Lo que nadie dice del “voto cruzado”

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Foto Por edhdep

Por Por Guillermo Miranda Cuestas*

2014-11-01 6:00:00

Suena bonito que la gente pueda combinar su voto por diputados entre opciones de distintos partidos o candidaturas no partidarias, pero los promotores de abrir las listas no responden una pregunta vital: ¿cómo contarán los votos? Nadie lo sabe, nadie lo dice… Solo unos pocos han exhortado, en este mismo espacio de opinión, a la prudencia y al debate informado. Los siguientes párrafos no buscan desacreditar el sistema de listas abiertas –popularmente conocido como “voto cruzado”– sino brindar elementos mínimos y ausentes en una discusión de suma transcendencia en la repartición del poder político. Primero, ¿qué es el sistema de listas?

El sistema de listas es la forma en que se presentan las candidaturas. Antes de 2012, los salvadoreños elegían a sus diputados en listas cerradas y bloqueadas; sólo podían votar por una bandera que representaba una lista de candidatos previamente ordenada por el partido. En 2012, luego de dos sentencias de la Sala de lo Constitucional –en las que nunca se insinúa que prohibir el voto cruzado sea inconstitucional– el electorado eligió a sus diputados en listas cerradas y desbloqueadas; es decir, definió el orden de los diputados electos en cada partido. No obstante el avance, algunas organizaciones ciudadanas aún demandan transitar a un sistema de listas abiertas donde el ciudadano pueda marcar rostros de distintos partidos o de distintas opciones no partidarias sin que su voto sea anulado. Y demandan dicho sistema sin tener claro cómo contarán los votos; ¿se elegirían los candidatos con más marcas? ¿Se mantendrá el sistema proporcional de cocientes y residuos? Basta reflexionar sobre dos escenarios hipotéticos para comprobar esta falta de claridad.

El primer escenario es que se decida asignar las diputaciones a los más votados. En San Salvador, departamento de 24 diputados, se abrirían las urnas y se observará algo que nadie discute: que varios electores, tal vez la mayoría, prefieren marcar una planilla completa que cruzar su voto. Si esa planilla es la de un partido grande y su electorado es cohesionado, ese partido podría llevarse la totalidad o cerca del total de diputados. Es decir, si una mayoría relativa de electores marcó la planilla completa, cada candidato de dicha planilla se posicionaría, aproximadamente, en las primeras 24 posiciones. En este escenario, el que exista un partido con 43 votos en la Asamblea Legislativa ya no sería una realidad tan lejana. Ante lo anterior, una alternativa es disminuir el número de marcas por ciudadano, pero ello implicaría una complejidad adicional que atraería más votos nulos.

El segundo escenario es en el que, previendo lo anterior, se mantiene el sistema proporcional de cocientes y residuos y se realizan dos conteos: cuántos diputados obtuvo cada partido, según los votos, y quiénes son los ganadores en cada lista, según las marcas. En este escenario, quienes apoyan las listas abiertas porque quieren respaldar tanto a candidatos partidarios como no partidarios se frustrarían sin lugar a dudas. Si bien es cierto que se podrá marcar entre las distintas opciones, estas marcas sólo tienen relevancia en el segundo conteo que identifique a los ganadores de cada planilla cuando ya se hayan calculado cocientes y residuos. Al final, el elector siempre deberá elegir, para efectos del primer conteo, entre un partido o un candidato no partidario y su voto se sumará a un solo cociente, ya que el voto múltiple rompería con la igualdad y crearía desproporciones en la representación. Y seguramente hay más escenarios y más efectos todavía sin discutir.

La trayectoria de la Sala de lo Constitucional actual permite esperar un análisis técnico, conforme a derecho y conforme a la realidad; que considere todas sus consecuencias y que no responda a presiones del romanticismo promovido por amigos que, pese a las dudas no resueltas sobre su aplicación en la práctica y particularmente en la aritmética electoral, insisten en el voto cruzado. Si bien esta demanda no sólo es legítima, sino razonable desde cierta perspectiva, el debate no ha considerado los elementos más críticos. En cualquier caso, los jueces dictan sentencias para su cumplimiento y en ello descansa la república constituida en El Salvador desde 1983, por lo que debe respetarse lo que la Sala determine. Ojalá los magistrados tomen la mejor decisión.

* Colaborador de El Diario de Hoy. @guillermo_mc_