La Sala de lo Constitucional ha resuelto esta tarde que los magistrados de las cuatro salas de la Corte Suprema de Justicia no pueden beneficiarse con una bonificación cuando se retiren de manera voluntaria porque no están integrados a la carrera judicial.
En su sentencia, la Sala dice que, por el contrario, solo los jueces de Paz y de Primera Instancia, así como los magistrados de Segunda Instancia que cumplan con los requisitos de ley tienen derecho a ese beneficio.
En ese sentido, los magistrados por no estar integraods a carrera judicial “carecen del derecho a la bonificación en referencia”. Solo se exceptuará aquel magistrado que antes de ser electo como tal haya tenido una carrera judicial.
Asamblea Legislativa, el último filtro para la elección de magistrados de la Corte
Diputados dijeron que la elección de los cinco magistrados de la Corte Suprema de Justicia corresponde no solo a las mayorías de la Asamblea sino a los 84 diputados, incluyendo al FMLN.
La bonificación será calculada conforme al salario que devengaba el juez antes de llegar al cargo de magistrado de la Corte Suprema, establecieron los magistrados.
La @SalaCnalSV estableció que solo los jueces de Paz y de Primera Instancia, así como los
magistrados de Cámara de Segunda instancia que cumplan con los requisitos en la ley, tienen derecho a la bonificación por retiro voluntario porque están integrados a la carrera judicial— elsalvador.com (@elsalvadorcom) May 23, 2018
Antes de esta disposición, ha habido magistrados que al retirarse han cobrado este beneficio, cuyos montos han sido arriba de los $30 mil. Entre los beneficiarios están el expresidente de la Corte, Agustín García Calderón, Victoria Marina de Avilés, Jorge Eduardo Tenorio y Mirna Antonieta Perla.Ellos han alegado años de servicio en el Órgano Judicial.