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ANALISIS
La
responsabilidad de mando
Douglass Cassel
vertice@elsalvador.com
El reciente veredicto de un jurado federal en Florida, que ordena un
pago de $55 millones en indemnizaciones por parte de dos generales salvadoreños
jubilados, es histórico en la lucha para responsabilizar a los
comandantes militares por las atrocidades cometidas por sus tropas.
Los tres demandantes - Néris Gonzáles, Carlos Mauricio
y Juan Romagoza- fueron víctimas de tortura grotesca perpetrada
por las fuerzas de seguridad salvadoreñas hace 20 años.
No solamente ellos, sino todos comprometidos con los derechos humanos,
debemos agradecer al Centro para la Justicia y la Responsabilidad, con
sede en San Francisco, California, que llevó el caso con la colaboración
de los abogados voluntarios del bufete de Morison & Foerster, otros
abogados y la Clínica Internacional para Derechos Humanos de
la facultad de derecho de Boalt Hall.
Las tres víctimas dieron su testimonio de los detalles dantescos
de la tortura sufrida a manos de las fuerzas de seguridad, durante los
tiempos del General José Guillermo García, Ministro de
Defensa de El Salvador entre 1979 y 1983, y del General Carlos Eugenio
Vides Casanova, Director-General de la Guardia Nacional de la época.
Nadie sostiene que los generales participaron de manera directa en la
tortura de los demandantes. El juicio se fundamenta en la tesis de su
responsabilidad de mando por la tortura cometida por sus
tropas. En la formulación más moderna en el Estatuto de
la Corte Penal Internacional, el concepto responsabiliza al jefe militar
por los delitos cometidos por fuerzas bajo su mando y control efectivo,
cuando hubiere sabido o de haber sabido de los delitos, y no tomó
las medidas razonables para prevenirlos o para procesar a los autores.
En un juicio anterior en otro caso, los mismos generales engañaron
a otro jurado de Florida, haciéndoles dudar del control efectivo
que ejercían sobre sus tropas. Prevalecía el caos, argumentaron.
Patrón de conducta
Los abogados de los demandantes en este caso aprendieron la lección.
Presentaron una gama impresionante de peritos para documentar los patrones
amplios de tortura cometida por los militares salvadoreños durante
1979-83, los informes de la tortura publicados en los medios de comunicación
y enviados a los generales durante la época, y la abstención
de los generales ni siquiera de denunciar, mucho menos de ordenar investigar
o procesar a los torturadores, a pesar del control efectivo que mantenían
sobre la tropa.
La sentencia resultante -$15 millones de indemnización compensatoria,
más $40 millones de indemnización punitiva- es importante
por varias razones.
Lo más concreto es que otorga una medida de justicia a las víctimas,
por ejemplo a la señora Gonzáles, quien fue torturada
mientras estaba embarazada y luego perdió al bebé como
resultado.
La sentencia es además monumental porque significa tal vez el
primer veredicto de un jurado civil fundamentado en la responsabilidad
de mando.
Aun cuando no es nada fácil ganar un caso de tal naturaleza,
el equipo legal en este caso ha demostrado que sí se puede, y
cómo hacerlo.
El juicio es notable también como ejemplo de la jurisdicción
universal sobre violaciones graves de los derechos humanos. Aunque las
partes residen actualmente en los Estados Unidos, la tortura fue cometida
por salvadoreños, contra salvadoreños, en El Salvador.
Sin embargo, el caso fue enjuiciado en Florida, con base en dos leyes
federales - sobre demandas por extranjeros, y protección de las
víctimas de la tortura- que autorizan demandas en contra de torturadores
extranjeros ante las cortes estadounidenses.
¿Por qué en Estados Unidos? ¿Tan lejos del lugar
del crimen? Porque la tortura oficial es tan repugnante que constituye
una ofensa en contra de toda la humanidad. Si no son castigados en su
propio país, los responsables de tortura pueden ser enjuiciados
en cualquier lugar donde se encuentren. Sólo así se puede
romper con la impunidad.
La ley federal
La sentencia podría también llegar a sentar un antecedente
importante bajo las dos leyes federales. En años recientes, los
tribunales de Estados Unidos han decretado docenas de sentencias multi-millonarias
en contra de violadores de derechos humanos, tales como el ex General
Efraín Ríos Montt, responsable de masacres masivas de
indígenas en Guatemala. No obstante, no se ha pagado nada o poco,
porque los demandados extranjeros, una vez entregada la demanda mientras
están en los Estados Unidos, casi siempre salen del país,
llevándose sus bienes al exterior.
A ver si este caso sea una excepción. El General García
afirma ser tan pobre que ni siquiera tiene los recursos para apelar
de la sentencia. Aun cuando se dice que el General Vides Casanova sí
tiene recursos, él ha tenido tiempo suficiente para sacarlos
del territorio estadounidense.
De todos modos, no se mide exclusivamente con dólares la justicia
por la tortura. Tal como afirma el demandante Carlos Mauricio, buscamos
la justicia, no el dinero. La verdad, la reivindicación
oficial, y la condena pública de los responsables pueden reparar
moralmente, más allá de la reparación material.
Mejor aún si los dos generales ahora se ven obligados a huir
o son expulsados de los Estados Unidos. Bien lo dice Sandra Coliver,
Directora
Ejecutiva del Centro para la Justicia y la Responsabilidad, Florida
no debe convertirse en villa de jubilación para antiguos violadores
de los derechos humanos.
* Director del Centro Internacional de los Derechos Humanos de la
Facultad de Derecho de la Universidad Northwestern de Chicago.
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