Juez ambiental ordena al Marn reforestar zona talada

El CNR confirmó que la zona deforestada es propiedad del Estado y está “protegida”

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Imagen captada el 17 de marzo en el terreno deforestado en el ??rea Natural Protegida Zanjón El Chino, San Francisco Menéndez, Ahuachapán.

/ Foto Por Cortesía Organización Istaten

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2015-08-28 9:30:00

La tala ocurrida en el Área Natural Protegida El Zanjón El Chino, en San Francisco Menéndez, Ahuachapán, no es solo un delito ambiental, sino que también puede ser un delito penal.

Por eso el Juzgado Ambiental de San Salvador certificó el expediente del caso a la Fiscalía General de la República para que “promueva las acciones correspondientes” en un plazo máximo de quince días.  Es decir a más tardar el 14 de septiembre.

El juez Samuel Lizama también ha dictado una serie de medidas cautelares que deben cumplir el Ministerio de Medio Ambiente y la  alcaldía de San Francisco Menéndez.

El Marn tiene hasta el 14 de septiembre para hacer llegar al Juzgado Ambiental  el plan de manejo del Área Natural Protegida Zanjón El Chino, en San Francisco Menéndez, Ahuachapán.

Un extécnico del Marn aseguró que ese plan se preparó pero no se oficializó: “En Santa Rita y Zanjón El Chino hicieron uno con  la Cooperación Española pero nunca lo oficializaron”. Para ello es necesaria una aprobación técnica y un acuerdo ministerial.

Pero la medida que debió tomar de forma inmediata el Marn, tras recibir la notificación del  juzgado el 24 de agosto, es la que afirma: “Suspenda (…) la actividad de tala de árboles en el inmueble denominado Hacienda El Chino, ubicado en el Complejo Barra de Santiago, Zanjón El Chino”. El mismo tribunal ordena al Marn suspender “de forma inmediata” cualquier ampliación de la frontera agrícola dentro de dicha ANP.

En julio, el alcalde de San Francisco Menéndez, Narciso  Ramírez, aseguró a El Diario de Hoy que la tala no ocurrió en marzo, como lo denunció la Unes, sino en el 2002.

En palabras del edil el área  donde se llevó a cabo la tala “no es zona protegida hasta el momento”,  pues “están en el proceso de querérselo traspasar del ISTA al Ministerio de Medio Ambiente ahora”.

El jefe del Registro de la Propiedad Raíz e Hipoteca de la Segunda Sección de Occidente, informó al juzgado ambiental el 19 de agosto que “el inmueble ubicado en Hacienda El Chino, Cantón Garita Palmera (…) por un error involuntario se inscribió a favor de ‘Recursos Naturales Renovables’, por lo que dicho error se subsanó quedando la inscripción a favor del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con base al decreto número diez del Órgano Ejecutivo”.

Rafael Antonio Cruz, de la organización ambientalista Istaten, asegura que él y otros habitantes de la zona descubrieron la tala en marzo.
Respalda sus afirmaciones con una serie de fotografías tomadas el 17 de marzo, según el grabado que aparece en una esquina de las imágenes. En algunas de las fotos se puede ver un máquina excavadora marca Volvo.

Marn y alcaldía deben proteger el zanjón

Además de ordena suspender los cultivos agrícolas en una brecha de por lo menos cincuenta metros de distancia a ambos lados del zanjón,  para garantizar que el ecosistema no resulte contaminado con productos químicos usados en esa actividad.

Según el artículo 17 de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, el Marn debe emitir “las normas correspondientes para la formulación y aprobación de los planes de manejo y planes operativos para la gestión de las ANP”.

En un plazo de 90 días, el Marn también debe restablecer el bosque de galería. Para ello debe dar prioridad a las especies: madreselva, anona de playa, palma real, cedro y zamia. Especies que según el Marn tienen estatus de vulnerables, amenazadas o en peligro dentro del complejo Barra de Santiago.

Otra medida que debe implementar el Marn en un plazo de 90 días es la señalización del ANP de forma que “sea posible distinguirse la ubicación y denominación de cada lugar, las rutas más accesibles y seguras para el recorrido de la misma y los rumbos y distancias respectivas”.

El Tribunal aclara que esos plazos han sido otorgados porque “un mes no es suficiente para planificar, coordinar y ejecutar lo ordenado”.
Por lo que el Marn deberá notificarle cada quince días sobre los avances en la implementación de las medidas.

Otra medida que debe implementar el Marn en un plazo de 90 días es la señalización del ANP de forma que “sea posible distinguirse la ubicación y denominación de cada lugar, las rutas más accesibles y seguras para el recorrido de la misma y los rumbos y distancias respectivas”.

Finalmente, el juzgado ambiental requiere al Marn que “inicie los respectivos procesos sancionatorios administrativos correspondientes contra las personas que según sus investigaciones resulten responsables de la tala de árboles” en el Zanjón El Chino.

El juzgado también requiere a alcalde de San Francisco Menéndez, José Narciso Ramírez Ventura, para que por medio de la Unidad Ambiental Municipal “ejerza el mecanismo de control y protección del Área Natural Protegida El Chino” y colabore con el Marn en el cumplimiento de las medidas que se le han dictado al ministerio.

Finalmente, el juez Lizama certificó el expediente del caso a la Fiscalía General de la República  “para que promueva las acciones correspondientes en un plazo máximo de quince días hábiles”.

Con estas medidas del juzgado, la restauración y conservación de el Zanjón El Chino queda en manos del Marn y de la alcaldía de San Francisco Menéndez.

La responsabilidad de investigar y dar con los responsables de la tala de esta Área Natural Protegida está en manos de la Fiscalía General de la República.