Falta una ley para control de quemas agrícolas

El MAG le deja la responsabilidad a las alcaldías

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Al realizar las quemas, muchas veces el fuego se sale de control y afecta terrenos agrícolas aledaños, de lo cual nadie se hace responsable. foto edh

Por Lucinda Quintanilla Nidia María Hernández comunidades@eldiariodehoy.com

2015-04-19 7:00:00

Quemar terrenos para prácticas agrícolas es de las actividades más comunes en El Salvador, pero que sea común no significa que así debe realizarse, ya que los que lo realizan lo hacen por costumbre y bajo criterio propio y no bajo un marco jurídico, el cual aún es una utopía en el país.

Si bien existe una ley forestal y una ley general de prevención de riesgos en los lugares de trabajo, ninguna de ellas estipula horarios, indumentaria y el protocolo respectivo para ejecutar las quemas.

El Cuerpo de Bomberos es consciente de que falta en El Salvador una ley que dicte las medidas estrictas al realizar un quema antes, durante y después, y recalcó que esto debe ser prioridad para las autoridades.

El director general del Cuerpo de Bomberos, Joaquín Parada, está preocupado por las llamadas “quemas controladas”, las que aún no son regulados como debería de ser y les ha pasado factura a la entidad.

“Que exista una ley que mande a que las personas que van a ser quemas en el sector agrario o de otro tipo, no tengo conocimiento que haya una normativa legal que determine eso”, reiteró Parada.

Añade que lamentablemente hay leyes, pero es necesario definir, consolidar y crear un reglamento para el sector agropecuario.

El diputado tricolor, Roberto d’Abuisson, considera que existen las leyes necesarias, pero que nadie las aplica como deben ser.

“He tenido conocimientos de zonas donde han realizado esas prácticas y que el fuego se les ha salido de control, lo que pasa después es que nadie se hace cargo porque nadie denuncia los hechos y todo se queda en nada”, detalló el legislador.

El Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) reconoce que en su mayoría los agricultores generan incendios en sus terrenos.

“Desgraciadamente las quemas son una práctica común en El Salvador, porque el 80 por ciento del agricultor quema antes de realizar sus trabajos agrícolas”, informó Delmi de Rodríguez, del Área Forestal del MAG.

Añadió que la Ley Forestal tiene carencias, porque está enfocada en los bosques y deja de lado el tema en discusión.

El MAG se desliga de regulación

Si bien el MAG es una de las instituciones que debería cerrar filas a favor del establecimiento de un protocolo de quema controlada, se desentiende del asunto y le pasa la responsabilidad a las municipalidades.

De Rodríguez afirmó que han dialogado ” con las alcaldías y sus unidades ambientales para que creen ordenanzas municipales y pueda darse una regulación de esta práctica, es un tema que va caminando y que puede llegar haber un entendimiento con los agricultores, porque son ellos (las alcaldía), las que deberían tener una regulación en cada municipio”, puntualizó.

Parada compartió lo que señaló el MAG, pero a la vez dejó entrever que es “responsabilidad categórica” de las dependencias del gobierno central apoyar a la creación una legislación detallada.

Ella también culpó al sector agrícola por dichas acciones, “los agricultores lo que siempre argumentan cuando se les habla sobre los aspectos negativos de la quema, es que es mucho más económico para hacer sus trabajos agrícolas”, manifestó.

Mientras las autoridades salvadoreñas competentes no analicen lo trascendental de la temática y se lancen de una lado a otro las responsabilidades, las quemas seguirán ejecutándose sin el control respectivo y afectando los terrenos agrícolas.

El ejemplo de Costa Rica

No se puede decir en El Salvador que no se puede tener una ley sobre cómo hacer las quemas, Costa Rica lo logró.

El país vecino posee un reglamento de quemas controladas con fines agrícolas y es tan completo que especifica detalles desde el agua y horarios para realizarlas.

Por ejemplo en el Reglamento de Quemas Controladas con Fines Agrícolas y Pecuarios, en el artículo 6 incisos “c”, “d”, “e” y “f” especifica que hay que “preparar agua suficiente y herramientas (cuchillo, escoba, rastrillo, etc.) para apagar el fuego en caso de emergencia”.

Además, la ordenanza explica que hay que dar aviso previo a la Dirección Policial del lugar, sobre la fecha y hora de realización de la quema y establece que no se puede llevar a cabo la actividad contra viento y contra pendiente, después de las cuatro pasado meridiano (4:00 p.m.) y antes de la siete ante meridiano (7:00 a.m.), evitando realizarlas en día de viento.

Ese es el reto para El Salvador, una legislación integral para las quemas agrícolas.