CEL se defiende, pero informe la refuta

Pese a señalamientos de CCR, titular de la institución dijo hace poco que la auditoría al proyecto “ha salido bien” y arrojó que arreglo fue legal

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Oficinas de CEL

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2015-08-18 9:55:00

El Diario de Hoy ha solicitado en reiteradas ocasiones a la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL) una entrevista para hablar sobre el arreglo directo con la constructora Astaldi S.p.A. que liquidó el contrato para la construcción de El Chaparral. La semana pasada se le pidió nuevamente hablar de ese tema y otros relacionados como la continuidad del proyecto, así como de la auditoría que le realizó la Corte de Cuentas, pero aún no ha contestado.

Hasta hoy, la CEL solo ha reaccionado a través de comunicados y de una carta enviada a El Diario de Hoy tras la publicación del reportaje en 2012 que revelaba el cuestionado arreglo directo dado que pagó $108.5 millones por una obra inconclusa.

La institución siempre ha argumentado la legalidad del arreglo y la razón por la que lo hizo: evitar que el Estado fuera demandado ante un tribunal internacional, lo cual le hubiera significado un proceso oneroso y largo.

La semana pasada, el actual titular de la CEL, David López, volvió a defender el trato con Astaldi, con un aval que le habría dado la Corte de Cuentas. Para el caso mencionó una auditoría que, según él, arrojó que “por alguna razón algún procedimiento administrativo no ha salido bien, pero que en general la auditoría indica que se hizo bajo un procedimiento que lo rige la ley”.

También aseguró que dicho examen solo arrojó “cuestiones de interpretación para mandos medios”.

El arreglo, firmado el 11 de julio de 2012 , lo decidió la administración de Leopoldo Samour en CEL durante el gobierno de Mauricio Funes. Este último lo defendió a ultranza e insistió en que nunca hubo irregularidad.

En el comunicado, publicado el 20 de julio de 2013 y en forma conjunta entre la CEL y la Astaldi, afirmaban que “eventos naturales impactaron el sitio de la obra y motivaron tratamientos y modificaciones técnicas específicos”, pero que debido a que el contrato llave en mano no se podía modificar, que era necesario reactivar la obra y evitar mayores daños, les llevaron a hacer el arreglo.

El arreglo directo, decían, estaba amparado en los artículos 95, 161, 163 y 164 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública. 

Así, aseguraban, se estableció “la liquidación total del contrato por la suma de $108.5 millones”.

También explicaban en el comunicado que de ese monto se deducía al contratista lo construido, que equivalía a $85 millones, de los cuales ya se le habían cancelado $79.8 millones y que aún estaban pendientes de cancelar $5.2 millones, por lo que a ese momento solo se le reconocería a la constructora $23.5 millones.

En la nota no detallaban cómo habían calculado el monto base de los $85 millones, que es lo que les cuestionó la Corte de Cuentas, solo que las partes habían conciliado las cantidades “a partir del avance y construcción de la obra, con los anticipos y otros pagos realizados con anterioridad, y tomando en cuenta aquellos reclamos económicos que ambas partes han estimado como procedentes, así como el costo beneficio que para el interés público origina la inmediata efectividad del Arreglo Directo y la total certidumbre de la situación de la situación jurídica de la obra para su continuación”.

También se decía que de acuerdo con la supervisión de las obras, el valor actual de las mismas presentaba un 38 % del monto total del contrato, pese a que, según los auditores de la Corte, a la fecha del examen le había dicho que el avance del 29.28 %. 

Con ello, aseguró la CEL, se lograría resguardar la inversión del Estado salvadoreño, evitar el deterioro de las obras construidas, garantizar la continuidad del proyecto y generar la energía eléctrica que satisfaría la necesidad de dicho servicio público.

En una carta que la CEL envió a El Diario de Hoy en septiembre de 2012, exponía que a la llegada de Samour se encontraron reclamos, en el proyecto El Chaparral, por costos sostenidos que llegaban a un valor de $52.391.095 millones. 

Ante eso, se tenían dos opciones: ir a un arbitraje, o negociar la finalización del contrato y que finalmente se logró un acuerdo para reducir esos reclamos a solo $23.5 millones, lo cual fue aprobado por la Junta Directiva de CEL, incluyendo al Director designado por la Empresa Privada.

Sobre el representante del sector empresarial, la Asociación Nacional de la Empresa Privada aclaró que no tenían un representante en el consejo directivo de la CEL.

También justificaban que el contrato modalidad “llave en mano”, elegida para este caso, impedía tomar decisiones para proteger, en forma rápida y efectiva, el bien común y las obras públicas ya desarrolladas y se evitaban “arbitrajes leoninos y onerosos” como el caso de la Nejapa Power entre 1995 y 2002.

Pero en la auditoría a la que accedió El Diario de Hoy, la CCR le dice que debió haber tomado en cuenta las opiniones para determinar montos a la hora del arreglo directo de los supervisores externos de Euroestudios e Ingetec y del coordinador del proyecto delegado por la CEL, que le informaron que el porcentaje de avance del real en la fecha en que hicieron el arreglo directo era menor al que le reconocieron a la Astaldi.

Además le habían sugerido que la constructora ya tenía conocimiento de los problemas que alegaba.

Los auditores le dicen que se confirma la irregularidad, pues basándose en un cuadro de avances de la obra registrado por los encargados de la Supervisión, de septiembre de 2009 a junio de 2012, el avance era del 29.28 % y no del 38 % como al final conciliaron con la Astaldi.

De hecho, los auditores le achacaron que primero la CEL respaldó la improcedencia del primer reclamo que hizo la constructora, pero en el segundo que hizo ya no hay evidencia documental que registre qué respondió la Presidencia o la Junta Directiva de la institución. Incluso reprende a la Junta Directiva que no tomó ninguna acción para determinar responsabilidades de los atrasos, pero que luego decidió un arreglo directo bajo el razonamiento de diferencias técnicas sobre las causas y las consecuencias del atraso de la obra conforme el cronograma de ejecución pactado.