Leyes para atraer inversión: Fusades hace observaciones a propuestas del Ejecutivo

El centro de pensamiento señala que así como están redactados los proyectos de reformas y nuevas leyes se excluyen algunos servicios

descripción de la imagen
Los servicios médicos están incluidos en la reforma a la Ley de Servicios Internacionales, que se analizan en la Comisión de Hacienda de la Asamblea Legislativa. Foto EDH / archivo

Por Daniel Choto

2013-01-16 8:00:00

La Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (Fusades) solicitó a la comisión de Hacienda y especial del presupuesto de la Asamblea Legislativa una reunión para explicar por qué se deben modificar algunos articulados del paquete de leyes para atracción de inversiones que presentó el Ejecutivo el año pasado.

La petición del tanque de pensamiento, fechada el 13 de enero de 2013, critica principalmente las reformas planteadas a la Ley de Servicios Internacionales y la de Asocios Público Privados y propone también un nuevo marco legal para el fortalecimiento de la Agencia de Promoción de Exportaciones e Inversiones (Proesa).

Destaca que dejar la reforma a la Ley de Servicios Internacionales, así como ha sido redactada, restringe la llegada de inversiones extranjeras para algunos servicios no especificados en la modificación, “constituye una pérdida de oportunidades para insertar a El Salvador en una nueva ola internacional de fomento de servicios internacionales”.

Su justificación es reforzada con el hecho de que el 70 % del comercio mundial se sustenta en el sector servicios y porque las economías emergentes apuestan mucho por ese rubro, que califica como “la nueva era de negocios”.

Fusades añade que en el caso de El Salvador la exportación de servicios es un renglón muy dinámico, que en 2011 alcanzó $1,070 millones, con un incremento del 10 % respecto de 2010 y que aún tiene muchas oportunidades de seguir creciendo. También expresa que la generación de divisas de este rubro equivalen al 17 % de las exportaciones totales y equivalen al 5 % del producto interno bruto (PIB).

Por tal razón la lista de actividades amparadas bajo dicha ley debe ser abierta y no excluyente de algunos sectores, ya que cerraría las puertas a nuevas oportunidades y nichos estratégicos para inversión, así como a la generación de mayor agregado, mediante nuevas tecnologías, y a la diversificación de los mismos.

En tal sentido sugiere incorporar un mecanismo que deje abierta la posibilidad de incluir nuevos sectores, e institucionalizarlo, como medio para agregar, cada cierto tiempo, otros servicios que sean estratégicos, en especial los que estén relacionados con la rápida evolución de la tecnología, razona.

Su propuesta es que se forme una comisión técnica para que cada dos años, juntamente con Proesa, se agreguen los nuevos servicios, que puedan haber surgido de las últimas tendencias de la tecnología y el comercio.

Servicios a distancia

Sobre los servicios empresariales a distancia, como los “call center”, incluyendo los de servicios médicos, Fusades destaca que no se debe restringir que las empresas extranjeras que vengan al país, puedan comercializar una parte de sus especialidades en El Salvador, tal y como está plasmado en la reforma a la referida ley.

El argumento del tanque de pensamiento es que al permitírsele a este tipo de inversiones, que una parte de sus servicios sea destinada al mercado salvadoreño, se posibilitará que se genere más empleo, que por lo general suelen ser mejor remunerados que otras alternativas laborales para personas con una calificación y capacitación académica similar.

Asocios público privados

En lo que se refiere a la Ley de Asocios Público Privados (APP), las consideraciones de Fusades son que no se deje fuera a inversionistas extranjeros y salvadoreños que quieran participar bajo esta figura jurídica en la ejecución de toda clase de megaobras de infraestructura básica y especializada.

El centro de pensamiento llama la atención de la comisión de hacienda y especial del presupuesto, que analiza este paquete de leyes, para que extienda el abanico de opciones de inversión bajo los APP a la ejecución de proyectos relacionados con las áreas de salud y educación pública formal y de seguridad.

Anteriormente, Álvaro Trigueros, director del departamento de estudios económicos de Fusades, indicó que no es posible que se deje fuera a inversionistas que quieran participar en la aportación de fondos para la construcción de centros penitenciarios, así como su administración y operación durante el tiempo que dure la concesión otorgada por el Estado.

Ley Estabilidad jurídica

Por su parte, los analistas Ricardo Esmahán y Claudio de Rosa criticaron el anteproyecto de ley relativo a la Estabilidad Jurídica para las Inversiones debido a que deja a discreción de los representantes del Estado ponerse de acuerdo con los inversionistas extranjeros sobre el mecanismo e instancias para solucionar cualquier controversia.

Esmahán destacó que el proyecto de ley pide reformar el artículo 15 de la Ley de Inversión, con el que “le están quitando la facultad de que usted pueda ir a un arbitraje internacional”.

Criticó que el artículo 19 de la pretendida ley solo dice que ambas partes deberán establecer el mecanismo para resolver las controversias, pero ¿y usted cree que el Gobierno fácilmente dejará que lo lleven a un arbitraje internacional?, preguntó.

Para De Rosa la ley debería dejar claro que en cualquier controversia que surja entre el inversionista y el Estado, tendría que ser solucionada por la vía del arbitraje ante las instancias internacionales pertinentes y no a discreción del funcionario de turno.