El ???lapsus??? en el Estado

Otro buen ejemplo del lapsus estatal fue el protagonizado por una diputada que señaló que también habían optado por eliminar la sanción de la destitución del cargo

descripción de la imagen
Foto Por elsalv

Por José Miguel Arévalo Rengifo*

2016-01-20 8:22:00

Según la Real Academia Española, un lapsus es una “falta o equivocación cometida por descuido”. Por ejemplo, el tremendo lapsus que tuvo el Secretario de Comunicaciones de la Presidencia, cuando el 4 de enero de 2016 dijo públicamente que el Presidente de la República continuaba analizando la Ley de Probidad, aunque esta realmente ya contaba con el aval del Presidente, desde el 23 de diciembre del año anterior. Para quienes no lo saben, el Secretario de Comunicaciones de la Presidencia es la voz oficial del Presidente de la República. Un cargo muy importante que requiere, como menos, estar en comunicación con el Presidente de la República. Sin embargo, en el caso de nuestro Secretario de Comunicaciones, parece que tal comunicación no existió, sino hasta después de que un medio filtró la constancia del Diario Oficial de que ya había sido enviada la Ley de Probidad para su publicación; entonces, reconoció su “lapsus” como un “lamentable error”.

Pero no podemos achacar toda la culpa al Secretario de Comunicaciones. Su error fue solo un resultado en cadena, de otro lapsus más grande que tuvo el Presidente de la República, quien, a pesar de haber sancionado una tan formidable Ley de Probidad, con dientes de tigre para combatir la corrupción, olvidó anunciarlo a la población, que habría estado encantada de saberlo. No hay otro motivo que pueda haber llevado al Presidente a dar su aval a una ley tan importante sin anunciarlo con bombos y platillos, que no sea una posible pérdida de memoria. Un fuerte lapsus. 

Tampoco debe ser el Órgano Ejecutivo el que deba cargar con todos los lapsus oficiales. Es más, esto nunca hubiera ocurrido, si no hubiera sido porque 47 diputados de la Asamblea Legislativa tuvieron un lapsus en la última plenaria del año, y aprobaron una Ley de Probidad que elimina el juicio civil por enriquecimiento ilícito que ordena la Constitución. Es decir, se les olvidó lo más importante que debe desarrollar la Ley de Probidad: que si se detecta que un funcionario se ha enriquecido a costa del Estado, devuelva lo que se ha robado. Lapsus.

Sería injusto, no obstante, culpar a los 47 padres de la patria por ese descuido. Un diputado, jefe de fracción, advirtió durante la plenaria que estaban por aprobar una ley con evidentes vicios de inconstitucionalidad, al omitirse el juicio civil por enriquecimiento ilícito. Sin embargo, al momento de votar, este jefe de fracción y los demás diputados de su partido aparentemente olvidaron este detalle y todos dieron sus votos por la inconstitucional Ley de Probidad. Otra muestra del más inocente lapsus legislativo. En cuanto al partido de oposición, este votó en contra de la Ley de Probidad, pero olvidó pedir la palabra cuando se discutió el art. 49, que expresamente elimina el juicio civil, para pedir su modificación. A un lapsus, otro lapsus opositor.

Otro buen ejemplo del lapsus estatal, fue el protagonizado por una diputada que señaló que también habían optado por eliminar la sanción de la destitución del cargo, ya que “si quitas del cargo al que robó, ¿cómo hará para devolver lo robado’”. Es decir, hay que ser solidarios con el funcionario que –seguramente por un lapsus- confundió el patrimonio del Estado con su patrimonio personal. Sería indigno cortarle su fuente de ingresos, que proviene también de nuestros impuestos, para que pueda restituir lo robado. 

Otro lapsus que amerita destacarse, es el de la presidenta de la Asamblea Legislativa, quien ante la demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra esa ley tan solidaria con los corruptos, aseguró que “la Sala de lo Constitucional les hace los mandados” a quienes habían presentado la demanda. Un lapsus legislativo, desde el más alto nivel. Olvidó la Presidenta del Órgano Legislativo que la Sala de lo Constitucional, a quien sí ha tenido que hacerle muchas veces los mandados, es a la Asamblea Legislativa, para orientar a los diputados en la técnica de legislar conforme a la Constitución. 

Para ser ecuánimes, debemos mencionar el lapsus de 56 años que tuvo la Corte Suprema de Justicia, desde que se aprobó la Ley sobre el Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos, sin iniciar juicio alguno por enriquecimiento ilícito. Descuido que finalmente reparó en 2015, con los primeros dos casos, y por lo cual la Asamblea Legislativa se apresuró en aprobar una nueva Ley de Probidad que suprimiera esa facultad, pretendiendo enviar así nuevamente a la Corte a un estado de amnesia y lapsus letárgico.

Alegan los dos enjuiciados que esto se trata de persecución, ya que lo que realmente sucedió, es que debido a un lapsus, llenaron mal su declaración. Olvidaron poner una propiedad por aquí y una cuenta bancaria por allá. Tal parece que esta historia continuará…
 

*Abogado e investigador.
@Arevalo_Rengifo