Precedentes muy negativosEl mapa de riesgo de SS y la ISO

Tema del momento Al mismo tiempo que se avalan estos procedimientos legislativos irregulares, los ciudadanos ignoran las formas de votar para las elecciones de 2015. La discusión se ha centrado en la fórmula de reparto de los escaños descuidándose por completo la información que necesitan los electores para facilitarles su derecho al sufragiocomentando Una empresas segura es más eficiente y más rentable que una empresa insegura. Cuando se tienen identificados los riesgos y se han previsto medida

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El acceso a la información de carácter público es parte de las prácticas de transparencia que se debatirán. foto edh / archivo.

Por Por Pedro Roque*Por Luis Mario Rodríguez R.*

2014-12-06 6:01:00

ALa Asamblea Legislativa aprobó en la última plenaria que el Tribunal Supremo Electoral acuerde, con mayoría simple, cuál será el mecanismo que se utilizará para contar los votos y para determinar cuántos escaños corresponderán a cada partido. Con esta decisión, los diputados pretenden eximirse de su responsabilidad para dictar las normas que regirán el voto cruzado. Modificar el quórum de votación al interior del organismo electoral para un acuerdo de tal magnitud genera todo tipo de sospecha.

El TSE está integrado por cinco magistrados. Tres de ellos fueron nombrados de cada una de las ternas propuestas por los tres partidos o coaliciones que obtuvieron mayor número de votos en la pasada elección presidencial, y los dos restantes de dos ternas propuestas por la Corte Suprema de Justicia. Esta es la primera ocasión en la que, por el mandato de la Sala de lo Constitucional que ordenó “despartidizar” al árbitro electoral, se eligieron magistrados que formalmente no se encuentran inscritos como militantes de ningún partido político. Con esta premisa como referente, y por la complejidad del proceso electoral que deberán administrar en 2015, los actuales integrantes del Tribunal Supremo Electoral enfrentan un enorme compromiso.

Permitirles dictaminar con mayoría simple, aunque terminen aprobando un mecanismo que cumpla con los principios constitucionales de igualdad del voto y el de representación proporcional para las elecciones de diputados, sentaría un precedente muy negativo. En el futuro el Órgano Legislativo podría acordar, tomando como base este antecedente, que también, por “esta única vez” se faculte al TSE para admitir, con el voto de tres de los cinco magistrados, la suspensión total o parcial de las elecciones, la declaratoria de firmeza de los resultados del escrutinio definitivo de las elecciones o la resolución de los recursos interpuestos contra resoluciones de las Juntas Electorales Departamentales. Todas esas decisiones requieren de mayoría calificada, esto es, cuatro de los cinco magistrados que integran al Tribunal.

El acuerdo de la Asamblea Legislativa podría retrasar aún más la aprobación de las reglas cuya vigencia urge para iniciar con la capacitación de los organismos electorales temporales. Lo correcto es que el decreto transitorio sea vetado por el presidente Sánchez Cerén; si no lo hace, se corre el riesgo que un ciudadano interponga un control de constitucionalidad, no sólo por el procedimiento utilizado para su aprobación, sino también por haberse delegado atribuciones propias del Órgano Legislativo al Tribunal Supremo Electoral bajo un supuesto diferente al establecido en la sentencia de la Sala que declaró inconstitucional la prohibición del voto cruzado.

Al mismo tiempo que se avalan estos procedimientos legislativos irregulares, los ciudadanos ignoran las formas de votar para las elecciones de 2015. La discusión se ha centrado en la fórmula de reparto de los escaños descuidándose por completo la información que necesitan los electores para facilitarles su derecho al sufragio. La Sala de lo Constitucional estableció seis maneras muy claras para que el votante exprese su voluntad: i. Marcando por la bandera del partido o coalición, lo cual se entenderá como una aceptación por parte del elector de la totalidad de los candidatos propuestos por dicho partido o coalición; ii. Marcando la bandera de un partido o coalición de su preferencia, y al mismo tiempo por uno o varios candidatos de la misma planilla o lista, por la que se ha votado, lo que implica que se está privilegiando a los candidatos marcados por el elector y no a todos los candidatos contenidos en la planilla o lista; iii. Marcando uno o varios candidatos de un solo partido o coalición; iv. Marcando uno o varios candidatos no partidarios; v. Marcando por candidatos de distintos partidos políticos o coaliciones vi. Marcando uno o varios candidatos partidarios y no partidarios. Es muy importante que la campaña resalte también las causas que anulan el voto de los electores: i. Si se marcan dos banderas o una bandera y a la vez un candidato no partidario; ii. Si se marca bandera y a la vez candidatos de otro partido; iii. Si se marcan más de los candidatos que corresponden a una circunscripción determinada.

Para retornar a la normalidad debe invalidarse el decreto comentado en esta columna de opinión, ya sea por el veto del presidente o por una declaratoria de inconstitucionalidad; la Asamblea Legislativa está obligada a asumir su obligación de dictaminar las normas necesarias para la aplicación de las listas abiertas, y el TSE tiene que acordar, de preferencia por unanimidad, todas aquellas acciones que permitan la celebración de elecciones justas, trasparentes y competitivas. Mientras tanto es responsabilidad de la sociedad civil denunciar e impedir todos aquellos arreglos que no cumplan con el Estado de Derecho y que intenten distorsionar el mecanismo legítimo que poseen los ciudadanos para decidir a quién entregan el poder político.

* Columnista de El Diario de Hoy. lguien que me envía mensajes por correo electrónico, me envió este miércoles el “Mapa de riesgo de asaltos en San Salvador”. Gracias a esa información, conclusión de las denuncias de gente que fueron asaltadas, sabemos de los riesgos y peligros en esas zonas de la capital. Disponiendo, compartiendo y utilizando esta información, se reducen las probabilidades de ser asaltado, no yendo o no pasando por esos lugares.

Pues el mismo mapa que este amigo me ha proporcionado y se refiere a los asaltos, se puede hacer con otro tipo de riesgos, por ejemplo, donde están las construcciones con riesgo de incendio o aquellas que pueden fácilmente desplomarse. Y seguramente que existe o debiera existir un mapa de riesgos para reaccionar con tiempo frente a inundaciones y sismos.

¿Y en las empresas se puede hacer un mapa de riesgos? Sí, se puede. Además, el tema de los riesgos se ha vuelto tan complejo y sensible, que muchas empresas en los países del primer mundo, crearon desde hace unos diez años la función directiva y gerencial para la detección, evaluación, análisis y gestión del riesgo y tienen un director o un gerente responsable de prevenir los riesgos.

¿Se puede medir el riesgo científicamente? Sí, aplicando la rama de estadística específica y algunas herramientas que se desarollaron en los años sesenta y setenta en las industrias militares norteamericanas y la NASA, para visionar y prevenir los multiples y complejos riesgos que se presentan en los viajes a la luna y al espacio.

Para su información, la Organización Internacional de Normalización, ISO, cuya sede está en Ginebra, desarrolló la norma internacional “ISO 31000:2010 para la Gestión del Riesgo”, que se utiliza en todo el mundo para la detección, evaluación, medición, el manejo de la información y el tratamiento del riesgo, y con esto, conseguir mantener a la empresa segura, visionando, previniendo y evitando los riesgos de los diferentes tipos que le pueden afectar.

Una empresas segura es más eficiente y más rentable que una empresa insegura. Cuando se tienen identificados los riesgos y se han previsto medidas preventivas, que se aplican cuando se disparan las alarmas, el personal se siente seguro y la direccion de la empresa también.

Ya que los riesgos empresariales siguen creciendo y para responder a la expectativa de que las empresas dispongan de una metodologia sencilla para la gestión del riesgo, la ISO preparó la norma ISO 31000:2010, aplicable a cualquier tipo de empresas en cualquier lugar del mundo. Por lo tanto, también en este nuestro querido país.

* Ingeniero.

Columnista de El Diario de Hoy.

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