Funde-ALAC reitera petición de sancionar a presidente CSJ

Afirma que ese es el proceso que la ley define por incumplimiento de fallos que emite el Instituto

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Los comisionados realizaron una serie de preguntas al jefe de la sección de Probidad durante la audiencia.

Por Edmee Velásquez/Mirella Cáceres

2015-10-21 9:11:00

La Fundación Nacional para el Desarrollo (Funde), a través de su oficina de Asesoría Legal y Anticorrupción (ALAC), reiteró ayer su petición de que se sancione al presidente de la Corte Suprema de Justicia, Óscar Pineda Navas, por no entregarles las auditorías a las declaraciones patrimoniales de tres expresidentes.  

Roberto Burgos, coordinador de la Funde-ALAC, expresó que la petición es debido a que la misma Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) establece que en caso de incumplimiento a una orden del Instituto de brindar información, se debe abrir un proceso para tal fin.

Esta petición fue reiterada en la audiencia de ayer. Ante ello, los comisionados definieron abrir un proceso aparte y confirmaron que pasarán el caso a la unidad de Fiscalización del IAIP para que ahí se determine si procede sancionar o no a la Corte.

Debido a que el presidente de la CSJ es el representante legal de la institución, la demanda va dirigida a él.

La LAIP establece en el artículo 76 como infracción muy grave: “No proporcionar la información cuya entrega haya sido ordenada por el Instituto”. Esto tiene una sanción de veinte a cuarenta salarios mínimos mensuales del sector comercio y servicios.

El presidente de la CSJ, Óscar Pineda Navas, quien tenía un evento a la misma hora en la que se realizó la audiencia en el Instituto, aseguró que no han negado la información sino que debido a la inactividad por la que pasó Probidad tienen miles de expedientes rezagados.

“Indudablemente son miles de expedientes los que quedaron y por supuesto ahorita se está  prácticamente iniciando las investigaciones de todas esas declaraciones o el procesamiento de  todas esas declaraciones”, explicó.

Burgos dijo que queda a criterio del Instituto que la sanción quede sin validez cuando la CSJ entregue la información en el plazo final establecido en la audiencia de ayer.

Añadió que para Funde-Alac lo importante es tener acceso a dicha información y que su deber es pedirla. 

“Como hemos planteado que existen dos faltas graves, una (de ellas) es no brindar la información, puede conducir esto a la suspensión sin goce de sueldo por 30 días del funcionario responsable”, dijo Burgos.