Abogados preparan demanda por ilegalidad de diputados suplentes

El jurista René Hernández Valiente, junto a otros abogados argumentan que los suplentes ”no existen jurídicamente” porque nadie los eligió 

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Diputados del FMLN muestran las credenciales que les entregó el TSE, tras los resultados de los comicios de marzo.

/ Foto Por elsalv

Por José Zometa

2015-11-28 6:13:00

El abogado René Hernández Valiente, aseguró a este periódico que junto a otros juristas están preparando una demanda de inconstitucionalidad a presentarla ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), para que declare ilegal los cargos y las actuaciones de los actuales diputados suplentes en la Asamblea Legislativa. El argumento, según dijo, es que no son diputados electos porque ningún ciudadano votó por ellos; por lo tanto, “no existen jurídicamente” y no tienen facultades como tales.

No obstante, Hernández Valiente aclara que con las decisiones  y aprobación de leyes y decretos tomadas en la Asamblea Legislativa con los votos en muchos casos de los legisladores suplentes, hay terceros “perjudicados” y “beneficiados” y que para no causar un caos legal, pretenden como demandantes, que la Sala declare la inconstitucionalidad con efectos a futuro, a partir de la entrada en vigencia de la resolución judicial. 

“Queremos que los efectos de la petición nueva (de inconstitucionalidad) que presentemos tenga una graduación a futuro, no al pasado, (pero) a partir del 2015. Quedarían nulos, totalmente inexistentes (los suplentes). Ya estamos en los borradores de la demanda”, aseguró el exvicepresidente de la CSJ a este periódico. 

Actuales diputados propietarios y suplentes reconocieron que nadie votó por ellos, pero defienden que están respaldados por el Código Electoral y por el Reglamento Interno de la Asamblea (nota aparte).

En noviembre de 2014 los abogados René Hernández Valiente, Enrique Borgo Bustamante  y Ángel Góchez Marín presentaron ante la Sala de lo Constitucional un recurso de inconstitucionalidad del decreto 763 aprobado el 30 de julio de ese año por la Asamblea Legislativa.Los demandantes argumentan que seis diputados suplentes que votaron por ese decreto no fueron elegidos por el pueblo y por lo tanto “no existen” y que sus votos y decretos aprobados “no son válidos”.

Dicho decreto fue calificado por los diputados de ARENA como un “madrugón” del FMLN y GANA para aprobar un “paquetazo de impuestos”, pues  se aprobaron reformas a la Ley de Impuesto Sobre la Renta, a la Ley de Operaciones Financieras y al Código Tributario, durante la madrugada del 30 de julio y en la víspera de las vacaciones agostinas.

Fue sobre este último que los tres abogados acudieron a la Sala pues consideran que entre los 43 votos conque fue aprobada dicha reforma se encontraban “los votos de los diputados suplentes Cristina Cornejo, Rolando Mata y Misael Mejía, por el FMLN; y Rafael Morán, Gabriel Murillo y Wilfredo Guevara, de GANA”, quienes, para los abogados demandantes, “no son diputados electos”, porque nadie votó por ellos en las elecciones  de marzo de 2012 para elegir a alcaldes y diputados.

“…..Al eliminarse los votos correspondientes a personas que NO SON DIPUTADOS ELECTOS, no se obtuvo la mayoría simple en ninguna votación, sino sólo existieron TREINTA Y OCHO VOTOS para la dispensa de trámite y TREINTA Y SIETE VOTOS para la Aprobación del Decreto, razón por la cual el mencionado Decreto Legislativo No.763 carece de la mayoría exigida por la Constitución y como consecuencia debe declararse su inconstitucionalidad”, exponen los abogados en su demanda presentada el 4 de noviembre de 2014.

“Caemos ahí  en el problema de que solo fueron 37 diputados electos como dice la Constitución, y los otros no han sido electos; consecuencia: el decreto 763 modificación al Código Tributario resultó que es inconstitucional porque ni siquiera llegó al número de diputados; más que inconstitucional yo digo, inexistente, porque si no llegó al número de votos  no hay decisión y en consecuencia, no existe (el decreto)”, reafirmó Borgo Bustamante en entrevista a este periódico.

Argumentan que dicho decreto es violatorio del artículo 123 de la Constitución de la República que  establece que: “La mayoría de los miembros de la Asamblea será suficiente para deliberar. Para tomar resolución se requerirá por lo menos el voto favorable de la mitad más uno de los Diputados electos, salvo los casos en que conforme a esta Constitución se requiere una mayoría distinta”.

Los abogados sostienen que dicho artículo de la Carta Magna es clara en señalar que se requiere para cualquier aprobación de los votos “de los diputados electos”. Aducen que en el caso de los suplentes nadie votó por ellos, pues ni siquiera aparecen sus nombres, mucho menos sus fotografías en las papeletas de votación que a partir de los comicios de 2012 , y por sentencia de la Sala, elaboró el TSE para los comicios legislativos, sino que solo se votó por los diputados propietarios.

¿Y entonces, cuál es el rol y las facultades que tienen los diputados suplentes, incluidos los que están ejerciendo actualmente?

Para el demandante, René Hernández Valiente, quien fue vicepresidente de la CSJ, los diputados suplentes no existen legalmente, y por ende, sus votos no son válidos.

“Los diputados suplentes no existen, no hay suplentes electos. El rol (de ellos) es de sustituir a los propietarios pero cuando han sido electos, pero si no han sido electos por nosotros  pueblo, no existen en la vida jurídica”, consideró.

Los abogados demandantes aseguran que presentaron la demanda en noviembre de 2014 y dos meses después (en enero de 2015), presentaron una ampliación de la demanda ante la Sala, con la finalidad de que se corrigiera los “vicios” que se estaban cometiendo con los diputados suplentes, y dado que estaban cerca los comicios de marzo de 2015 para alcaldes y diputados, subsanar esos “vicios”.

No obstante, no hubo fallo ni nada y tras las votaciones de marzo tanto el Tribunal Supremo Electoral (TSE) como la Asamblea Legislativa, dejaron por sentado y juramentaron a los 84 diputados propietarios y los 84 suplentes que actualmente están fungiendo, pese a que los últimos nunca fueron electos, alegan los demandantes.

En vilo $900 millones
Ahora los abogados traen a cuenta la votación para la aprobación de $900 millones en Letras del Tesoro (Letes) que aprobaron en abril anterior con 56 votos, tras un primer intento fallido. En esa ocasión se alcanzaron los 56 votos con el de un diputado suplente de GANA que sustituyó a la propietaria Sandra Salgado, luego que ésta declinó votar por la nueva deuda en el primer intento.

“Este suplente votó y formó la mayoría, pero este suplente no solo tiene el problema de que no lo elegimos, sino que además, este suplente era del diputado Guillermo Gallegos; es decir, que estaban el propietario y su suplente votando, lo cual es totalmente absurdo”, apuntó Borgo Bustamante.

Por esta votación también existe una demanda de inconstitucionalidad en la Sala de lo Constitucional, bajo el argumento de que se lograron sumar 56 votos con el del diputado suplente que sustituyó a Salgado.

A ésta se sumará la nueva demanda que según Hernández Valiente, están preparando para presentarla a la Sala de lo Constitucional, en esta ocasión con el enfoque de que los diputados suplentes “no existen” y por lo tanto, debe ser declarado inconstitucional su nombramiento. 

Diputados defienden “legalidad” de los suplentes

Algunos legisladores actuales propietarios y suplentes, parecen estar conscientes de que estos últimos no fueron elegidos con los votos de los ciudadanos en las pasadas elecciones, pero defienden la “legalidad” de sus cargos, porque según dicen, los respalda el Reglamento Interno de la Asamblea Legislativa y el Código Electoral.

Lo anterior ante el anuncio de un grupo de abogados de que pedirán la inconstitucionalidad de los cargos de diputados suplentes, porque según los juristas, “son inexistentes” porque ningún ciudadano votó por ellos, pues ni siquiera aparecen en las papeletas de votación, y solo se vota por los propietarios.

“Sí coincido con ellos (abogados)  en que no aparecen en la Constitución, pero sí aparecen en la ley secundaria que  es también ley y que desarrolla la Constitución. Quizá mi defensa en favor de los diputados suplentes es que están contemplados en el Código Electoral y esto les da soporte como para ser constitucionales”, manifestó el diputado de GANA, Guillermo Gallegos, quien también es abogado.

Por su parte, Marcos Salazar, quien es suplente por ARENA, se escudó en el Reglamento Interno del Congreso y consideró que si se declara inconstitucional esos cargos, no sería para esta legislatura.

“Recuerde que la Asamblea tiene un reglamento interno y no podrían pasar sobre eso, también porque cuando no está un propietario quien lo va a sustituir. Podría entrar en vigencia para la otra elección, pero en esta no se puede”, dijo el tricolor.

El pedecista Arnoldo Marín, también funge como suplente del diputado Rodolfo Parker.

“Es una deficiencia que ha tenido el sistema pero considero como abogado que el hecho de que haya habido esa deficiencia no es que seamos ilegales. Yo creo que si la Sala (de lo Constitucional) considerara un recurso de esa naturaleza, la declararía para que en futuras elecciones se legisle “, estimó Marín.

Agregó que como diputados ya están haciendo las adecuaciones en la normativa electoral para que en futuras elecciones para diputados, aparezcan el nombre y las fotografías de los aspirantes a suplentes para que la población los identifique y marque por los de su simpatía.