Los militares y los veteranos de guerra

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Gobierno de Funes buscaba reducir con el Pati el impacto en el desempleo de jóvenes que vivían en alto riesgo delictivo, pero alcalde de Ilopango, Salvador Ruano, dice que se benefició a pandilleros.

/ Foto Por Archivo

Por Por Otto Alejandro Romero Orellana*

2013-11-30 6:01:00

Los militares somos miembros de La Fuerza Armada, que ostentamos un grado que representa una jerarquía en la institución castrense.

No es militar un individuo por el simple hecho de pertenecer a un grupo armado, más o menos organizado o por portar y/o usar un arma, como algunas veces se confunde, al decir que un grupo armado realizó una acción militar, por el hecho de haber atacado una patrulla o una instalación policial o militar, dado que esa actividad es tipificada como una acción delincuencial común y corriente, o como un acto terrorista.

El derecho internacional no puede acusar a estos delincuentes de violar los derechos humanos de las personas que asesinan, secuestran, o torturan por el hecho mismo de no ejercer sus acciones al amparo de institución alguna.

Por lo tanto todos estos grupos irregulares de terroristas y subversivos armados que se hacen llamar revolucionarios, son sólo delincuentes comunes, que al ser capturados por su actuar al margen de la Ley, deben ser juzgados por tribunales comunes, y sus delitos pueden prescribir en el tiempo, dado que no les aplica el cometimiento de delitos de lesa humanidad ni otra tipificación de violación a las leyes que protegen los derechos humanos. De ahí su aparente buena voluntad de abolir leyes de amnistía, que hayan sido creadas como parte de los acuerdos de paz, pues saben que no habrá forma jurídica de achacarles delito alguno, dado que su actuar nunca tuvo un carácter Institucional.

Según el Derecho de la Haya para ser beligerante, debe tener al frente un jefe que sea responsable de sus subordinados, tener algún distintivo fijo y perceptible a la distancia, llevar armas abiertamente y fundamentalmente obedecer las leyes de la guerra.

En El Salvador, la Constitución de la República establece en el art. 214 que la carrera militar es profesional y que en ella sólo se reconocen los grados obtenidos por escala rigurosa y conforme a la ley. Asimismo el art.215 manda que el servicio militar sea obligatorio para todos los salvadoreños comprendidos entre los dieciocho y los treinta años de edad y que en caso de necesidad, es decir ante una amenaza a la Seguridad Nacional, serán soldados todos los salvadoreños aptos para actuar en las tareas militares.

Ser militar entonces es un mandato constitucional, y está regulado para que el Estado siempre tenga un último recurso para hacer frente a situaciones extremas, donde una persona que no esté formada con espíritu patriótico difícilmente podrá ejercer su función.

El militar no está de alta por la paga, ni es un mercenario como lo eran algunos ejércitos en la Edad Media. El militar profesional ingresa como cadete cuatro o cinco años a una escuela de formación, en donde se le impregna de mística institucional, y se le dan y fortalecen los valores y virtudes militares básicas de un soldado profesional, desarrollando un incuestionable sentido del honor y de amor a la patria, que cristaliza formalmente el día que en acto público, con tropa formada y teniendo enfrente su bandera, jura sostener la integridad del territorio, defender el pabellón nacional y obedecer en todas las ocasiones y riesgos al superior que lo estuviese mandando, aun a costa de su vida.

Cuando un militar finaliza su carrera o su servicio militar según lo estipulan las leyes y reglamentos militares que rigen su Institución, pasa a llamarse veterano o si se quiere veterano militar, y de manera especial cuando un militar durante su período de servicio activo en la Fuerza Armada ha participado y sobrevivido a una guerra o un conflicto armado , se le llama veterano de guerra, luego está claro que no se le puede llamar veterano de guerra a cualquier delincuente, terrorista o subversivo, que sus acciones armadas hayan estado al margen de la ley.

Para llamar veterano de guerra a una persona debe cumplirse con dos condiciones básicas: Que sea un militar y que haya participado en una guerra. El Gobierno debe ser responsable del futuro de sus veteranos de guerra, no de los terroristas que destruyeron su patria.

*Colaborador de El Diario de Hoy.