Ley de renuncia voluntaria podría generar quiebra técnica en empresas

La ley ordena que las empresas creen un fondo de previsión, para indemnizaciones esto comprometería parte de sus activos

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Aprobar la Ley estaba pendiente desde 1982, se aprobó en diciembre 2013. Foto EDH /archivo

Por Magdalena Reyes Patricia García nacional@eldiariodehoy.com

2014-10-23 8:00:00

Ante la entrada en vigencia de la Ley Reguladora de la Prestación Económica por Renuncia Voluntaria, a partir enero de 2015, el sector empresarial ya estudia el impacto financiero que esta representará en sus operaciones.

De acuerdo con la legislación, el empleado recibirá una indemnización equivalente a 15 días de salario por año de servicio; pero el calculo de la prestación no podrá ser mayor a dos salarios mínimos por año laborado, o sea que la prestación no será mayor a $484 por año. (Ver nota aparte).

Jorge Arriaza, director ejecutivo de la Asociación Salvadoreña de Industriales (ASI), comentó que la parte financiera con relación a la ley, es un tanto delicada, porque manda a hacer una reserva de los fondos que se van a requerir para enfrentar el pago de indemnizaciones por renuncia.

“Eso implica que en las empresas grandes se haga incluso un estudio actuarial para definir el monto, y lo que puede suceder es que esa reserva, como es un pasivo, en algún momento puede afectar los resultados de las empresas”, indicó.

Estas declaraciones se dieron durante el taller informativo sobre el tema, organizado por la ASI para el sector industria.

Arriaza agregó que esta nueva reserva incluso podría desencadenar en “pérdidas” y al momento de presentar los balances en las instituciones financieras, estos no brindarán la garantía necesaria para que las empresas puedan ser sujetos de crédito. Es una medida que vendrá a afectar de manera contable las operaciones de la empresas y en teoría, estas podrían caer en “quiebra técnica”, lamentó Arriaza.

Esta situación podría darse si una empresa no puede hacerle frente con sus activos al pago de indemnizaciones por renuncia, si los fondos destinados para los pagos sobrepasan la cuarta parte de los activos de la empresa.

Al caer las empresas en quiebra técnica, no serán sujetos a crédito en el sector bancario, al igual los grandes proveedores dudarán en vender al crédito o abastecerle de materia prima, insumos y otros que resulten de vital importancia para la producción.

Además será difícil atraer inversionistas para asociarse, porque tendrían que evaluar cuánto capital tienen que inyectar, para asegurar su rentabilidad.

“En término de la economía, esto podría incidir en la contracción del crédito”, dice el especialista en contabilidad pública, Milton Avilés.

A pesar de que estas apenas son “previsiones”, las empresas pueden de alguna manera protegerse, pero los accionistas deben hacer un plan de inversión de ese capital.

Los accionistas de la empresa deben comprometer más efectivo y, por lo menos, hacer un plan de inversión para sacarlo de una posible quiebra técnica, porque al presentarse dicho panorama, tendrían que parar las operaciones, provocando incluso pérdida de empleos.

El especialista además recomienda que las empresas deben pensar en la creación de su fondo de previsión, antes del cierre contable de 2014, para evitar futuros problemas.

Ante la entrada en vigencia de la Ley , dentro de menos de tres meses, muchas empresas se han visto en la obligación de buscar asesoría respecto al tema para ordenar sus finanzas y hacerle frente al pago de indemnizaciones.

El auditor recomienda que las empresas deben crear los fondos de previsión que manda la ley, hasta el momento muchos emprendedores ya piensan que la reorientación de sus activos pueden limitar sus operaciones.

Sin embargo, Avilés comenta que dichos fondos pueden ponerse a trabajar con inversiones en títulos en la bolsa de valores, por ejemplo, mientras no se necesite indemnizar a algún empleado.

Jorge Arriaza además comentó que como gremial esperan presentar una solicitud al ministro de Economía, que contemplará que se tomen en consideración estas observaciones para que no afecten las operaciones de las empresas.

El dirigente de la ASI estima que la iniciativa podría derivar en un decreto ejecutivo en relación con las normas contables.

Apuntó que como sector privado han respaldado la creación de la ley, ya que consideran que es una prestación que los empleados merecen.

Pymes las más afectadas

De acuerdo con el presidente de la Cámara de Comercio e Industria de El Salvador (CCIES), Luis Cardenal, con esta ley, las micro y pequeñas empresas podrían ser las más afectadas, sobre todo sino cuentan con una reserva de pasivo laboral en sus estados financieros.

“Aunque estas empresas tienen un menor número de trabajadores, siempre se pueden ver afectadas en el momento que tengan que hacer desembolso de una sola vez por varios miembros de la empresa que se quieran retirar al mismo tiempo”, señaló Cardenal.

En este tema, el asesor económico del partido ARENA, Rafael Lemus, indicó que la ley deja la salvedad a las empresas, para que cuando más del 3 % de sus empleados renuncien, la compañía pueda administrar el pago en 12 cuotas. “Es decir diferir el pago ya no en un solo monto, sino en 12 cuotas a los que están renunciando”, explicó Lemus.

Según Cardenal, si las pymes no están preparadas para otorgar la compensación económica a los trabajadores que pongan su renuncia, se pueden afectar al resto de los empleados.