Juez: Nunca se puso en libertad a Chávez Palacios

El juez González Núñez asegura que todo se ha hecho conforme a la ley y que nunca se hizo nada a espaldas de la Fiscalía, que  impugnó en tiempo la decisión de ponerlo en libertad.

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El Juez 2º de Instrucción de Santa Tecla aclaró que Rodrigo Chávez Palacios, acusado de asesinar a un empleado municipal, no se encuentra en libertad y sus decisiones en el caso son legales.

/ Foto Por elsalv

Por Jorge Beltrán Luna

2015-11-25 7:38:00

El Juez Segundo de Instrucción de Santa Tecla, Rafael Antonio González Núñez,  declaró ayer que nunca se puso en libertad a Rodrigo Chávez Palacios, condenado por ese mismo juzgado a 10 años de prisión por el homicidio contra Franklin Jonathan Mendoza Ortiz, un empleado de la alcaldía de Santa Tecla.

Según explicó el juez a El Diario de Hoy, él admitió un recurso de revisión de sentencia que interpuso la defensa de Chávez y ordenó ponerlo en libertad, pero en la misma resolución se advertía que el reo no podría salir de prisión sin que hubiera pasado el plazo para que la Fiscalía expresara su conformidad u oposición con la decisión judicial.

“La Fiscalía disponía de cinco días para  manifestar si estaba de acuerdo o no. Entonces, en esos cinco días el juez no puede darle cumplimiento al decreto judicial  de ponerlo en libertad”, abundó el juzgador.

El recurso de revisión de sentencia,  estipulado en el artículo 469 y siguientes, del Código Procesal Penal, fue presentado el pasado 17 de noviembre a las 2:00 de la tarde.

El Juzgado a cargo de González Núñez, luego de revisar que el recurso cumpliera con los requisitos legales, resolvió admitirlo el 19 de noviembre.

Un día después, es decir, el 20 de noviembre, se les notificó a todas las partes: al defensor de Chávez Palacios y a la Fiscalía les notificaron poco antes del mediodía, en tanto que al imputado se le notificó a la 1:15 de la tarde, según detalló el juez.

La Fiscalía General de la República (FGR) informó el martes anterior,  que había puesto un recurso de apelación ante el referido tribunal, es decir, lo hizo un día antes de que se venciera el plazo que tenía para decir si se oponía o no a la libertad de Chávez Palacios.

El juez explicó que el recurso presentado por la Fiscalía debe ser resuelto por un tribunal superior, es decir, una cámara de apelaciones.
“Entonces, tampoco se va a poner en libertad porque el recurso (de apelación) tiene que ser resuelto por la autoridad superior en grado, que son los magistrados de cámara”, explicó el juez

El juzgador no quiso detallar qué nuevas pruebas ha ofrecido la defensa de Chávez Palacios para solicitar el recurso de revisión de sentencia, debido a la reserva total que tiene el caso, la cual fue solicitada por la defensa del imputado.

De convicto a imputado

De acuerdo con González Núñez, el Código Procesal Penal estipula que el recurso de revisión de sentencia se interpondrá ante el juez o tribunal que pronunció la sentencia. “Y este juzgado la pronunció. La ley así lo dice”, explicó, a manera de respuesta para quienes se han preguntado por qué el mismo juez que dio una sentencia luego dice que va a revisar la misma.

“El recurso de revisión de sentencia no es más que un nuevo juicio. Totalmente independiente del otro”, explicó el funcionario judicial.

Según el funcionario, el artículo 493 del Código Procesal Penal ordena que durante la tramitación del recurso, el juez o tribunal podrá suspender la ejecución de la sentencia apelada y disponer la libertad provisional del condenado o la aplicación de una medida cautelar que no restrinja su libertad.

El juez explicó que, como es un nuevo juicio, el reo vuelve a gozar de la presunción de inocencia.  Es por lo anterior, que la sentencia contra Chávez Palacios está en este momento en suspenso, es decir, que ha dejado de ser condenado y vuelto a ser procesado como al inicio.

La defensa de Chávez Palacios sostiene que no ha cometido delito de homicidio, pues no existe ninguna prueba contra él, de ninguna naturaleza, por lo cual apeló.