Sala CSJ admite demanda de voto por rostro para alcaldes y concejos

Ciudadanos piden que se declare inconstitucional el artículo 185 del Código Electoral por afectar el voto libre y la igualdad entre los candidatos

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San Salvador, 11 de marzo de 2012 / Foto Por Lissette Lemus

Por Juan José Morales

2016-01-20 9:45:00

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitió una demanda de varios ciudadanos contra el artículo 185 del Código Electoral, por no permitir la votación por rostro en la elección de alcaldes y concejos, como sí se hace en los comicios para diputados.

La demanda plantea que hay violaciones al voto libre de los ciudadanos y al derecho de optar a cargos públicos en igualdad de condiciones, lo cual contraviene principios constitucionales.

En el documento, los demandantes argumentan que la elección de ediles y sus respectivos miembros del concejo es similar al de los legisladores, ya que el proceso de elección es de representación proporcional y se relaciona con el número de funcionarios que se elige.

Uno de los cinco peticionarios, Eduardo Escobar, explicó que el mecanismo actual limita la decisión del ciudadano, sobre todo, porque desconoce quiénes son los concejales y deja a criterio de los partidos el orden de la lista propuesta, más allá de que existe  una distribución por la vía de los concejos plurales.

“Lo que se le está pidiendo a la Sala es que declare inconstitucional un artículo que mantiene una lista cerrada y bloqueada en la elección municipal, eso frena la libertad de elección y pone a los candidatos en desigualdad de condiciones”, explicó Escobar.

Sobre este punto los demandantes señalan que si hay controles deben de ser “la alternativa menos nociva para el ejercicio del derecho al voto”.

“Con el sistema actual no se le permite al ciudadano desenvolverse según su voluntad y elegir sin interferencia o limitación a los candidatos de su preferencia, pues no tiene opción distinta de depositar el voto avalando el orden de los candidatos a concejales, incluido por todos los partidos”, razonan los ciudadanos ante la Sala.

Escobar además recordó que el sistema actual para elegir concejales implica una competencia electoral “no equitativa”, ya que los últimos candidatos en la lista tienen menos margen de oportunidad de ser electos.

“Si son diez concejales y mi partido gana cinco y estoy ubicado en la casilla 10 no tengo ninguna oportunidad de ser electo, eso significa que hay una desventaja en cuanto a la competencia electoral y el voto del ciudadano pierde peso. Con esto buscamos nivelar la competencia en los partidos para que todos los candidatos tengan igualdad de oportunidades de ser marcados”, apuntó Escobar.

El abogado informó que la demanda fue admitida en noviembre, pero hasta la semana pasada fueron notificados por el tribunal constitucional que someterán a estudio lo que han planteado.

La Asamblea Legislativa deberá rendir un informe a la Sala sobre la la constitucionalidad (legalidad) del artículo 185 para que los magistrados puedan emitir una sentencia.