Sala ampara a los vecinos del relleno sanitario de Sta. Ana

b Advierten al MARN sobre la transgresión al derecho a la salud de los habitantes cercanos al botadero de basura

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Varias veces, personas que dijeron ser de comunidades cercanas, se quejaron del relleno. Foto EDH / archivo

Por Iris Lima comunidades@eldiariodehoy.com

2015-06-16 9:00:00

SANTA ANA. La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) consideró que el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN) vulneró el derecho al medio ambiente y a la salud de las personas que residen en los alrededores del relleno sanitario ubicado en la hacienda Santa Rosa, caserío El Zompopo, cantón Cujucuyo, en Texistepeque.

La resolución, que fue firmada por los cinco magistrados, se da luego de que los habitantes afectados interpusieran un recurso de amparo el 3 de diciembre del año pasado, por supuestos daños medioambientales y el riesgo para la salud de los demandantes.

Los magistrados ampararon a los demandantes porque en el proceso comprobaron la falta de control del MARN en relación con la actividad del relleno, encontrando ciertos niveles de contaminación en las zonas aledañas, afectando a las comunidades San José El Zompopo, Cutumay Camones, Santa Gertrudis y San Jacinto.

Es así como le ordena a la referida entidad estatal establecer un sistema permanente de monitoreo y seguimiento del relleno, además de “revisar las condiciones de operación establecidas en los permisos ambientales de construcción y funcionamiento del referido relleno, incluir aquellas que coadyuven a una protección más eficaz del medio ambiente”, reza una parte de la resolución.

También le otorga un plazo de 90 días posteriores a la notificación de la sentencia, remita un informe al tribunal sobre el cumplimiento de dichas medidas.

Gestión de habitantes

La resolución ya es del conocimiento de los habitantes afectados, así como también de la Coordinadora Nacional del Medio Ambiente. Esta última ha luchado desde 2011 por evitar su construcción.

Óscar Galdámez, promotor ambiental de la Coordinadora y afectado directo por residir en la zona, explicó que debido a la premura de la resolución aún no han podido reunirse con los abogados. “Queremos estar bien seguros (de la resolución) para sentar una posición. Necesitamos que (los abogados) nos den una explicación técnico-jurídica para poder emitir una opinión”, dijo.

Sin embargo, adelantó que a simple vista, la sala “manda a una supervisión partiendo de que el relleno está funcionando bien… Ahí no hay ninguna norma técnica. Ese es un botadero a cielo abierto”.

El recurso de amparo presentado el año pasado ha tenido varios momentos. Entre ellos, las medidas cautelares que la Sala de la Constitucional impuso al MARN. Tales como realizar análisis del aire, suelo y agua. Estos últimos en los ríos Amayo y San Jacinto. “En algunos de los puntos sometidos a evaluación se hallaron niveles anormales de coliformes fecales”, dice en una parte la resolución.

Posteriormente, asegura que “se comprobó la presencia de ciertos niveles de contaminación en la zona del relleno sanitario de Santa Ana. Ello implica que el MARN incurrió en falta de control de la actividad del citado relleno y, por ende, vulneró el derecho a un medio ambiente sano de los peticionarios, con la consiguiente puesta en riesgo de sus derechos a la vida y a la salud”.

Agregó que “los lixiviados son arrojados a quebradas que desembocan al río Amayo y a pozos artesanales”. De forma directa son unas 150 familias las afectadas, agregó.