Evaluar políticas públicas desde la competencia (el caso TV)

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elsalvador.com

Por Por Daniel Olmedo*

2014-12-14 5:00:00

No hay políticas públicas buenas o malas per se.

Para valorarlas es necesario establecer un parámetro. Definir los principios que orientarán el análisis y los objetivos que se buscan.

Con esos puntos de referencia, se puede analizar si las políticas públicas son congruentes con los principios definidos previamente, o si son efectivas para alcanzar los objetivos que se buscaban.

Ciertas autoridades están facultadas para evaluar normas y políticas públicas. Pero como sólo pueden hacer lo que la ley les manda –art. 86 Cn.–, tienen un margen estrecho para escoger el parámetro de evaluación.

La Superintendencia de Competencia está facultada para evaluar normas y políticas públicas. Pero, como autoridad, también tiene predeterminado en la ley el parámetro para hacer tales evaluaciones.

El art. 1 de la Ley de Competencia establece que toda la actividad de la superintendencia gravita alrededor de “promover, proteger y garantizar la competencia”. De ese modo, la vara con la que debe medir las normas y políticas públicas es, precisamente, la defensa de la competencia.

La competencia es el motor que dinamiza el mercado. Por ello debe evaluar las normas y políticas públicas desde una perspectiva que impulse la economía de mercado. Sería contrario a la Ley de Competencia que la superintendencia evalúe una política pública desde una visión de planificación estatal; en que se pretende que sea el Estado, y no la dinámica de competencia, quien determine el rumbo del mercado.

Un ejemplo:

En junio la Superintendencia analizó las reglas para concesionar el espectro radioeléctrico. El art. 82 de la Ley de Telecomunicaciones establece que “las concesiones sera_n adjudicadas a los postores que presenten la mayor oferta econo_mica”. De manera que la Superintendencia recomendó que el criterio económico no fuera el único para adjudicar una banda de espectro.

En la entrevista Frente a Frente del 28 de noviembre el superintendente explicó el alcance de tal recomendación. Dijo que era preferible una “licitación o concurso” en lugar de una “subasta”; pues en aquella “[se] pone una serie de propósitos que tiene el regulador, en este caso el Estado, que deben procurarse, que deben buscarse con la televisión. Por ejemplo, que dedique cierto tiempo de su programación a la divulgación de los nuevos avances tecnológicos o científicos en el mundo”.

Si eso se pretende, la Superintendencia estaría impulsando que sea un grupo de políticos y burócratas quienes determinen el contenido que deben transmitir las empresas televisoras. Eso parecería promover un modelo de planificación, y no la competencia.

Tratándose de medios de comunicación, abrir la puerta de la intervención del gobierno en el contenido que transmiten supone, adicionalmente, un riesgo antidemocrático. Las libertades de prensa, información y expresión podrían resultar amenazadas si se deja que los políticos y burócratas incidan en lo que aquellos deben transmitir.

Una propuesta congruente con la defensa de la competencia partiría de dejar que los operadores ejecuten sus actividades con libertad. Si esa libertad la ejercen de una manera que no satisface las necesidades de los consumidores, estos se encargarán de rechazar su oferta, y otro operador capturará esa demanda insatisfecha. Así funciona la competencia y el mercado.

Es válido y necesario evaluar la normativa de telecomunicaciones. Pero si el análisis lo hace una autoridad de competencia, lo congruente es que se haga desde una perspectiva de defensa de la competencia, y no desde la planificación estatal.

Hayek dijo: “La planificación y la competencia pueden ser combinadas sólo si se trata de planificar para la competencia, y no planificar contra la competencia”. En las evaluaciones de políticas públicas que hace la superintendencia sería oportuno tener eso en cuenta.

*Especialista en Derecho de Competencia.

dolmedo@espinolaw.com

@dolmedosanchez