“Restricción de exportación de frijol es ilegal”

b Para Fusades no existe un fundamento legal para medida que afecta exportadores

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Pese a declarar que no existe desabastecimiento, el gobierno no ha levantado la medida.

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2014-05-30 8:00:00

Según un análisis de la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social, Fusades, sobre la base legal de la paralización de las exportaciones de frijol que decretó el Ministerio de Economía y el Ministerio de Agricultura y Ganadería, el pasado 15 de mayo, no se ha encontrado ninguna ley que empodere a las instituciones del Estado a restringir las exportaciones del grano.

El detalle del análisis realizado por Fusades, sobre el acuerdo No. 516, que restringe de manera temporal, las exportaciones de frijol rojo en grano, hasta el 15 de agosto de 2014; no ha encontrado argumento en el marco legal nacional.

La Ley de Protección al Consumidor , en el artículo 4, dice que entre los derechos básicos del consumidor está: ser protegido de las alzas de precios de los bienes y servicios esenciales de acuerdo con lo establecido en el literal C del artículo 58 de esa Ley.

Sin embargo, el artículo 58 de la referida ley dice que “La Defensoría tendrá entre sus competencias: “fijar y modificar” los precios máximos de los bienes intermedios y finales de uso o de consumo y de los servicios en caso de emergencia nacional, siempre que se trate de productos y servicios esenciales.

Como parte de la canasta básica, según lo declara la Fundación en su artículo, el frijol rojo sí califica como un bien esencial, pero actualmente no se ha declarado ninguna emergencia nacional.

En toda la legislación, no hay mención de restricciones a las exportaciones, refirió recientemente la analista de Fusades, Amy Ángel.

Tampoco en la Ley de Sanidad Vegetal y Animal, se ha encontrado fundamento a la restricción, ya que, según lo declara Fusades, el MAG puede actuar sobre exportaciones, pero solo por razones relacionadas con la sanidad y fitosanidad, no por las condiciones de mercado.

Pese a no contar con un fundamento legal para paralizar las ventas del grano al exterior, sin dar datos de cuánto es la producción de frijol exacta con la que cuenta el país y amparándose en el tema de resguardar la seguridad alimentaria, las entidades gubernamentales han pasado por alto el tema de la responsabilidad de las empresas en el cumplimiento de sus contratos.

De acuerdo con la directora ejecutiva de la Corporación de Exportadores de El Salvador, Coexport, Silvia Cuéllar, esta medida debió tomarse, “siempre y cuando se comprobara que existe desabastecimiento en el mercado”.

“Deberían de tener algún sistema de monitoreo y tomar las medidas con el debido tiempo para no afectar los contratos formales”, mencionó Cuéllar.

Según lo manifestó la directora ejecutiva de Coexport, las empresas que han sido afectadas por la paralización, aun no tienen una resolución favorable para poder enviar el producto que ha sido cancelado con anticipación en el extranjero.

Además, Cuéllar refirió que se debió hacer aclaraciones respecto a la paralización de las exportaciones de frijol nacional y la reexportación, ya que esta última no afecta el mercado local.

Las consecuencias, pese a no ser significativas para el gobierno, (porque según han declarado no se exporta una gran cantidad de quintales), para los empresarios que venden a mercados externos afectará la credibilidad y confianza de los clientes, mismos que podrían perder.