Abogado cuestiona cuotas de importación de lácteos

b Asegura que los tratados comerciales prohíben establecer cuotas de importación

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El Dr. Fabio Castillo explicó los alcances del proceso iniciado hace dos años ante la Corte. FOTO EDH

Por Karen Molina negocios@eldiariodehoy.com

2013-05-10 8:00:00

El representante legal de empresas importadoras de lácteos, el abogado Fabio Castillo, cuestionó ayer la imposición de cuotas de importación, lo cual, argumentó, va en contra de los tratados comerciales que el país ha firmado con sus vecinos.

Castillo explicó que la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema ha suspendido dicho sistema establecido, según explicó, por el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) de manera “arbitraria” y desde hace varios años.

Aclaró que el fallo de la Sala, que no es sentencia definitiva, suspende la aplicación de estas cuotas, pero no impide que sigan haciéndose las revisiones fitosanitarias de los productos lácteos que ingresen desde Honduras y Nicaragua.

El tema lleva muchos años, pero no fue hasta hace dos años que los importadores decidieron denunciarlo legalmente.

A pesar de que el país ha firmado acuerdos comerciales que no permiten establecer cuotas de importación, el MAG impuso estas medidas con el argumento de que buscaba evitar el contrabando.

Pero según Castillo, estas cuotas se definieron sin ningún criterio. A pesar de que se trató de llegar a un acuerdo con el MAG, la institución se negó a revertir la medida, por lo que las empresas decidieron recurrir a la Corte.

Es en esta instancia que la Sala de lo Contencioso resolvió el pasado abril que mientras el proceso legal continúe, el MAG no podrá establecer cuotas para traer productos lácteos desde Nicaragua y Honduras.

“Hay tratados internacionales relativos al comercio de Centroamérica que establecen que no se puede limitar la importación. No hay cuotas para importar”, dijo.

Agregó que no solo no hay fundamento para aplicar estas cuotas, sino que hay “prohibición” expresa.

Para Castillo, la imposición de cuotas de importación puede abrir la puerta a la corrupción. “Si no hay cuota no hay problema, pero si hay cuota abrimos la puerta para que haya un funcionario que pida dinero para elevar las cuotas”, afirmó. “Estas cuotas no tienen por qué ponerlas”, subrayó.

Pruebas fitosanitarias

El otro problema es la frecuencia de las pruebas de inocuidad (fitosanitarias).

Esta semana ganaderos expresaron su preocupación porque al no restringirse la importación exista el peligro de introducir productos de mala calidad, que no han pasado la revisión establecida por las autoridades.

Sin embargo, Castillo aseguró que los controles fitosanitarios, que se realizan a través de un muestreo, se siguen haciendo, incluso por arriba del 10 % que establecen los tratados comerciales.

“Se hacían pruebas de hasta el 50 % lo que va en contra de lo que hemos firmado en los tratados”, señaló.

Y ha sido a través de pláticas con el MAG que se ha logrado reducir hasta en un 20 % esta prueba del producto debido a que éstas generan altos costos a las compañías.

En todo caso, Castillo dijo que lo correcto sería que estas inspecciones de sanidad se hicieran en proporción a lo que establecen los tratados comerciales.

“Pero no es cierto que no va a ver medidas fitosanitarias”, recalcó el jurídico. “Nosotros estamos dispuestos a todos los controles que quieran hacer in situ o en los sitios de producción, en las fábricas de Nicaragua y Honduras”, añadió.

De hecho, sostuvo que las pruebas las debería hacer el Ministerio de Salud que es a quien le compete que haya peligro de importación por productos que afecten la salud de los salvadoreños.

Y además añadió que estas pruebas fitosanitarias también tendrían que hacerse a las empresas del país.

“Porque se han dedicado a exigirlas solo a las empresas que importan desde Nicaragua y Honduras”.

El proceso legal apenas comienza. Castillo dijo que a partir de esta resolución, tanto los demandantes (importadores) como la institución demandada (MAG) deberán presentar sus respectivas pruebas para que la Sala las analice y posteriormente resuelva quién tiene la razón en este litigio.