Prepare su empresa para la nueva Ley de Retiro Voluntario

Las empresas deben hacer un sondeo entre sus empleados para estimar cuántos proyectan acogerse a la Ley de Retiro Voluntario, que entra en vigencia el 1 de enero de 2015.

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Las empresas no pueden reservar fondos para efectuar el pago de la compensación porque sería sujeto de impuestos.

Por Por Guadalupe Hernández | Fotografía Archivo

2014-11-19 1:00:00

Faltan menos de dos meses para que la Ley Reguladora de la Prestación Económica por Renuncia Voluntaria entre en vigencia en el país. Pero las dudas persisten entre empresas y empleados.

Para evitar errores al momento de aplicar el nuevo beneficio laboral, José Carlos Rodezno, especialista en derecho laboral, dice que la clave es capacitar a los gerencias que tendrán en sus manos la atención de este tipo de trámites.

“Deben conocer los pormenores de la ley y qué salidas legales pueden tener para adoptar en un momento dado”, afirmó Rodezno, quien ha sido el facilitador de más de 10 jornadas de capacitación organizadas por Innovación y Creatividad Empresarial, una firma local que se dedicada al desarrollo y formación del recurso humano.

La ley, que es aplicable únicamente para el sector privado e instituciones autónomas, establece que tienen derecho a este beneficio todos los trabajadores que tengan como mínimo dos años de servicio continuo y efectivo a favor del mismo empleador.

En este caso, el empleador debe descontar el tiempo de trabajo no efectivo, como por ejemplo: incapacidades, permisos sin goce de sueldo, ausencias injustificadas, y cualquier otra causa de suspensión.

“Si no tiene esos dos años efectivos, el empleador no está en la obligación de pagar la compensación económica”, aclaró Rodezno.

Con el segundo requisito, llamado preaviso (noticia anticipada de la renuncia), también se han dado confusiones. “Los empleadores deben tener claro que el preaviso no es renuncia”, explicó el especialista.

Las empresas también tienen que tener cuidado con este requisito, que se tiene que presentar 15 días antes de la renuncia formal para el caso de los trabajadores operativos, y 30 días para personal directivo o especializado, que son todos aquellos que en los últimos 12 meses hayan recibido una capacitación de parte de la empresa.

Otro aspecto importante es no esperar hasta que las renuncias comiencen a apilarse en los escritorio de los contables, para valorar de dónde obtendrán los recursos de los respectivos pagos. En este punto, la sugerencia del experto es hacer desde ya un mapeo (sondeo) que les permita estimar cuántos empleados están considerando acogerse a este beneficio, y por ende, conocer el impacto económico (créditos).

Otro aspecto que ha generado confusión es el pago de la compensación. “Muchos dicen que se pagará dos salarios mínimos por año de servicio y eso no es así. Lo que dice la Ley es que se pagará una cantidad equivalente a quince días de salario por año de servicio, y que en ningún caso, el salario para calcular la compensación económica puede ser superior a dos salarios mínimos (del sector al que pertenece la empresa)”, explicó.

Temen quiebra técnica

Si bien el impacto económico aún no se puede estimar, la legislación sin duda afectará al sector, que desde ya está atravesando tiempos de crisis, dijo el presidente de repuestos Omar, Jorge Ángulo, .

Ricardo Sosa, vicepresidente del Consejo Nacional de la Pequeña Empresa de El Salvador (Conapes), es claro al afirmar que la afectación puede ser tan grande que muchas empresas pudieran declararse en quiebra técnica, una acción que avala el actual Código de Comercio, para lo que se tienen que celebrar audiencias en los tribunales respectivos.

En el pasado se han presentado casos, que por motivos diferentes, se han tenido que declarar en quiebra, lo cual les ha permitido sufragar sus compromisos económicos con mayor flexibilidad.

En el caso de las Pymes, la ley establece que si las demandas superan el 3%, pueden ampararse al Ministerio de Trabajo y pedir un plazo de 12 meses para efectuar el pago.

Según Conapes, el 3% en el sector Pyme es una cantidad significativa, y eso estaría afectando la liquidez y el flujo de efectivo de los negocios. La idea de hacer un fondo o una reserva económica tampoco es factible, debido a que ese dinero sería sujeto de impuestos, aclaró.