IAIP confirma que FGR debe dar dato de ROS

Le ordena entregar notificación de sanción del Departamento del Tesoro de EE.UU. al país por difusión  de dicho informe.

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El demandante, Roberto Burgos, durante la audiencia en el IAIP realizada en octubre del año pasado. 

/ Foto Por Fotos EDH / Huber Rosales

Por Eugenia Velásquez

2016-01-29 8:39:00

El Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) reiteró ayer a la Fiscalía General de la República (FGR) la orden de dar a conocer en cinco días hábiles la sanción que el Departamento del Tesoro de Estados Unidos le impuso al Gobierno por haber hecho público un Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS).

El IAIP declaró sin lugar un recurso interpuesto por el Ministerio Público en contra de esa disposición.

“El Instituto, al resolver rechazar el recurso de revocatoria presentado por la Fiscalía, mantiene firme la decisión adoptada en la resolución que le ordenó a la Fiscalía que en un plazo de cinco días hábiles entregue la información relativa a una copia de la sanción que el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos impuso a El Salvador por haberse revelado el ROS”, afirmó ayer el comisionado del IAIP, Jaime Campos.

En diciembre pasado, el IAIP ordenó que la Fiscalía entregara una copia de la sanción, solicitada por Roberto Burgos Viale, Coordinador de ALAC El Salvador, de Funde, y Xenia Hernández, especialista del Área de Transparencia de la misma organización.

La Fiscalía se ha negado a brindarla aduciendo que se trata de información “reservada” y que el documento no existe, pero el Instituto resolvió a favor de los peticionarios argumentando que la Fiscalía no razonó bien la declaratoria de la reserva.

“En el Instituto hemos sostenido que desde el momento en que un funcionario público dice que reserva una información es porque existe y se encuentra en su poder”, argumentó Campos.

Añadió que ahora quedará en manos del actual Fiscal, Douglas Meléndez, si decide interponer otro recurso que en este caso tendría que ser ante la Sala de lo Contencioso de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), pero recuerda que la ley de Acceso a la Información Pública señala que solo los ciudadanos pueden acudir a ella y no los funcionarios.