¿Debe el Estado reconocer el derecho de matrimonio entre personas del mismo sexo?

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El tradicional Pabellón Centroamericano de la Feria Consuma es una de las principales atracciones comerciales. Foto EDH / Jorge reyes

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2015-07-21 12:36:00

 

Gabriel Gastearozo

No hablo de Matrimonio Igualitario o Gay. Hablo simplemente del Matrimonio. Institución con años de antigüedad. Hablo del derecho que antes incluía en un matrimonio hasta a “esclavos”. Luego únicamente a padre y madre, heterosexual. Ahora, dicha institución debe desconocer de sexos y orientaciones sexuales. Hablo de reconocer a todos el mismo derecho, con el mismo nombre y no de crear Derechos Especiales.

El Salvador reconoce el Derecho a formar una Familia en el artículo 32 de la Constitución y en ella se encuentra inmerso el Matrimonio, un medio para crear familia. Lastimosamente nuestro legislador ha optado la corriente de que el matrimonio únicamente se da entre un hombre y una mujer. 
Lo anterior a pesar de que la Sala de lo Constitucional (SC) ha mencionado que “(…) una exclusión del goce de los derechos fundamentales basándose en motivos discriminatorios por razones de la preferencia u orientación sexual, resulta totalmente inadmisible (…)”(Amp.18-2004). Al mismo tiempo es de señalar que según la SC “(…) el Estado tiene prohibido por mandato de la Constitución tomar decisiones o medidas que tengan una finalidad religiosa (…)”(Inc.3-2008).
Apegado a lo anterior, se debe decir que según la SC “(…) ningún funcionario tiene potestades para impedir el ejercicio de derechos fundamentales a partir de su peculiar visión de la ‘moralidad’ (…)”. Finalmente, recordemos el caso de AtalaRiffo vs Chile, donde la Corte Interamericana estableció, con base en estudios llevados a cabo por la Asociación Americana de Psicología (APA), que la crianza de niños y adolescentes por parejas del mismo sexo no altera el desarrollo normal de la niñez y argumentar lo opuesto“(…)no puede servir de medida idónea para la restricción de un derecho protegido como el de poder ejercer todos los derechos humanos sin discriminación alguna por la orientación sexual (…)”.
Acotado a lo anterior, debemos recordar que el fin de “reproducción” no es requisito para justificar o no un matrimonio, ya que“(…)la concepción expuesta resultaría reduccionista, pues la función de reproducción de la especie humana es una entre varias (…) junto a ella, coexisten otras de diferente naturaleza —económica, afectiva— (…)”(SC, Amp.18-2004).Y es que al prohibir dichas uniones entre personas del mismo sexo, se excluyen derechos civiles y sociales, como la facultad de acceder a un préstamo con el cónyuge; seguridad social en materia de seguros; beneficiaros en el área de salud; visitas en hospitales al cónyuge o en materia de orden sucesorio y penitenciario, etc.
Así las cosas, el entender literalmente la Constitución puede ser negativo. Recordemos que la Constitución se debe interpretar extendiendo los derechos y jamás restringiéndolos. Inclusive, se debe tener en cuenta que las constituciones deben adaptarse según los cambios sociales, culturales y económicos. En ese sentido, para interpretar y aplicar las normas en cuanto al Matrimonio se debe tener en cuenta el Derecho a la Intimidad Familiar y Personal de cada persona, y que desde 1980 la OMS y la APA declararon, en base a rigurosas investigaciones, que la homosexualidad no es ni una enfermedad ni un problema emocional. 
Con todo lo expuesto, en una verdadera democracia, se les debe rendir una cuota de libertad e igualdad a todos. Por ende, para el caso del Matrimonio, no se tendría que hacer distinción debido al sexo u orientación sexual. Las parejas del mismo sexo actualmente viven juntas y forman una plena y permanente comunidad de vida. Forman una familia.  Ante ello, el Estado se encuentra en la obligación de brindarles la protección legal, social y económica. Es así como cualquier norma que lo prohíba o incluso cualquier interpretación distinta resultaría lesiva para el marco científico, psicológico, social y constitucional.

Gabriel Gasteazoro
@GaboGF
Estudiante de Derecho de la UCA. Miembro de Xpressate.net (@xpressatenet) y del Colectivo Normal (@ColectivoNormal).

No 

Sara Larín 

La El matrimonio es la unión entre un hombre y una mujer, así nacidos, para formar una familia. Es una institución social, que por su misma naturaleza, constituye el núcleo básico donde la persona crece y se educa. Es también, una comunidad de vida y de bienes, que ha sido favorecida entre las demás formas de relaciones en todas las culturas, de todas las áreas geográficas y en todos los tiempos.  Es decir, el matrimonio y la familia son instituciones anteriores y superiores al Estado, por lo tanto no pueden ser redefinidas por el Estado.
Si el matrimonio es una institución que supera las atribuciones del Estado. ¿Cuál sería, entonces, el interés de los gobiernos para reconocer privilegiadamente el matrimonio entre un hombre y una mujer?
A diferencia de las uniones entre personas del mismo sexo, el matrimonio natural por su esencia, se encuentra abierto a la posibilidad de la procreación y la consecuente educación de los hijos.  De su particular estructura depende el reemplazo generacional y establece las condiciones necesarias y más beneficiosas para el desarrollo integral de los niños. Dicho en otros términos, el matrimonio natural posee una función social determinada que garantiza la perpetuación y estabilización de la sociedad.
Es por esta razón que el Estado reconoce el matrimonio natural y además le interesa protegerlo.  Ya que considerar el matrimonio como un asunto meramente moral y privado, abriría las puertas a todo tipo de relaciones sexuales y de convivencia, sin importar su cantidad o forma. Esta situación nos llevaría a validar, por ejemplo: uniones incestuosas, poligámicas, etc.
Debemos tener claro que promover el matrimonio natural, no prohíbe otro tipo de relaciones, las uniones homosexuales existirán siempre, finalmente, cada quién es libre de elegir cómo vivir y con quiénes desea asociarse. Sin embargo, imponer como decreto el reconocimiento de esas relaciones, equiparándolas al matrimonio natural, sería perjudicial para la sociedad,  porque redefinirá la mayor institución en favor de los hijos que ha existido en toda la historia de la humanidad. 
No podemos obviar que este tipo de uniones, no brindan ningún beneficio para la sociedad en su conjunto, por lo tanto sería equívoco trivializar la institución del matrimonio en simples relaciones socio-asistenciales. Después de todo, seríamos nosotros, la gran mayoría, quiénes subsidien todas las ventajas estatales asociadas al matrimonio, sin obtener nada a cambio. 
Entonces, la cuestión de demostrar si el Estado debe o no legislar sobre las uniones entre personas del mismo sexo, primero pasa por reconocer, la naturaleza y finalidad del matrimonio; y segundo, en prevenir las consecuencias adversas que conllevaría intentar consagrarlo jurídicamente.
Tal como lo dijo el Presidente del Supremo de Estados Unidos, John Roberts, lo que en realidad pretende el lobby lgbt,  no es incluirse en la institución del matrimonio, buscan redefinir la institución del matrimonio y lo quieren imponer a través de la vía judicial. Fue así como en este país, ganaron más los deseos de los adultos que los derechos de los niños.  
Lo siguiente será las restricciones de los derechos fundamentales,  la persecución de todos aquellos que se oponen a estas uniones por cualquier motivo, amenazando la libertad de expresión, la libertad religiosa y los derechos de los padres a educar a sus propios hijos.  Sin olvidar que el lobby lgbt insiste en sostener que su deseo de paternidad, es también un derecho que el Estado debe solventar, lo que aumentaría la explotación de mujeres debido al mercado de la maternidad subrogada y la cosificación de la dignidad humana, a través de los métodos de reproducción artificial y así poder entregarles hijos a las uniones entre personas del mismo sexo.  
Por ello, no estar de acuerdo con el reconocimiento de las uniones civiles entre personas del mismo sexo, es en realidad un derecho, no un acto de discriminación.

@SaraLarin
El BIO sería:

Presidente del MOVIMIENTO VIDA SV
Miembro de la Asociación de Bioética de El Salvador
Miembro de Women Of The World Platform