En peligro acuerdo Cel-Enel por juicio civil a ejecutivo italiano

CEL apeló ante Juzgado Séptimo de Paz

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En peligro acuerdo Cel-Enel por juicio civil a ejecutivo italiano

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2015-05-31 7:00:00

Pese al Acuerdo Marco para cerrar el caso CEL-Enel y a una semana de que se revisen si se han cumplido los compromisos a satisfacción, la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL) apeló contra una resolución del Juzgado Séptimo de Paz que exonera de un juicio por daños y perjuicios a nueve involucrados en dicho caso, incluyendo a un ejecutivo de la empresa italiana: Paolo Pietrogrande, administrador delegado por la empresa italiana para firmar el acuerdo entre accionistas.

La sola apelación pone en riesgo la solución de un conflicto que duró 10 años entre CEL y Enel y que fue superado en gran medida con el Acuerdo Marco en diciembre pasado.

El siguiente paso podría ser ahora la reapertura del litigio que mantuvo El Salvador con Enel en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias en Inversiones (CIADI) en Washington DC.

Dicho conflicto derivó en la apertura de un proceso penal contra casi una veintena de exfuncionarios y ejecutivos de Enel que tuvieron que ver con la suscripción de un contrato con la empresa italiana para la explotación de la energía geotérmica en el país.

El Acuerdo Marco de diciembre establecía “la extinción definitiva e irrevocable de la acción civil (responsabilidad por daños y perjuicios) en el caso, la cual se haría extensiva a todas las personas naturales que tienen calidad de imputadas en los mismos” (ver documento arriba).

Pero inexplicablemente y pese a que el presidente de la CEL, David López Villafuerte, firmó finiquitos y exoneraciones, la autónoma ha dicho desde febrero que se reserva el derecho de promover un proceso por daños y perjuicios.

En su escrito de apelación, la CEL señala a Pietrogrande con la acusación de “cómplice necesario”, y advierte que la decisión del Juzgado Séptimo de Paz no estuvo apegada a Derecho, además de aducir errores en la resolución.

Ignora facultad de Fiscalia

La representación legal de la CEL alega que la extinción de la acción civil únicamente puede darse por renuncia expresa del ofendido o de su representante legal, con lo cual soslaya el compromiso que fue firmado por el Fiscal General de la República como representante del Estado.

“Quien quiera que sufra el perjuicio por el hecho reputado como delito puede disponer del derecho a reclamar la reparación del daño y es ésta la razón por la cual el No. 1 del Artículo 45 del Código Procesal Penal contempla la renuncia de su ofendido o de su representante legal como causa de extinción de la responsabilidad civil”, señala el escrito presentado por el CEL el 25 de mayo pasado.

La semana antepasada, la Jueza de Paz, Evelyn Jiménez, decretó sobreseimiento o exoneración definitiva y extinción de las responsabilidades civiles para nueve implicados, tal como los solicitó a la Fiscalía General de la República (FGR). Los señalados estaban fueron acusados inicialmente de peculado bajo la figura de cómplice necesario en perjuicio de la administración pública y las finanzas del Estado.

La jueza ha sostenido que CEL no puede argumentar que no está obligada a cumplir con el Acuerdo Marco, pues el mismo fue celebrado entre el Estado y Enel, por lo que la CEL no es una empresa privada sino una institución pública autónoma.

No obstante, en el Acuerdo Marco entre CEL y Enel, quedó establecido que se extinguiría “de manera irrevocable” la acción civil contra los involucrados en el caso, además del proceso abierto en el Juzgado Séptimo de Instrucción, donde los exfuncionarios acusados están actualmente en la etapa de juicio.

Pese a ello, el Juez de Instrucción, Miguel Ángel García Argüello, mantiene vivo el reclamo por daños y perjuicios (acción civil) que CEL e INE hace en contra de ocho procesados.

Contradicciones

En tanto, esta apelación presentada por la autónoma se considera contradictoria, tomando en cuenta que el mismo presidente de la CEL, David López Villafuerte, firmó los finiquitos de liberación de responsabilidades civiles como se incluía en el Acuerdo Marco.

La fiscal del caso, Naida Valenzuela, declaró en la audiencia preliminar celebrada en marzo pasado, que renunciaban a reclamar la acción civil tanto para las sociedades Enel como para las nueve personas procesadas.

La decisión de Valenzuela fue basada en el Artículo 3 del Acuerdo Marco suscrito en diciembre por el Fiscal General, Luis Martínez, y Nicola Melchiotti, representante de Enel.

Sin embargo, López Villafuerte ha insistido en que los acusados deben pagar “al menos” $287.6 millones que fueron desembolsados por CEL, a través de INE, para recuperar las acciones que tenía Enel en LaGeo, una subsidiaria del la autónoma.

El caso pasará a la Cámara Primera de lo Penal y el proceso se atrasará a pocos días de que, el 7 de junio, concluya el plazo del Acuerdo Marco firmado por ambas partes.

Edgar Morales Joya, abogado defensor de uno de los señalados, ha explicado que la Fiscalía lo que ha hecho es renunciar al ejercicio de la acción civil, por lo que el Estado no tendría un representante para poder hacer un reclamo por daños y perjuicios.

El litigo inició cuando el Gobierno no permitió en 2006 que Enel realizara una inversión de más de $128 millones en pozos geotérmicos.

La empresa entonces acudió a un Tribunal de París, Francia, para reclamar esta situación y ganó el laudo arbitral que el Estado se negó a cumplir bajo la administraciones de Antonio Saca y luego de Mauricio Funes. Enel también ganó la apelación ante la Corte De Casación en París, Francia y al mismo tiempo se desarrollaba el juicio en el CIADI del Banco Mundial, el cual ahora se pone en riesgo.