Sala ordena a Fuerza Armada investigar desapariciones

Los casos ocurrieron durante un operativo militar realizado entre mayo y junio de 1982 en Chalatenango

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La Sala de lo Constitucional ordenó que se investigue las desapariciones forzadas ocurridas entre mayo y junio de 1982 en Chalatenango. Foto EDH

Por El Diario de Hoy nacional@eldiariodehoy.com

2015-07-10 8:00:00

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró favorable la solicitud de hábeas corpus por la desaparición forzada de 11 personas, durante un operativo militar que se realizó en el departamento de Chalatenango en 1982.

Las víctimas de la desaparición forzada fueron María Amparo Romero y su hijo, Elvira Orellana, José Rafael Franco, Pastor Serrano Serrano, Gladis Serrano Serrano, Norberta Serrano Serrano, José Mauricio Menjívar Melgar, Rosa Morena Orellana Tobar, Milagro Navarro Orellana y Marcos López Orellana. Las desapariciones se registraron durante un operativo militar denominado Operación Limpieza –conocido también como Guinda de Mayo–, efectuado en Chalatenango en mayo y junio de referido año, dice la Sala en su resolución emitida ayer.

También indica que lo sucedido es “responsabilidad de la Fuerza Armada Salvadoreña”.

En este sentido, la Sala ordena tanto al Ministro de la Defensa Nacional como al Jefe del Estado Mayor Conjunto de la Fuerza Armada que, “a través de una nueva verificación de sus registros y cualquier otro medio lícito, proporcionen información en relación con el operativo militar realizado en los lugares y fechas indicadas”. También pide que los resultados de esa investigación sean comunicados a la Sala y a la Fiscalía.

“Se requiere a la Fiscalía que, conforme a sus atribuciones constitucionales, por los medios y en la forma legalmente establecida, investigue inmediatamente la desaparición forzada de los favorecidos, así como la determinación de la situación material en que se encuentran, con el objeto de salvaguardar sus derechos fundamentales de libertad física e integridad personal”.

La Fiscalía deberá informar cada tres meses sobre los avances en las gestiones que haga para garantizar “el restablecimiento del derecho de libertad física de las personas inicialmente señaladas”, manda la Sala.

En su resolución la Sala afirma que el origen de las vulneraciones contra las víctimas “es atribuible a los Batallones de Infantería de Reacción Inmediata Atlacatl y Ramón Belloso, apoyados por la Cuarta Brigada de Infantería de El Paraíso, la Brigada de Artillería de San Juan Opico y la Fuerza Aérea Salvadoreña”, por ser las unidades militares responsables de la Operación Limpieza. Dice que debido al “patrón de desinformación” también son responsabilidad del Ministro de la Defensa y del Estado Mayor Conjunto de la Fuerza Armada.