cierto esta recomendación viene a condicionar dentro de la higiene, no es el propio factor que está generando el mayor riesgo” , señala el profesional.

Los accidentes se tipifican como una causa de acción insegura. Esto significa que el trabajador no siguió las normas de seguridad o que violó una regla de seguridad. Y condición insegura en donde se dice que la empresa tiene condiciones de riesgo.

Las estadísticas reportan que el 80 por ciento de los accidentes de trabajo son por acciones inseguras. En todo caso la responsabilidad recae en el empleado.

¿Desconocimiento de los riesgos del accidente o descuido y exceso de confianza frente a situaciones de riesgo? Cabrera dice que, al aplicar una encuesta, resulta que los trabajadores nunca han sido capacitados.

Riesgos posibles

Difícilmente se puede hacer cumplir el artículo 58 del ISSS, en el cual se establece que de comprobarse que el accidente fue por malas condiciones laborales, el empleador tiene que reembolsar los gatos de salud. Estos casos no suelen verse. En pocas palabras, el empleado es víctima y culpable.

Uno de los problemas es la falta de conciencia de algunos patronos que no visualizan las ventajas que hay al implementar un sistema de salud ocupacional. Apenas solo un 2.5 por ciento solicitan capacitación.

Pero, ¿qué hay del sector informal? Este sector no siempre es cotizante del Seguro y, en la mayoría de los casos, las enfermedades se presentarán a largo plazo.

Por ejemplo, las imprentas que están instaladas en espacios reducidos en donde se manipulan químicos.
Los solventes generan problemas dermatológicos en el hígado y los pulmones. Todo por la falta de equipo apropiado para su protección. La reglamento vigente no establece el tipo de condiciones estructurales.

Los trabajadores en imprentas cuentan con los permisos de operación, pero nada más.

En el caso de las textileras que se instalan en espacios reducidos, ocurre que las partículas de algodón se mantienen en el espacio debido al uso de ventiladores como sistemas de regulación de temperaturas. La enfermedad se presentará a largo plazo como complicaciones asmáticas o alergias. Alvaro Mejía, jefe del departamento de Prevención e Higiene Ocupacional, sostiene que se trabaja a pesar de las limitantes que se presentan en el reglamento. “El año pasado se supervisaron unas cuatro mil empresas ya sea de oficio, denuncia o porque la empresa lo solicitara”, señala el ingeniero, quien sostiene que son muy pocas las denuncias que se presentan. Cuando las empresas incumplen las recomendaciones que el ministerio les ha señalado durante la inspección, se procede a la sanción.

Las limitaciones

Mejía señala que desde septiembre y marzo de este año se han sancionado a 35 empresas, la mayoría en la industria de la confección.

El profesional no acepta el menosprecio que algunos sectores tienen en contra de sus inspectores.

Prueba de ello es que desde hace tres años, el Departamento de Trabajo de Estados Unidos mantiene un proyecto de capacitación técnica regional denominado Centro Regional de Salud Ocupacional (CERSO). Además, han recibido implementos y equipo técnico para hacer más eficientes las inspecciones.

Otras de las entidades que trabaja en la prevención de accidentes, es el Cuerpo de Bomberos que cuenta con una ley que les faculta inspeccionar a las empresas, sobre todo las relacionadas con las industrias textil, calzado y muebles. El jefe de los bomberos, Mayor José Ricardo Meda Loarca reconoce que una de sus limitantes es que la unidad sólo cuenta con diez personas.

“Algunas de estas empresas han mostrado poca colaboración. Otras ignoran que existe una ley y hasta exigen una explicación sobre la base y con qué derecho nosotros sometemos la inspección”, señala .

Hasta el momento las instituciones mantienen en alguna medida los programas de salud ocupacional . Pero, ante la falta de la ley, nadie las obliga. Mientras tanto las estadísticas no serán minimizadas.


Condiciones inseguras
La mayoría de accidentes ocurre en la industria manufacturera, construcción y servicios. Las lesiones que se presentan con más frecuencia son heridas o lesiones en manos y la parte superior del cuerpo.

Construcción y servicio

Lesiones lumbares
Mal manejo de cargas
Falta de manejo de equipo adecuado
Posturas inadecuadas
Carga de peso mayor a lo recomendado
Tareas repetitivas

Lesiones de manos
Manipulación de varios recipientes al mismo tiempo
Ruptura de envases
Falta de uso de guantes
Traumatismo con hierro o cajas

Contacto con químicos

Falta de protección en manos, cara y ojos
Desconocimiento de riesgos
Contacto en espacio reducidos
Tarea a alta velocidad
Deficientes dispositivos de seguridad

Construcción y servicio

Golpes y lesiones

Falta de guardas protectoras
Mantenimiento sin detener funcionamiento de máquinas
Deficientes dispositivos de seguridad
Falta de orden y limpieza

Lesiones por quemaduras

Manipulación inadecuada de materiales
Falta de protección en máquinas
No uso de equipo de protección
Desconocimiento de riesgos
Fatiga en el trabajo nocturno

Lesiones lumbares
Manejo de carga excesivo
Traumatismos
Movimientos repetidos
Posturas inadecuadas
Mala infraestructura


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