Sin detalles de proyecto de Instituto Nacional de Pensiones

La reforma menciona al INP en algunos artículos, pero no profundiza sobre su funcionamiento o responsabilidades.

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El INP será una institución diferente al Instituto Nacional de Pensiones para Empleados Públicos (INPEP).

/ Foto Por archivo

Por Rodolfo Ortiz

2016-02-28 9:00:00

Una de las novedades de la reforma de pensiones es que crea el Instituto Nacional de Pensiones (INP) el cual estará encargado de administrar el Fondo Público. Sin embargo ha despertado recelo el hecho de que el decreto apenas menciona tres veces a esta entidad y no especifica los detalles de su funcionamiento.

El artículo 232-A dice que el INP será el encargado de administrar el régimen de reparto o Fondo Público. Irónicamente añade que su labor de administrador podrá ser delegada en las actuales Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).

“El Estado es el responsable y garante del régimen de reparto, cuya administración se efectuará por medio del Instituto Nacional de Pensiones el cual podrá contratar para la administración de dicho régimen los servicios de las (AFP)”, reza el artículo.

La segunda mención del INP es el artículo 232-G que menciona que es responsabilidad del empleador afiliar a un trabajador en dicho instituto si es que este no se ha inscrito.

La tercera, y quizá más importante, es el artículo 77 de la reforma. Esta parte establece que será el INP el que recibirá todos los ahorros que el Gobierno sacará de las cuentas individuales de los trabajadores y lo entregará al Fideicomiso de Obligaciones Previsionales (FOP).

Esta maniobra ha sido criticada por tanques de pensamiento y sindicatos porque consideran que permite borrar la deuda de más de $4,500 millones que el FOP (y por ende el Gobierno) ya tiene con todos los trabajadores que cotizan a las AFP.

“Los recursos… de las cuentas individuales de ahorro para pensiones… serán transferidos al INP como aporte para el sistema de reparto… El INP trasladará los Certificados de Inversión Previsional al Fideicomiso”, se lee en el artículo 77.

Para el abogado del Comité de Trabajadores en Defensa de los Fondos de Pensiones (Comtradefop), Enrique Anaya, tal cual está la reforma de pensiones es inviable.

“El gobierno, si quiere que esta ley funcione, debe de presentar un proyecto de ley de este instituto… Una ley que cree la institución y que además establezca su función, su organización, sus potestades”, explicó.

Por su parte, el abogado constitucionalista, Francisco Bertrand Galindo, dijo que la reforma puede dar vida al INP con un simple artículo que mencione “créase el Instituto Nacional de Pensiones”.

“Lo que se necesita ya desarrollado en una ley más amplia son la estructura del fondo, si habrá junta directiva, qué facultades va a tener, qué tipo de regulaciones y responsabilidades va a tener con los fondos, las reservas técnicas”, añadió.

Enrique Anaya recordó que el punto central de la reforma es que el Gobierno podrá sacar ahorros de la cuenta individual de todos los trabajadores. Sin embargo, mencionó que esta operación es imposible legal y físicamente ya que el INP no existe actualmente.

Si la reforma es aprobada, la inexistencia del INP retrasaría su aplicación porque no habrá una cuenta a cual pasar los ahorros que se quitará a los trabajadores.

El control de las pensiones

Para Bertrand Galindo “el verdadero objetivo de la reforma no es tanto el sistema de pensiones (sino) el tener control de dos tipos de fondos: las cuentas de los trabajadores… y las cotizaciones a futuro”.

“La regulación en relación a pensiones no son los elementos de fondo del decreto. Por eso están desarrolladas en términos muy generales”, añadió.

Por eso este abogado consideró que un punto muy importante que se ha dejado de lado, y se debe solventar con la ley orgánica del INP, es la regulación que tendrá la administración del INP.

“Falta determinar si el Gobierno va a tener una libre administración de los fondos o si estos van a estar sujetos a las regulaciones a las que se someten los fondos de las AFP”, explicó.

Para dar la idea de seguridad en este punto el Gobierno ofreció la idea de que las AFP serán las encargadas de administrar el Fondo Público al mismo tiempo de las cuentas individuales.

Sin embargo en el artículo 232-A esta garantía solo se establece como una posibilidad. El INP “podrá contratar” a las AFP para administrar el fondo, dice el decreto.

Otros literales del artículo 232 establecen que si el INP contrata a las AFP les pagará una comisión máxima de 1 % por administrar el Fondo Público.

En términos generales, esta situación revela una aparente contradicción. ¿Para qué crear un Instituto Nacional de Pensiones si la administración estará a cargo de las AFP? Además, ¿para qué contratar y pagar a las AFP cuando el Gobierno ha sido muy crítico de la comisión que estas reciben actualmente?

Incertidumbre en el sistema público

La noticia del INP ha despertado incertidumbre y malestar entre los empleados que todavía administran el antiguo Sistema Público de Pensiones (SPP).

Empleados del Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos (INPEP) y la Unidad de Pensiones del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (UPISSS) ya han externado sus preocupaciones al secretario de transparencia, Marco Rodríguez.

Durante una presentación de la reforma de pensiones, organizada por Rodríguez, dichos trabajadores pidieron que se aclare si el INPEP y UPISSS serán fusionados pues temen que esto signifique despidos.

Los sindicatos presentes en el evento pidieron que se reorganice estas unidades y se les entregue la administración del nuevo Fondo Público en lugar de al INP.

“¿Por qué quieren crear otro elefante blanco?”, reclamó un sindicalista.

Rodríguez no pudo responder directamente a estas preguntas. Un asesor legislativo que estaba entre los ponentes del foro se limitó a explicar que, según entendía, el INP sería un organismo pequeño.

Al final del evento, el secretario de Transparencia agregó que los sectores que se sientan inconformes con la propuesta de reforma pueden acercarse a la Asamblea Legislativa para hacer oír sus peticiones y propuestas.

Ni las palabras de Rodríguez, ni el proyecto de reforma dan tranquilidad  a los trabajadores del INPEP o la UPISSS; mientras tanto, poco se sabe sobre las funciones y organización del Instituto Nacional de Pensiones.

Enrique Anaya especuló que quizás el Gobierno espera a que se apruebe la reforma para luego presentar la ley orgánica para crear el INP. Pero de esto tampoco hay certeza.