Magistrados defienden el proceso para contratar a la empresa en 2014

Presidente del TSE afirma que la decisión de dejar fuera a la otra imprenta se basó en la Lacap y en que les cobraba menos

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Las autoridades del TSE aún no han convocado a las imprentas interesadas en hacerse del contrato millonario para imprimir las papeletas de votación. foto edh / archivo.

Por Katlen Urquiilla/Edmee Velásquez

2015-10-23 9:30:00

Magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE) defienden el proceso de contratación de la empresa Artes Gráficas Publicitarias (AGP) para que fabricara las papeletas de votación de marzo de este año. 

El presidente del TSE, Julio Olivo, afirmó que la decisión que tomaron está basada en la Ley Lacap. “Hemos tratado de cumplir la ley y la Constitución en ese y otro casos”, respondió al ser consultado, y agregó que los demandantes tendrán que demostrar sus pretensiones ante la Sala. 

“La decisión que tomamos fue no favorecer a una empresa, sino que esa empresa cobraba algunos millones menos por la impresión de la misma cantidad de papeletas, y esa era una situación que, de acuerdo a la Lacap, nos ponía con toda la libertad legal para poder escoger a la empresa que nos ofertara por menos cantidad de dinero, sobre todo ante los presupuestos asignados”, argumentó Olivo. 

El funcionario aseguró que la empresa Algier’s cobraba mucho más que la otra a la que le dieron el contrato. 

“Y esa fue una de las decisiones por las que optamos por esta empresa que, de hecho, ya había administrado la impresión de papeletas en otros eventos electorales”, agregó. 

También en una nota con fecha 20 de marzo de 2015, Olivo respondió a la Sala que la decisión del ente colegiado es legal. 

“Los actos proveídos por la institución que presido y por los que se admitió la demanda del Juicio Contencioso Administrativo clasificado bajo la referencia 44-2015 existen y son legales, pues se dictaron a partir de la interpretación y aplicación de los parámetros normativos establecidos por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones de la Administración Pública (Lacap) y demás legislación aplicable al caso concreto”, dice el escrito enviado por Olivo, en su calidad de representante legal del TSE.

En la misiva, el funcionario también le pide a los magistrados de la Sala que tengan por rendido el informe que le solicitaron en la resolución emitida el 10 de marzo y notificada al Tribunal nueve días después.

También el magistrado Miguel Ángel Cardoza afirmó que la decisión del ente electoral está apegado a la ley.

“Las decisiones fueron motivadas y allí están las razones en el expediente por las cuales nosotros tomamos esas decisiones. Hicimos nuestras valoraciones. El análisis que haga la Sala es el que determinará la legalidad o ilegalidad de nuestra actuación”, indicó.

El funcionario expresó que “a veces los administrados no quedan satisfechos con lo resuelto”, pero que el organismo electoral está sujeto a lo que la Sala decida. 

Defendió que en una decisión como la de elaboración de las papeletas electorales no solo podían tomar en cuenta  el cumplimiento de los requisitos de ley, sino que hay otras valoraciones que tomaron en cuenta como los plazos de entrega, la calidad del producto, los costos, entre otros. 

“Considero que nuestra actuación ha sido legal. Pero estamos sometidos al control de la Sala”, remarcó.  

Sobre el recurso de revisión, los magistrados argumentan que su decisión se mantuvo firme, pese a los alegatos de la empresa que los ha demandado. 

“Nosotros nos mantuvimos firmes en la decisión que tomamos”, dijo Olivo.

Cardoza agregó: “nadie se da por satisfecho en lo que busca hasta última instancia para tratar de ganar los casos. Eso es lógico”, pero indicó que se basaron en opiniones técnicas para no admitir el recurso. “Y ese acto también está debidamente razonado”, acotó.