El sector industrial avala las reformas a Ley del Consumidor

Gremiales del país crearon ente para un comercio más ágil Los industriales tenían sus dudas sobre las reformas, pero ayer se mostraron satisfechos

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Industriales aseguraron ayer que las reformas son necesarias para darle mayor respaldo al consumidor. foto edh /cortesía

Por Guadalupe Hernández negocios@eldiariodehoy.com

2013-03-05 8:00:00

Después de una hora de escuchar con atención las principales reformas de la Ley de Protección al Consumidor, las cuales entraron en vigencia el 28 de febrero pasado, el sector industrial se mostró más tranquilo y terminó avalando las modificaciones.

Al principio, la Asociación Salvadoreña de Industriales (ASI) había expresado su preocupación por la reforma al Artículo 3 que otorga el derecho al consumidor de desistir o retractarse de un contrato en los términos establecidos en la presente Ley.

“Toda persona natural o jurídica que adquiera, utilice o disfrute de bienes o servicios, o bien reciba oferta de los mismos, cualquiera que sea el carácter público o privado, individual o colectivo de quienes lo producen, comercialicen, faciliten, suministren o expidan”, reza el artículo en mención.

Jorge Arriaza, director ejecutivo de la ASI, afirmó antes de la jornada explicativa que ese artículo era de suma preocupación porque eso significaba que un cliente podría devolver un pedido a un proveedor, si así lo deseaba, sin importar que el pedido fuera grande.

Sin embargo, tras la reunión celebrada ayer con un grupo de industriales quedó claro que este artículo no afecta a las empresas, pues aplica nada más a consumidores y no a proveedores y clientes.

Yanci Urbina, presidenta de la Defensoría del Consumidor, explicó que el derecho de retracto aplica en aquel tipo de compromiso contractual que se adquiere fuera de un establecimiento comercial, por ejemplo en reuniones donde el proveedor invita al consumidor a comprar un producto o servicio firmando un contrato. También aplica en compras a distancia.

“En muchas ocasiones, la persona se deja ir por la publicidad, pero luego se arrepiente, y puede hacer uso del retracto, siempre y cuando no haya gozado del bien o servicio”, aclaró.

“Aclarado ese punto nos parece que la Ley es muy positiva. Estamos satisfechos”, afirmó Arriaza.

La funcionaria de la Defensoría destacó entre otras reformas importantes las relacionadas con el rubro financiero, sobre todo porque ahora los bancos comerciales y no comerciales no podrán cobrar comisión por administración de un crédito personal o hipotecario.

La reforma establece además que las ventas de muebles —en forma de pago a plazos— son considerados como servicios financieros y por lo tanto tampoco tienen que cobrar comisión por la administración de dicho crédito.

Los empresarios también conocieron puntos de interés, como nuevos derechos, ampliación de derechos y nuevas responsabilidades y obligaciones para proveedores.