Piden armonizar ley de delitos informático con el código penal

Diferente sectores señalan que la propuesta se contradice con artículos del Código Penal

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Piden armonizar ley de delitos informático con el código penal

Por Magdalena Reyes politica@eldiariodehoy.com

2015-07-10 7:00:00

Distintos sectores productivos y analistas se manifestaron respecto a la Ley de Delitos Informáticos, la cual no fue discutida por la Asamblea Legislativa durante la última sesión plenaria del pasado jueves porque diferentes fracciones dijeron que no tenían copia del documento y que no había sido discutido lo suficiente.

Arnoldo Jiménez, director ejecutivo de la Asociación de Nacional de la Empresa Privada (ANEP), consideró que la propuesta de ley lleva una gran cantidad de delitos informáticos, intervención y destrucción de bases datos, el desprestigio, difamación y calumnia emitida a través de redes sociales como el Twitter, y para todo esto ya existen maneras tecnológicas que permiten presentar pruebas.

“Por ejemplo uno puede presentar el IP (número de registro de cada computadora o celular con acceso a Internet) de dónde salió la comunicación en Twitter y normalmente bajo el Código Penal actual, uno lo puede probar, a través de una intervención, el problema es que siempre para esto se necesita a la Fiscalía General de la República”, considera Jiménez.

Citó como ejemplo que, si se supone que están transmitiendo “troles desde Casa Presidencial”, entonces, lo mejor sería que se buscara si existe ahí un “call center” de campaña sucia.

“Ese problema, por ejemplo, esta ley no lo resuelve, siempre sigue siendo el fiscal el que debe colaborar, entonces ahí es donde hay delitos cibernéticos que se pueden resolver y otros que no”, indicó el representante gremial.

Agregó que todo los delitos que menciona la propuesta de ley ya están contemplados dentro del Código Penal.

“Estamos cayendo en hacer más leyes que muchas veces no se han analizado de manera de armonizarla con el resto de la legislación, todo esto ya está en el Código Penal”, sostiene Jiménez.

“Yo realmente no le veo ningún aporte a esta ley, lo que se debe hacer es revisar el código penal para definir cómo se presentan las pruebas y cuáles son los procedimientos para la presentación de peritos y dentro de los tribunales poder defenderse de quien hace mal uso de las tecnologías de información, para dañar la dignidad y el honor de las personas u opositores políticos a quienes quieren callar”, explicó.

El representante de la gremial destacó que este tipo de delitos va en contra de la democracia y, aunque hay libre expresión, no se debe permitir que lo hagan dentro del anonimato.

Agregó que los “jaqueos” a bases de datos ya establecen un delito en contra de la propiedad intelectual y propiedad de las empresas.

“El tema es que, para probarlos hay que definir de alguna manera procedimientos que se puedan seguir y peritos calificados, cosa que a mi juicio ya es posible, hay casos que avanzan y casos que no avanzan, todo depende de la voluntad política”, consideró.

El representante de la gremial argumenta, que dependiendo de como se administre, incluso podría constituirse en una “ley mordaza”.

“En todo caso esto debe ser analizado por abogados penalistas porque para mí muchas de estas cosas ya están incluidas dentro del Código Penal” vigente, valoró el representante de la ANEP.

Ley debe armonizarse con Código Penal.

Para Javier Castro, director de Asuntos Legales de la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico Social (Fusades), la propuesta de ley debe ser ampliamente discutida con diferentes sectores de la sociedad.

Agrega, además, que el artículo 24 de dicha propuesta que establece : “El que haciendo uso de las tecnologías de la información y la comunicación difunda información, imágenes, audios, videos o cualquier medio cuyo contenido cause perjuicio o dañe la dignidad, el honor, ponga en peligro la integridad física y moral de una persona, será sancionado con prisión de tres a cinco años”, constituiría un retroceso, ya que desde 2011 se había avanzado con reformas, eliminando las penas privativas de libertad (cárcel) en los casos de los delitos contra el honor y se habían puesto penas de multa.

El especialista señala que la propuesta de ley establece parámetros sumamente vagos y puede implicar determinaciones que restrinjan la libertad de expresión.

Sugiere que la propuesta se analice y sea armonizada con el Código Penal porque muchos de los delitos que contempla ya están establecidos en dicha legislación.

Afirmó que la difamación es un delito y debe castigarse, eso ya está regulado en el Código Penal, por eso debe revisarse la propuesta de ley y que esté acorde con el Código.

Por su parte Roberto Rubio, director de la Fundación Nacional para El Desarrollo (FUNDE), consideró que el artículo 24 debería delimitarse para aquellas personas que amparándose en el anonimato realicen delitos contra el honor, porque para personas plenamente identificadas hacen este tipo de faltas ya esta contemplada una forma de sanción en el Código Penal.

Consideró que el Estado debería buscar colaboración internacional, como apoyo de las transnacionales relacionadas con Internet y tecnología gracias los mecanismos de rastreo que poseen, colaboren con las investigaciones.

“Para mi la clave es poder castigar a las personas que se amparan en el anonimato porque para las personas que dan la cara ya hay una ley”, concluye Rubio.