Ordenan no conectar aguas negras a manantial

Se incumplió el permiso ambiental emitido por el Marn el 9 de febrero

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El juez ambiental de San Salvador ordenó clausurar una conexión de aguas negras se sería conectada a un manantial en Atiquizaya.

/ Foto Por Miguel Villalta

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2015-09-14 9:30:00

El Juzgado Ambiental de San Salvador resolvió el 2 de septiembre pasado que la empresa constructora de la residencial “Villas de Atiquizaya”, Salazar Romero, suspenda de forma total y definitiva el desagüe de aguas negras que haría sobre el acuífero que se encuentra incrustado en las tuberías  instaladas en un inmueble de naturaleza rústica que está en el cantón Zunca, de Atiquizaya, Ahuachapán.

El juzgado ambiental también ordenó a la empresa que restaure al estado natural el acuífero subterráneo que drena al riachuelo Las Minas, que ha sido alterado con la construcción de la servidumbre en el inmueble antes mencionado.

Para ello, cuenta con “un plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente proveído, de lo cual deberá informar a este Juzgado”.

El daño, como lo publicó El Diario de Hoy el 30 de agosto, es en un manto acuífero subterráneo de agua dulce que alimenta al río Las Minas. Este se conecta con el río San Antonio que va a dar a las piscinas del balneario Agüijuyo. La tubería que fue instalada para aguas negras recibe el manto acuífero por lo que ya no corre de forma subterránea.

La síndico de la alcaldía, Jenifer de Mirasol, explicó que esta no dio permisos para la ejecución de este proyecto ya que la Ley de Urbanismo y Construcción determina que debe ser el Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano (VMVDU).

Sin embargo, dicha entidad emitió una resolución el 2 de julio de 2015 donde pide a la alcaldía que suspenda la obra e imponga una multa por vulnerar la legislación en estos procesos, explicó la funcionaria municipal. La multa fue de $26,250.

Mientras que el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN) emitió una resolución donde afirma que el proyecto “no requiere de la elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental”.

En la resolución del Marn número 20913-170-2015, en el número romano “III” establece que “no hay afectación o modificaciones a cauces, drenajes naturales o cuerpos de agua ni sus zonas de amortiguamiento” y que “no hay condiciones de riesgo”.

Pero el Juzgado Ambiental de San Salvador ordenó a Medio Ambiente revisar los criterios establecidos en el documento de categorización de actividades, obras o proyectos emitido por ese Ministerio para la evaluación de proyectos y su gestión ambiental.

Además que sea actualizada a la realidad ambiental del país, de lo cual deberá informar a dicho tribunal en un plazo máximo de dos meses.
También le pide que realice una revisión de los criterios ambientales que fueron tomados en cuenta para la categorización del proyecto denominado “Residencial Villas de Atiquizaya” a fin de determinar que la ejecución de dicho proyecto no ha conllevado la alteración de esos criterios que fueron tomados en cuenta a la hora de categorizar la obra en el grupo B. 1 categoría 1.

La síndico expresó que el 20 de julio y 2 de septiembre solicitaron a la Dirección de Evaluación y Cumplimiento Ambiental un valúo relacionado a los daños ocasionados al medio ambiente. Pero a la fecha no ha habido una respuesta.

“¿Por qué es importante que se ejecute esta acción?, porque a nosotros nos permitirá saber cuál es la dimensión de los daños que se ha causado a nuestro municipio y así iniciar el proceso civil correspondiente”, expresó de Mirasol.

La alcaldía contratará a un experto para que determine dichos daños ocasionados y la forma cómo resarcirlos.

La alcaldesa Ana Luisa Rodríguez señaló que será el Viceministerio de Vivienda y Medio Ambiente los que decidirán si el proceso de construcción de las viviendas continúa. Aunque el gerente de Desarrollo y Ordenamiento Territorial de la alcaldía, Leandro Figueroa, aclaró que la primera entidad ordenó suspender los trabajos para evaluar el caso y que, incluso, podría ordenar la demolición de las viviendas.

Daño verificado

Un informe técnico remitido el 26 de agosto al Juzgado Ambiental de San Salvador confirma que cómo parte del proyecto “Villas de Atiquizaya” se hizo pasar agua de manantial a través de tuberías destinadas para las aguas negras de esa residencial.

Por ello, la primera recomendación de ese informe es: “Clausurar de manera total y definitiva el desagüe de aguas negras de la ‘Residencial Villas de Atiquizaya”, que se hará sobre el acuífero subterráneo ubicado en el inmueble sobre carretera al municipio de San Lorenzo (AHU-11N), en el cantón Lomas de Alarcón, municipio de Atiquizaya, departamento de Ahuachapán”.

El Diario de Hoy visitó ese terreno el 21 de agosto y constató que al quitar tapaderas que dicen “aguas negras”, lo que se mira salir por las tuberías subterráneas es agua transparente; según los vecinos del lugar: agua de manantial que corre por el subsuelo hasta alimentar lo que algunos llaman “el balneario Las Minas”.

El mismo informe elaborado por un equipo multidisciplinaria recomienda: “Restaurar al estado natural el acuífero subterráneo que drena al riachuelo Las Minas”. Un pequeño cuerpo de agua que no sobrepasa los dos o tres centímetros profundidad y que, según un empleado de la alcaldía, era más profundo hace algunos meses.

Otra recomendación es que se revoque la autorización para el proyecto “Villas de Atiquizaya”, que emitió el Marn a través de la resolución No 20913-170-2015. Esto debido a que “se ha confirmado una reconversión del proyecto con respecto al manejo de aguas negras y grises sin que la misma cuente con el permiso ambiental emitido por el Marn”.

Los peritos constataron que la Anda emitió una factibilidad el 24 de julio de 2014. Según la factibilidad 163/2014 REF. UR.260.262.2014 el caudal de aguas negras podría incorporarse a un sistema de 8 pulgadas de diámetro, ubicada en la 5º avenida Norte de Atiquizaya. La factilibilidad establece que: “Las disposiciones técnicas podrán variar solo si la autoridad competente que administra el servicio, así lo disponga”.

Para conectar las tuberías al sistema autorizado por la Anda, la empresa constructora pidió a la alcaldía  una servidumbre de 45 metros de largo por 3 metros de largo en la cancha municipal que está junto al proyecto, para dar salida a las aguas negras.

Pero la empresa constructora no usó esa servidumbre. Los técnicos constataron que las tuberías se instalaron a través de un recorrido distinto; lo que “ha puesto en riesgo  el acuífero existente”. Además, se ha hecho una conexión al sistema de Anda “sin contar con autorización”.
Por ello, la cuarta recomendación del informe es que la Anda “debe presentar el pronunciamiento en cuanto al incumplimiento de la factibilidad emitida”.

Los inspectores constataron que la Anda descarga aguas negras sin ningún tipo de tratamiento previo al río San Antonio o San Lorenzo.
Por ello también sugieren pedirle a la Anda que instale sistemas de tratamiento  “para que sus aguas residuales cumplan con la legislación existente”.

Además, se sugiere “advertirle que antes de emitir factibilidades “las descargas deben cumplir con la normativas vigente para las aguas residuales”. Pues esas aguas, después de ser colectadas, son descargadas en ríos o en lagos.

Lo que debe hacer el Marn

Cuatro de las recomendaciones emitidas por el equipo técnicos deberían ser requeridas al Marn. La primera implica que envíe al Juzgado la resolución  administrativa resultante de la inspección que llevó a cabo el 29 de julio, incluyendo el informe de la inspección y los planos aprobados por el Marn.

 También se sugiere pedir a ese ministerio que lleve a cabo el procedimiento administrativo sancionatorio hasta emitir resolución y que después realice la reevaluación de impacto ambiental.

En tercer lugar, se sugiere pedirle al Marn “la evaluación ambiental estratégica del acuífero que ha sido afectado”. Estas recomendaciones están entre las medidas cautelares ordenadas por el juez ambiental.