Familia de PPI asesinado sin derecho a pensión

IPSFA delega responsabilidad en el ISSS

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El agente Joaquín Montiel fue asesinado mientras brindaba seguridad en el Parlacen. Foto EDH / Foto Por elsalvador.com

Por David Marroquín

2015-08-08 7:26:00

El agente de la División de Protección a Personalidades Importantes (PPI) de la Policía Joaquín Montiel Benítez, asesinado en julio pasado por pandilleros mientras custodiaba el edificio del Parlamento Centroamericano (Parlacen), pasó 17 años con ocho meses cotizando al Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada (IPSFA).
Sin embargo, los familiares del agente Montiel Benítez se llevaron la sorpresa de que no podrán ser beneficiados con una pensión o al menos que les devuelvan todo el dinero cotizado por su pariente durante ese tiempo, porque argumentan que por tratarse de una muerte violenta en horas laborales, el Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) es el que deberá de responder con una pensión para sus beneficiarios.
Y efectivamente, los familiares del agente Montiel Benítez no tuvieron otra opción que ir a gestionar la pensión mensual que por Ley les corresponde a su hijo de 12 años y a su esposa al Seguro Social.
En esta institución les dijeron que presentaran los documentos requeridos para comenzar a gestionar la compensación económica que le serviría para la manutención del hijo menor y de la esposa de Montiel Benítez. 
Sin embargo, los parientes del agente asesinado temen de que la pensión mensual que reciban del Seguro Social no sea suficiente para la manutención del hijo menor y de su esposa.
Montiel Benítez resultó gravemente herido de bala la mañana del 7 de julio pasado al ser atacado por dos pandilleros cuando custodiaba la entrada principal del edificio del Parlamento Centroamericano (Parlacen) situado en la Quinta Avenida Norte, de San Salvador.
Los atacantes aprovecharon el momento en el que Montiel abría la puerta principal para que ingresaran unos empleados para hacerle varios disparos. Después de dos días de permanecer en estado crítico de salud y de luchar contra la muerte, Montiel murió en el hospital del Seguro Social.
Reclaman fondos cotizados en IPSFA
Montiel Benítez comenzó a cotizar en febrero de 1982 cuando estuvo prestando sus servicios militares en el Destacamento Militar número 4 con sede en San Francisco Gotera, Morazán; hasta en mayo de este año como parte de la plantilla de la Policía Nacional Civil (PNC), según el registro del IPSFA.
Los familiares del agente Montiel Benítez no están del todo satisfechos con las explicaciones que les dieron la primera vez en el IPSFA y regresaron por segunda ocasión para reclamar el dinero de las cotizaciones. 
En esta segunda oportunidad, un hijo y un hermano de Montiel Benítez llegaron al Departamento de Servicio al Cliente donde los atendió una amable señorita.
Los familiares le presentaron todos los documentos necesarios para comenzar los trámites que les permitiera retirar el monto del dinero de las cotizaciones mensuales durante casi 18 años.
Sin embargo, la señorita les volvió a repetir la misma historia de que Montiel Benítez había muerto en circunstancias violentas y en horas laborales al considerarse un accidente de trabajo no tenía derecho de recibir una pensión, al menos de esa institución,  y que solo se les entrega a los pensionados que aún no han fallecido. 
Los parientes insatisfechos por la respuesta de la empleada, pidieron hablar con el jefe del Departamento de Servicio al Cliente en un afán por hacerle ver de que se estaba cometiendo una injusticia con la esposa y el hijo menor de Montiel Benítez.
Este funcionario los  atendió de forma amable a los parientes del agente PPI y les volvió a explicarle los mismos argumentos que anteriormente se los había dicho la empleada.
Ante la inquietud del hermano de  que si él cotizó durante casi 18 años al IPSFA y por qué no regresarle ese dinero que prácticamente estuvo ahorrando.
“Por 18 años no dan ni cinco de devolución ni ningún beneficio como IPSFA, simplemente nos mandan a un acuerdo que tienen con el Seguro Social para que ahí se nos atienda, y posiblemente le den la pensión a su hijo menor y a su esposa”, dijo Cristóbal Montiel, hermano del agente asesinado.
Agregó que “estamos conscientes de que quien tiene que responder o dar explicaciones concretas es el IPSFA porque él no firmó esta situación con el Seguro Social, sino que lo hizo con el IPSFA y por qué hoy nos mandan a una institución donde él no hizo ningún convenio de aseguramiento”.
 En todo caso, el funcionario explicó que el sistema previsional del IPSFA no contempla esa posibilidad porque es un sistema de reparto y no es un sistema previsional de cuenta individual como en el caso de las AFP. 
Les explicó que todas las cotizaciones que mensualmente se les descuentan a los derechohabientes del IPSFA van a un fondo común, de donde se saca para el pago de las pensiones a los militares que se encuentran en situación de retiro.
Con esas palabras, el funcionario prácticamente le estaba diciendo a los familiares de que no recibirían ningún centavo.
Para justificar el argumento anterior, el funcionario recurrió al artículo 38 del Reglamento para la aplicación del Régimen del Seguro Social, el cual, según el funcionario, se apega a la situación del agente Montiel Benítez.
El referido el artículo establece que en caso de muerte de un asegurado por accidente de trabajo o enfermedad profesional o de un beneficiario de pensión completa de incapacidad se otorgará al cónyuge y a los hijos que dependían económicamente del afiliado a la fecha de su muerte. Las pensiones de sobrevivientes serán calculadas sobre el monto de la pensión completa de incapacidad correspondiente.
Ante la inquietud del hermano del agente asesinado  de que en este caso de que todo el dinero cotizado durante los 18 años ya no se los regresan a los parientes, ¿qué se hace ese dinero?, el funcionario explicó que la Ley del IPSFA no contempla que se le debe de otorgar una pensión a familiares de un cotizante fallecido y que en esos casos, el Seguro Social es el que tiene que responder por lo de la pensión.
Sin embargo, la Ley del IPSFA establece las pensiones de sobrevivientes para las esposas, hijos menores de 21 años, padres y madres que el afiliado haya puesto como beneficiarios.
El artículo 36 de la referida ley señala que tendrán derecho a las pensiones de sobrevivientes los beneficiarios de  un afiliado que falleciere en ocasión de cumplir con un acto del servicio o como consecuencia directa de éste, les corresponderá una pensión equivalente al cien por ciento del salario básico regulador del causante.
“Nos presentamos como familia y lo que nos dicen ahí es que no tiene derecho a nada por ser reafiliado, que vaya al Seguro Social que ahí les darán una pensión, ya sea para su hijo menor o a la esposa”, dijo su hermano Cristóbal.
Consideró que el hecho de no quererle reconocer la cantidad de dinero que estuvo cotizando por más de 17 años, “es totalmente ilegal e inconstitucional porque es un decreto o acuerdo al que han llegado el Seguro Social y el IPSFA para repartirse obligaciones”.
IPSFA argumenta                     doble pensión 
El IPSFA a través de un comunicado, se desmarca de la responsabilidad de pagarle la pensión que aparentemente le correspondía a la familia del agente Montiel Benítez.
Señala que este último cotizaba al régimen de invalidez, vejez y muerte en el referido Instituto, pero a la vez cotizaba al régimen de salud, maternidad y riesgos profesionales del ISSS.
En ese sentido, por haber sido la causa de su muerte un riesgo profesional, se les recomendó a los familiares del agente PPI que solicitaran la pensión de sobreviviente en el Seguro Social.
También se les comunicó a los familiares que el IPSFA al igual que las AFP, a los afiliados del régimen especial, al cual pertenecía el afiliado, solo brinda cobertura cuando la muerte es catalogada por accidente o enfermedad común, no así los que se producen por accidente o enfermedad profesional, cuya cobertura está a cargo del ISSS.
Señala además que la “coexistencia de estos regímenes es excluyente, pues no puede cobrarse doble pensión en ambas instituciones por el mismo afiliado”.
Los familiares no descartan acudir a la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (ISSS) para reclamar justicia en este caso.