El enriquecimiento ilícito

Catorce de los quince jueces de la Corte Plena respaldarán la medida en contra de un funcionario de elección popular por la duda que genera el incremento de su patrimonio durante los períodos en los que ha ejercido el cargo de diputado

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Vladimir Díaz de Chalatenango celebra tras anotar el primer gol contra Marte.

/ Foto Por Omar Carbonero

Por Luis Mario Rodríguez R.*

2015-10-10 8:17:00

Tras varios años de enfrentamientos, acusaciones y mutua desconfianza entre sus miembros, la Corte Suprema de Justicia (CSJ), con excepción de uno de sus integrantes, alcanzó un histórico acuerdo que abre las puertas para la investigación del enriquecimiento ilícito en El Salvador. Esta decisión, sin precedentes, coincide con la renovación de un tercio de los magistrados que integran a la cúpula del Órgano Judicial. Que catorce de los quince jueces de la Corte Plena respaldarán la medida en contra de un funcionario de elección popular por la duda que genera el incremento de su patrimonio durante los períodos en los que ha ejercido el cargo de diputado en la Asamblea Legislativa, representa un avance y un fuerte espaldarazo al sistema anticorrupción del país. 

Con su resolución, los magistrados, además de dar muestras de buena voluntad para restablecer su relación al interior de ese Órgano de Estado cuyo debilitamiento le hacía mucho daño a la institucionalidad democrática, intentan recuperar la confianza de aquella parte de la población que, preocupada por la posible malversación de los fondos públicos durante las últimas dos décadas, ha empezado a exigir una entidad supranacional que apoye la investigación de los delitos en El Salvador.

El acceso a la información pública y el periodismo de investigación son los otros dos grandes protagonistas de este notable progreso. Con la aprobación de la respectiva legislación, los ciudadanos, los medios de comunicación, los centros de pensamiento y todo aquel interesado, ha tenido a su disposición, entre otros datos, los concernientes a las declaraciones de patrimonio de funcionarios y exfuncionarios públicos. Antes de la vigencia de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) eran los medios impresos y los electrónicos los que enteraban a la sociedad de presuntos malos manejos del erario público. Con su publicación, los gobiernos de turno debían reaccionar y requerir la actuación de las instancias legales correspondientes. Ahora, con los derechos que otorga la LAIP, la colectividad entera se ha transformado en una contralora muy celosa del uso de los impuestos por parte de los funcionarios públicos.

La determinación de la Corte Suprema de Justicia también debería alentar al resto de instituciones públicas a cumplir las sentencias de la Sala de lo Constitucional en materia de fiscalización del financiamiento político. Uno de los señalamientos relevantes en el primer caso que se investiga por presunto enriquecimiento ilícito, fue el de no haberse respaldado los gastos en los que incurrió el acusado durante la pasada campaña electoral legislativa. La falta de control por parte del Tribunal Supremo Electoral, la omisión de los diputados para obligar por ley a la publicación de los donantes privados de los partidos, y la ausencia de un estricto régimen de sanciones que persuada a los institutos políticos a respetar la legislación electoral so pena de perder su existencia legal o de cancelar millonarias multas, incentiva la violación frecuente de las escasas normas que ordenan la competencia electoral y que intentan auditar el dinero que reciben los candidatos para promocionar su imagen.

En la “Conferencia Global sobre Financiamiento Político”, celebrada en México, recién el pasado mes de septiembre, el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) señaló que “El Salvador presenta la situación más rezagada, pues prácticamente no existen mecanismos de rendición de cuentas para los partidos y aunque el marco legal establece la obligación de las instituciones estatales de controlar el financiamiento de las campañas, en la práctica nadie ejerce esa función de forma eficiente”. Semejante acusación, expresada durante el cónclave mundial en el que se revisó la normativa para evitar las fuentes prohibidas de apoyo financiero a los partidos, encarna un serio llamado de atención para el árbitro electoral y para el Órgano Legislativo. Sin el efectivo acompañamiento del resto de instituciones, el esfuerzo de la Corte Suprema de Justicia podría verse obstaculizado, frustrando así la aspiración ciudadana para promover una cultura de transparencia.

Por último es necesario advertir que la evolución en materia de acceso a la información pública y en relación al control del enriquecimiento ilícito de empleados y funcionarios públicos debe utilizarse de manera responsable, respetando el Estado de derecho, el debido proceso y la buena fama de los individuos. Si no se emplean los filtros legales pertinentes, los adelantos en este ámbito podrían ser objeto de instrumentalización política. La comprobación de los hechos que revelan los documentos obtenidos a través de la LAIP, su correcta interpretación y la falta de justificación de quienes multiplicaron sus propiedades, rentas y bienes muebles durante el ejercicio de la función pública, deben ser cuidadosamente demostradas para impedir que los adversarios políticos, o quienes intenten manipular a la opinión pública, abusen de estos instrumentos en detrimento del honor de las personas.

*Columnista de El Diario de Hoy.