Sala admite demanda y suspende entrada en vigencia de Ley de Probidad

La resolución de admisión del amparo fue firmada por unanimidad

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Sala admite demanda y suspende entrada en vigencia de Ley de Probidad

La resolución de admisión del amparo fue firmada por unanimidad

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Por elsalvador.com

2016-01-11 12:29:00

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitió este lunes una demanda de inconstitucionalidad en contra de la nueva ley de Probidad, aprobada por la Asamblea Legislativa el pasado 16 de diciembre de 2015, pues se considera que hay indicios de omisión parcial de dicha ley.

Como medida cautelar, la Sala ordenó suspender de inmediato y provisionalmente la entrada en vigencia de dicha ley.

Según informó la Sala, Roberto Enrique Rubio Fabián, Roberto Mauricio Rivera Ocampo, Claudia Beatriz Umaña Araujo, Javier Castro De León, Raúl Alberto García Mirón y Francisco Javier Argueta Gómez, miembros del Grupo Gestor, manifestaron que en la Ley de Probidad no han sido regulados los elementos mínimos que doten de contenido lo establecido en el artículo 240 inciso 1 y 4 de la Constitución.

El grupo cuestiona la aprobación de la normativa avalada de forma exprés por el presidente de la República, Sánchez Cerén, por considerarla un retroceso en la lucha contra la corrupción.

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La nueva Ley de Probidad se basó en la obsoleta Ley Sobre el Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos, vigente desde 1959, que en su Artículo 21 señalaba que los funcionarios o empleados públicos que fueran señalados debían ser inhabilitados de su cargo. También se suprime la destitución de los funcionarios por la infracciones presentadas en sus declaraciones patrimoniales. 

Además, los demandantes han señalado que se le resta facultades a la Sección de Probidad de la CSJ, ya que ahora esta oficina solo podrá proponer avisos de indicios de ilícitos a la Sala de lo Civil.

La resolución de admisión del amparo fue firmada por unanimidad.

Comunicado de la Sala