Sala ampara a madre de víctima de supuesta mala praxis

Sala Constitucional le da visto bueno para que promueva un proceso por daños y perjuicios contra juez que vulneró sus derechos.

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Fachada de la Corte Suprema de Justicia (CSJ). Cuatro magistrados de la Sala de lo Constitucional ampararon a la madre de víctima de supuesta mala praxis

Por David Marroquín

2015-10-28 7:14:00

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) autorizó a la señora Corina Alfaro para que pueda promover un juicio civil por daños materiales y morales causados como consecuencia de la vulneración de sus derechos fundamentales de defensa.

El proceso tendrá que ser promovido en contra del funcionario que estaba al frente del anterior Juzgado  Séptimo de lo Penal, ahora de Instrucción, por no haberle admitido un recurso de apelación del sobreseimiento definitivo a favor del médico Guillermo G., que habría realizado una mala praxis que provocó la muerte de su hija  Corina Isabel.    

La señora Aguilar dirigió su reclamo en contra de la resolución pronunciada por el referido tribunal el 3 de diciembre de 1991 en la que declaraba firme la sentencia que exoneraba de los cargos penales de homicidio culposo (no intencional) al médico Guillermo G.

Argumentó en su oportunidad que el referido juzgado emitió una resolución en la que declaraba firme la referida sentencia, sin antes notificarle a la parte acusadora una resolución anterior en la que le advertía un defecto de forma en el escrito de apelación contra el sobreseimiento definitivo.

En ese sentido, la demandante alegó que el referido tribunal le vulneró sus derechos de audiencia, acceso a los medios impugnativos legalmente previstos, seguridad jurídica”, ya que no se le permitió a la parte acusadora subsanar el defecto de forma antes de declarar firme el sobreseimiento definitivo.

La Sala señala que el juez de ese entonces no advirtió a la demandante del defecto de forma en la apelación a la resolución de la exoneración definitiva.

En ese sentido, los magistrados le ordenan al ahora Juzgado Séptimo de Instrucción que se pronuncie también sobre la admisibilidad del recurso de apelación presentado por la demandante contra el sobreseimiento definitivo del médico que atendió a su hija.